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En España el plazo general de prescripción para las acciones personales es de 5 años (Código Civil, reforma 2015); en Derecho Bancario ese plazo suele contar desde que el cliente tuvo constancia del perjuicio, por lo que en Jaén conviene iniciar reclamaciones cuanto antes para no perder el derecho a recuperar cantidades. Si buscas asesoramiento […]











