En España, las lesiones se regulan principalmente en los artículos 147 a 156 del Código Penal: la pena depende del daño, del tratamiento médico o quirúrgico necesario y de circunstancias como el uso de armas. En Madrid, la investigación corresponde a la sección de instrucción del Tribunal de Instancia competente por el lugar de los hechos; el órgano que juzga depende de la calificación y de la pena solicitada.
Cómo se califican las lesiones y qué penas prevé la ley
El artículo 147 del Código Penal distingue entre causar una lesión que requiera, además de una primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico (apartado 1), causar una lesión que no alcance ese umbral (apartado 2) y golpear o maltratar sin causar lesión (apartado 3). La necesidad de tratamiento y su alcance se valoran con informes médicos; no basta con la denominación coloquial de «lesión grave» o «leve».
La tabla resume las penas básicas previstas para esos supuestos. El artículo 148 contempla penas superiores cuando concurren circunstancias determinadas, como emplear armas o instrumentos peligrosos; los artículos 149 y 150 regulan resultados especialmente graves, entre ellos la pérdida o inutilidad de órganos o miembros en los términos previstos por la ley.
| Supuesto | Referencia legal | Pena básica prevista |
|---|---|---|
| Lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico | Artículo 147.1 CP | Prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses |
| Lesión que no alcanza el supuesto anterior | Artículo 147.2 CP | Multa de 1 a 3 meses |
| Golpear o maltratar sin causar lesión | Artículo 147.3 CP | Multa de 1 a 2 meses |
| Lesión agravada por circunstancias del artículo | Artículo 148 CP | Prisión de 2 a 5 años |
Qué órganos intervienen si los hechos ocurren en Madrid
La competencia territorial se determina, como regla general, por el lugar donde se cometió el hecho. En Madrid, la instrucción puede corresponder a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid; el enjuiciamiento corresponde a la sección penal competente o, cuando proceda por la pena y las reglas legales, a la Audiencia Provincial. La organización actual de los tribunales deriva de la Ley Orgánica 1/2025.
El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) es la corporación profesional provincial. En asuntos de lesiones no existe un único juzgado especializado que conozca de todos los casos: la competencia depende del tipo de hecho y de las circunstancias. Si los hechos se producen en un contexto de violencia contra la mujer, puede intervenir la sección especializada competente conforme a las reglas legales. El Derecho penal aplicable es estatal y se rige por el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Qué hacer tras una agresión o una acusación por lesiones
La documentación médica ayuda a acreditar el diagnóstico, el tratamiento y la evolución de las lesiones. Conserva los informes, fotografías originales, justificantes de asistencia y datos de testigos; si existen grabaciones, evita editarlas y guarda el archivo original. Si eres investigado o acusado, no declares sin conocer tus derechos y sin valorar previamente la asistencia letrada.
Estos pasos permiten ordenar la actuación inicial y aportar información verificable a la investigación. Si el caso incluye una pelea, puede ser útil consultar también la información sobre delitos relacionados con peleas; para distinguir otros delitos contra la Administración, consulta el artículo sobre delito de prevaricación.
- Busca atención sanitaria. Explica cómo se produjeron las lesiones y conserva el parte de asistencia y los informes posteriores.
- Guarda las pruebas. Anota fecha, hora y lugar; identifica testigos y conserva mensajes, imágenes u otros elementos relacionados.
- Valora la denuncia y la representación legal. La denuncia puede presentarse ante la policía, la Guardia Civil o el juzgado de guardia. En las lesiones de los apartados 2 y 3 del artículo 147, el artículo 147.4 exige denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
- Revisa los plazos aplicables. La prescripción penal depende de la calificación del delito y de la pena prevista; el artículo 131 del Código Penal establece, entre otras reglas, un plazo de un año para los delitos leves.
Advertencia: no confundas el plazo de prescripción penal con el plazo para reclamar una indemnización por responsabilidad civil. La calificación jurídica puede cambiar los plazos y las consecuencias; dejar pasar el plazo aplicable puede impedir que se persiga el delito o que prospere una reclamación.
Fuentes oficiales y valoración del caso
La norma principal es la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en particular sus artículos 131 y 147 a 156. La investigación y el juicio se tramitan conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal; la organización de los Tribunales de Instancia se reformó mediante la Ley Orgánica 1/2025.
Los textos oficiales pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para valorar un caso concreto suelen ser determinantes el parte médico, la duración de la curación, el tratamiento prescrito, la prueba disponible y la versión de las personas implicadas; esos elementos permiten distinguir entre las modalidades del artículo 147 y las lesiones agravadas.
Preguntas frecuentes
¿Qué juzgado de Madrid investiga una agresión ocurrida en la ciudad?
La investigación corresponde, como regla general, a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia competente por el lugar de los hechos. El órgano de enjuiciamiento dependerá de la calificación y de las reglas de competencia.
¿Las lesiones causadas en una pelea se consideran siempre un delito?
No necesariamente. La calificación depende del daño acreditado, del tratamiento médico o quirúrgico requerido y de las circunstancias. El artículo 147 del Código Penal diferencia entre lesión con tratamiento, lesión de menor entidad y golpe o maltrato sin lesión.
¿Puedo reclamar una indemnización dentro del proceso penal por lesiones?
La responsabilidad civil derivada del delito puede reclamarse en el proceso penal, sin perjuicio de las reglas aplicables a cada caso. Conviene conservar los informes médicos y los justificantes de los daños cuya reparación se solicite.
¿Qué ocurre si la otra persona también presenta lesiones?
La existencia de lesiones en ambas partes no determina por sí sola el resultado. La investigación valorará por separado la conducta atribuida a cada persona, la prueba médica, los testimonios y las circunstancias de la pelea.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
