En Córdoba, el registro y la defensa de las marcas se rige por la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y la solicitud se presenta ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). La publicación de la solicitud en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) abre el periodo de oposiciones administradas por la OEPM.
Cómo tramitar el registro de una marca
El procedimiento básico para registrar una marca en España comienza con una búsqueda de anterioridades para valorar la viabilidad. La Ley 17/2001 establece los requisitos formales de la solicitud y las causas de denegación (arts. 4 y ss.).
Pasos esenciales (ordenados):
- Realizar una búsqueda de anterioridades y comprobar clases de Niza aplicables.
- Preparar y presentar la solicitud ante la OEPM con la documentación requerida (identificación del solicitante, representación gráfica de la marca y lista de productos/servicios).
- Examen de forma por la OEPM y, posteriormente, publicación en el BOPI.
- Periodo de oposiciones tras la publicación (plazo: 2 meses para presentar oposiciones en marca nacional desde la publicación en el BOPI).
- Resolución de la OEPM: concesión, denegación o concesión condicionada; en caso de denegación o rechazo, caben recursos administrativos y, posteriormente, contencioso-administrativos.
Contar con un abogado especializado facilita la correcta clasificación de productos/servicios y la preparación de alegaciones frente a exigencias o denegaciones de la OEPM.
Advertencia experta: plazos y consecuencias
Tras la publicación en el BOPI existe un plazo de 2 meses para que terceros presenten oposiciones a una solicitud de marca nacional; si no se interpone oposición en ese plazo, se pierde esa vía de impugnación preventiva frente a la solicitud.
En vía contencioso-administrativa, la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, fija plazos para impugnar actos administrativos; es fundamental respetar los plazos procesales para no perder derechos a recurrir.
Juzgados y órganos competentes en Córdoba
Partido Judicial: Córdoba. Para las controversias civiles derivadas de la infracción de una marca, son competentes preferentemente los Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Córdoba; si la materia no corresponde a lo mercantil, lo conocerán los Juzgados de Primera Instancia. Para impugnaciones de actos administrativos de la OEPM, corresponde la jurisdicción contencioso-administrativa (Ley 29/1998).
El Colegio profesional representativo es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Córdoba, que agrupa a los letrados con despacho en la provincia y puede facilitar listados de colegiados especializados en propiedad industrial.
Comparativa rápida: tipos de marca
| Ámbito | Órgano de registro | Normativa relevante |
|---|---|---|
| Marca nacional | Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) | Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas |
| Marca de la Unión Europea | Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) | Reglamento (UE) 2017/1001 |
| Marca internacional | Oficina Internacional de la OMPI (Sistema de Madrid) | Protocolo de Madrid |
Despachos y perfiles en Asesor.Legal
En Asesor.Legal puede consultarse un listado de despachos y profesionales en Córdoba que prestan servicios de marca y propiedad industrial. Ejemplos de perfiles locales (enlaces a sus fichas):
- Miguel Pardo Abogados
- Muñoz Usano, Francisco
- Pedro Romero Mata
- Isabel Pérez Sillero
- Francisco Roldán Garrido Abogado
- Ramón López Gordillo, Ll.M.
- Sanmiguel Asesoría Y Consultoría
- Molina Navarro Fernando
- Miriam Isabel Mesones Alarcón
- García Fernández
- Victoriano Morales Borrego
- José Carlos Camacho Pérez (Córdoba)
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Fuentes y referencias
Principales referencias normativas citadas: Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas; Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; Reglamento (UE) 2017/1001 (marca de la Unión Europea). Información administrativa y tramitación: Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
Si necesita asistencia concreta, pida siempre a su abogado que le indique los plazos procesales aplicables a su expediente y que verifique la estrategia de protección territorial (nacional, UE o internacional).
Preguntas frecuentes
¿Qué juzgado de Córdoba suele conocer las demandas por infracción de marca?
Las acciones civiles por infracción de marca en Córdoba se dirigen preferentemente a los Juzgados de lo Mercantil de la provincia; si la materia no corresponde a lo mercantil, conocerán los Juzgados de Primera Instancia.
¿Dónde debo presentar la solicitud de marca si resido en Córdoba?
La solicitud de marca se presenta ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Desde Córdoba puede tramitarse online a través de la sede electrónica de la OEPM o solicitar asesoramiento a un abogado local para la presentación y clasificación de productos/servicios.
¿Cuál es el plazo para que un tercero presente oposición a mi solicitud de marca en España?
Tras la publicación de la solicitud en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) existe un plazo de 2 meses para que terceros presenten oposiciones frente a una solicitud de marca nacional.
Si la OEPM me deniega la marca, ¿qué recurso puedo interponer desde Córdoba?
Tras una denegación por la OEPM puede interponerse el recurso administrativo que proceda en vía administrativa y, posteriormente, si procede, recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales competentes en materia contencioso-administrativa, respetando los plazos previstos en la Ley 29/1998.
¿Cómo localizo abogados especializados en marcas en Córdoba dentro de Asesor.Legal?
En la ficha de Asesor.Legal puede consultarse el listado de perfiles y despachos de la provincia con experiencia en propiedad industrial; en este artículo se incluyen enlaces directos a fichas de profesionales con actividad en Córdoba.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
