Los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) están regulados en el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015). El art. 51 ET regula los despidos colectivos y el art. 47 ET las suspensiones y reducciones de jornada; estos preceptos marcan plazos y requisitos que toda empresa y trabajador deben respetar (BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdleg/2015/10/23/2).
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¿Qué son un ERE y un ERTE y qué artículos les aplican?
Un ERE de extinción implica la finalización de la relación laboral por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y está regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. El procedimiento exige comunicación y un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.
Un ERTE (suspensión o reducción de jornada) se regula en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y permite la suspensión temporal del contrato o la reducción de la jornada sin extinguir la relación laboral. La distinción entre extinción y suspensión es determinante para efectos de indemnización, prestaciones y control administrativo.
Plazos y órganos competentes en Murcia
El periodo de consultas para un despido colectivo que prevé el art. 51 ET tiene una duración mínima de 15 días naturales salvo pacto o norma aplicable que establezca otro plazo; la autoridad laboral autonómica puede exigir documentación adicional durante la tramitación. En la Región de Murcia la gestión administrativa corresponde a la Consejería competente en materia de empleo de la Comunidad Autónoma.
Para las impugnaciones y litigios laborales la jurisdicción competente son los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia; en segunda instancia corresponde la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. La vía administrativa de autorización o informe vinculado se tramita ante los servicios territoriales de la Comunidad Autónoma.
Carta de despido y contenidos imprescindibles
La comunicación escrita al trabajador debe precisar, al menos, la causa concreta del despido colectivo o individual dentro del ERE, la fecha de efectos y la referencia a la negociación realizada con los representantes, y si procede, la cuantía de la indemnización o la fórmula para calcularla. Una carta incompleta puede ser fundamento de impugnación ante la jurisdicción social.
En supuestos de ERE extintivo la empresa debe conservar la documentación que justifica la medida (informes económicos, memorias técnicas, criterios de selección) tanto para posibles comprobaciones administrativas como para la impugnación judicial.
Pasos básicos para tramitar un ERE/ERTE (ordenados)
- Comunicación inicial a los representantes legales de los trabajadores y apertura del periodo de consultas (art. 51 ET para ERE y norma aplicable para ERTE).
- Desarrollo del periodo de consultas, con actas y propuestas; duración ordinaria: 15 días en ERE de extinción según el art. 51 ET.
- Presentación ante la autoridad laboral autonómica de la documentación requerida (memoria justificativa, lista de trabajadores afectados, criterios de selección y acuerdo o acta final de consultas).
- Resolución administrativa o, en su caso, cumplimiento de la tramitación legal y puesta en ejecución de las medidas; cualquier impugnación debe presentarse ante los Juzgados de lo Social competentes.
| Aspecto | ERE (extinción) | ERTE (suspensión/reducción) |
|---|---|---|
| Objeto | Extinción definitiva de contratos | Suspensión temporal o reducción de jornada |
| Normativa clave | Art. 51 ET | Art. 47 ET |
| Periodo de consultas | Periodo ordinario: 15 días (art. 51 ET) | Depende de la regulación aplicable; negociación con representantes |
| Órgano para impugnación | Juzgados de lo Social (Murcia) | Juzgados de lo Social (Murcia) |
| Efecto en el contrato | Extinción | Suspensión o reducción, sin extinguir la relación laboral |
Advertencia experta
Si no se respeta el periodo de consultas o no se aportan los documentos exigidos por la autoridad laboral autonómica, la jurisdicción social puede anular la medida adoptada; en particular, la falta de documentación que justifique las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción suele ser motivo de estimación parcial o total de la demanda de los trabajadores.
Por ello es imprescindible aportar desde el inicio los informes económicos y los criterios de selección y conservar actas y comunicaciones; en Murcia, los procedimientos se siguen ante los servicios de la Consejería de Empresa, Empleo y Universidades y ante los Juzgados de lo Social de la ciudad.
Asesoramiento local y recursos en Murcia
En Murcia existen profesionales especializados en derecho laboral que conocen la práctica de los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Murcia y los trámites ante la administración autonómica. El Colegio profesional de referencia es el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia (ICAMur), que reúne a los abogados colegiados de la provincia y facilita orientación y listados de letrados.
Para cuestiones de negociación colectiva y estructura empresarial complementaria puede consultarse contenido especializado como nuestro artículo sobre abogado en negociación colectiva en Murcia y la guía sobre servicios de asesoría para empresas en Murcia en abogado asesor de negocios en Murcia.
Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015 (BOE): https://www.boe.es/eli/es/rdleg/2015/10/23/2
Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona las prestaciones por desempleo de trabajadores en ERTE en Murcia?
Las prestaciones por desempleo derivadas de un ERTE las gestiona principalmente el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con coordinación administrativa con el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de la Región de Murcia para trámites territoriales y orientación.
¿Puede una empresa con sede en Murcia aplicar un ERTE a trabajadores que prestan servicios en otra provincia?
La aplicación de un ERTE depende del lugar real de prestación del trabajo y de la normativa aplicable; si los trabajadores desempeñan su actividad principalmente fuera de la Región, pueden concurrir reglas de competencia y convenio distintas. Es preciso analizar el caso concreto y el convenio colectivo aplicable.
¿Un trabajador a tiempo parcial en Murcia puede ser incluido en un ERTE?
Sí. Los trabajadores a tiempo parcial pueden verse afectados por suspensiones o reducciones de jornada en proporción a su contrato. La medida debe respetar la proporcionalidad y los criterios de cómputo aprobados en el periodo de consultas.
¿Qué recursos locales existen en Murcia para mediar antes de acudir a juicio?
Además de la negociación con los representantes de los trabajadores, pueden utilizarse los servicios de mediación y asesoramiento ofrecidos por la Consejería de la Región y por el propio Ilustre Colegio de Abogados de Murcia (ICAMur), que dispone de listados y programas de orientación para conflictos laborales.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
