El despido colectivo en España está regulado en el artículo 51 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Estatuto de los Trabajadores). En Murcia, las disputas laborales relacionadas con despidos colectivos se tramitan inicialmente ante los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia y en segunda instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM).
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Qué es y qué normativa aplica
El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) define el despido colectivo como la extinción de contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afecte al número de trabajadores fijado por la ley en un determinado periodo de referencia. Esa norma es la base legal que regula el procedimiento del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en todo el territorio español.
Además del Estatuto de los Trabajadores, la tramitación administrativa del ERE exige comunicaciones a la autoridad laboral competente y la coordinación con los servicios públicos de empleo de la comunidad autónoma. En la Región de Murcia los organismos autonómicos que participan en el ámbito del empleo y prestaciones son el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) y la Consejería competente en materia de empleo, que gestionan prestaciones y medidas de política activa vinculadas al procedimiento.
Cuándo cabe un despido colectivo (causas y umbrales)
Las causas que justifican un despido colectivo son las económicas, técnicas, organizativas o de producción, tal y como exige el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa debe documentar y justificar esas causas con hechos objetivos que permitan acreditarlas ante la representación legal de los trabajadores y, en su caso, ante la autoridad laboral o los tribunales.
La ley distingue entre despido individual y colectivo en función del número de trabajadores afectados dentro del periodo de referencia establecido; ese cómputo y los umbrales se regulan en el propio artículo 51 ET. Cuando las causas no están justificadas adecuadamente, los afectados pueden impugnar la medida ante los Juzgados de lo Social.
Tramitación práctica del ERE desde Murcia (pasos resumidos)
- Apertura de la comunicación inicial: la empresa comunica la apertura del procedimiento y las causas a la representación de los trabajadores y a la autoridad laboral autonómica, con la documentación que justifique la medida (art. 51 ET).
- Periodo de consultas: se abre un periodo de consultas entre empresa y representantes para intentar un acuerdo. El contenido y la duración del periodo de consultas deben constar por escrito en la documentación del procedimiento.
- Presentación ante la autoridad laboral autonómica: la documentación se remite a la autoridad laboral de la Región de Murcia para su examen administrativo y para las gestiones que procedan en materia de políticas activas y posibles medidas de apoyo (participación del SEF).
- Comunicación final y efectos: si no existe acuerdo el empresario puede comunicar las extinciones, e iniciar las notificaciones individuales; los trabajadores afectados disponen de mecanismos de impugnación ante los Juzgados de lo Social.
Contar con asesoramiento de abogados laboralistas en Murcia resulta clave para cumplir los requisitos formales del procedimiento y preservar los derechos de las plantillas afectadas.
Órganos competentes y particularidades en Murcia
En materia jurisdiccional, los recursos y las demandas se presentan ante los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia. Las resoluciones de primera instancia corresponden a esos Juzgados de lo Social y las apelaciones se dirigen al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM).
Para cuestiones relacionadas con la representación letrada y la solicitud de asistencia, el Colegio profesional competente en la provincia es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia (ICAMUR). En el ámbito administrativo autonómico, el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) tiene funciones en la gestión de prestaciones y medidas activas que puedan afectar a los trabajadores incluidos en un ERE.
Consecuencias procesales y plazos relevantes
Una consecuencia práctica importante es que los trabajadores pueden impugnar la extinción ante los Juzgados de lo Social; el plazo procesal general para impugnar despidos (individuales y colectivos a efectos de acción) es de 20 días hábiles desde la notificación de la extinción o desde la finalización del periodo de consultas cuando corresponda interponer demanda.
Asimismo, a efectos del cómputo del número de despidos, la ley establece periodos de referencia para valorar si existe o no despido colectivo; si las extinciones no se ajustan a esos criterios, pueden ser calificadas como improcedentes y dar lugar a readmisiones o indemnizaciones fijadas por la jurisprudencia y la normativa aplicable.
Obligaciones formales de la empresa
Las obligaciones esenciales de la empresa en un despido colectivo incluyen: informar y entregar la documentación a los representantes de los trabajadores, abrir el periodo de consultas, remitir la documentación a la autoridad laboral autonómica y notificar individualmente a los trabajadores afectados. El incumplimiento de estos deberes formales puede dar lugar a la impugnación judicial del despido.
En Murcia, además, es habitual coordinar desde el inicio con el ICAMUR para cualquier cuestión de asistencia letrada y con el SEF para tramitar prestaciones por desempleo y medidas de acompañamiento formativo para los afectados.
Tabla comparativa: ERE, despido individual y suspensión/extinción por causas
| Concepto | Trámite principal | Órgano competente | Plazo clave |
|---|---|---|---|
| Despido colectivo (ERE) | Apertura de periodo de consultas y remisión de documentación a la autoridad laboral (art. 51 ET). | Autoridad laboral autonómica; Juzgados de lo Social para impugnaciones. | Plazo de impugnación judicial: 20 días hábiles desde la notificación. |
| Despido individual | Notificación individual al trabajador con la causa y la fecha de extinción. | Juzgados de lo Social del Partido Judicial correspondiente. | Plazo de impugnación: 20 días hábiles desde la notificación. |
| Suspensión temporal/ERE de suspensión | Comunicación y negociación con representantes; medidas de reducción temporal de jornada. | Autoridad laboral autonómica y Juzgados de lo Social para litigios. | La duración y efectos dependen del acuerdo; revisión administrativa y judicial posible. |
Recomendaciones prácticas en Murcia
Si eres trabajador afectado por un ERE en Murcia, revisa con detalle la documentación entregada por la empresa durante el periodo de consultas y consulta con un abogado laboralista colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia (ICAMUR). El abogado podrá valorar las pruebas y determinar si procede impugnar la extinción ante los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia.
Si representas a la empresa, asegura la correcta acreditación de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y coordina las comunicaciones previas con la autoridad laboral autonómica y con el SEF para gestionar posibles medidas de acompañamiento y prestaciones para los empleados afectados.
Fuentes oficiales
La regulación básica del despido colectivo figura en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (art. 51). El texto oficial puede consultarse en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se solicita la asistencia jurídica gratuita para un procedimiento por despido colectivo en Murcia?
La solicitud de asistencia jurídica gratuita se tramita a través del Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia (ICAMUR) o en los órganos judiciales donde se presente la demanda; exige acreditar los requisitos económicos y documentación personal. El Colegio informa sobre los formularios y la documentación necesaria para la petición.
¿Qué papel tiene el SEF de la Región de Murcia durante un ERE?
El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) participa en materia de gestión de prestaciones, medidas de recualificación y acciones formativas vinculadas a los trabajadores afectados por un ERE; las empresas y representantes deben coordinar con el SEF las medidas de acompañamiento que procedan.
¿Dónde deben presentar los representantes de los trabajadores la documentación del periodo de consultas en Murcia?
La documentación del periodo de consultas se entrega a la empresa y se remite también a la autoridad laboral autonómica competente en la Región de Murcia; para las impugnaciones y diligencias judiciales la documentación se incorpora al procedimiento en los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia.
Si la empresa no cumple las obligaciones formales en el ERE, ¿qué pasos prácticos debo dar en Murcia?
Documenta cualquier defecto formal (fechas, entregas de documentos, falta de periodo de consultas) y consulta con un abogado laboralista colegiado en ICAMUR para valorar la impugnación ante los Juzgados de lo Social de Murcia; el asesor puede preparar la demanda dentro del plazo procesal aplicable.
¿Qué servicio presta el Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia (ICAMUR) a los trabajadores afectados por un ERE?
El ICAMUR ofrece información sobre abogados laboralistas colegiados, orientación sobre trámites para asistencia jurídica gratuita y referencias para encontrar letrados especializados en derecho laboral y despidos colectivos en la provincia.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
