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Calculadora de baja laboral

Durante una baja médica (incapacidad temporal) no cobras tu salario, sino una prestación que depende de la causa y de los días que llevas de baja. Esta calculadora te da la cifra aproximada.

¿Cuánto cobro estando de baja?

Por enfermedad común: nada los 3 primeros días (salvo mejora del convenio), el 60 % de tu base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Por accidente de trabajo: el 75 % desde el día siguiente a la baja. La base reguladora diaria es la base de cotización del mes anterior dividida entre 30.

Gratis, sin registro y sin guardar tus datos · Actualizada el 24 de octubre de 2026 · Versión en texto

Base reguladora diaria = base de cotización del mes anterior ÷ 30 (en salarios mensuales). Muchos convenios obligan a la empresa a completar hasta el 100 % del salario: revisa el tuyo. Cantidades brutas.

Cómo usar la calculadora

  1. Busca en tu nómina la base de cotización del mes anterior a la baja.
  2. Elige la causa: enfermedad común o accidente de trabajo.
  3. Indica cuántos días de baja quieres calcular.
  4. Pulsa "Calcular".

Porcentajes

  • Enfermedad común o accidente no laboral: días 1 a 3 sin prestación; días 4 a 20, el 60 %; desde el día 21, el 75 %. Los días 4 a 15 los paga la empresa; desde el 16, la Seguridad Social o la mutua.
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el día de la baja se paga como salario; desde el día siguiente, el 75 %, a cargo de la mutua.

Mejoras del convenio

Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a completar la prestación hasta el 100 % del salario, a veces desde el primer día. Revisa el tuyo.

Requisitos

Por enfermedad común hacen falta 180 días cotizados en los últimos 5 años; por accidente o enfermedad profesional no se exige cotización previa.

Ejemplos

30 días de baja por enfermedad común con base de 1.800 €

Base diaria: 60 €. Días 4-20: 17 × 36 € = 612 €. Días 21-30: 10 × 45 € = 450 €. Total: 1.062 € brutos.

Preguntas frecuentes

¿Se cobra los tres primeros días de baja?

Por enfermedad común, la ley no prevé prestación los días 1 a 3, pero muchos convenios obligan a la empresa a pagarlos.

¿Quién paga la baja?

Por enfermedad común, la empresa los días 4 a 15 y la Seguridad Social o la mutua desde el día 16, normalmente a través de la nómina.

¿Cuánto dura como máximo una baja?

365 días, prorrogables 180 más si se prevé la curación. Después se valora la incapacidad permanente.

¿Me pueden despedir estando de baja?

Pueden, pero si el despido se debe a la enfermedad puede ser nulo o improcedente. Consulta con un abogado laboralista.

Normativa

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