La Ley 25/2015 (BOE 29/07/2015) permite solicitar la exoneración de deudas mediante acuerdo extrajudicial o concurso consecutivo; en Alcalá de Henares el proceso habitual combina un intento de mediación y, si fracasa, la fase judicial con un plazo medio de 6 a 18 meses. Consulta nuestros servicios en Asesor.Legal para una valoración inicial y presupuesto cerrado.
| Figura | Qué es | Ventaja principal |
|---|---|---|
| Acuerdo extrajudicial | Negociación con acreedores presidida por mediador concursal o notario | Menor coste y rapidez si hay acuerdo |
| Concurso consecutivo | Procedimiento judicial cuando no hay acuerdo extrajudicial | Permite solicitar exoneración (BEPI/REND) de deudas |
| Exoneración de pasivo insatisfecho | Resolución judicial que extingue deudas una vez cumplidos requisitos | Libertad financiera si se acreditan buena fe y condiciones |
¿Cómo se tramita paso a paso en Alcalá de Henares?
- Valoración inicial (0-2 semanas): estudio de viabilidad por el abogado (documentación necesaria: últimas declaraciones de renta, estados de cuentas, contratos, listado de acreedores). Solicita una valoración y presupuesto.
- Intento extrajudicial de solución (1-3 meses): se presenta la solicitud de mediación ante notario o mediador concursal y se propone un plan de pagos o quita a los acreedores.
- Presentación del concurso consecutivo (si no hay acuerdo, 1-4 semanas tras intento): el abogado impulsará la fase judicial para solicitar la exoneración de pasivo insatisfecho (BEPI/REND).
- Fase judicial y resolución (6-18 meses): el juzgado analiza la buena fe, circunstancias del deudor y decide sobre la exoneración total o parcial de deudas.
- Obligaciones posteriores: si se concede un plan de pago o beneficio, hay seguimiento y cumplimiento de condiciones (p. ej., periodo de pago o limitaciones económicas).
Documentación habitual que pedirá tu abogado
- Identificación y datos personales.
- Listado completo de acreedores con importes.
- Contratos, préstamos, avales y sentencias previas.
- Extractos bancarios y últimas declaraciones fiscales.
¿Qué deudas quedan fuera y quién puede beneficiarse?
La ley cubre deudas con entidades financieras, proveedores y en general obligaciones civiles, si bien quedan fuera determinadas responsabilidades derivadas de delitos y, en algunos supuestos, ciertas deudas por pensiones alimenticias. Pueden beneficiarse personas físicas residentes en España —particulares, autónomos y pequeños emprendedores— que acrediten insolvencia y actuación de buena fe.
Servicios que ofrecen los abogados en Alcalá de Henares
Los despachos especializados realizan la valoración inicial, la conducción del intento extrajudicial, la preparación del expediente concursal y la defensa judicial hasta la resolución. Consulta también nuestros servicios en Asesor.Legal – servicios para ver ejemplos de tramitación y honorarios orientativos.
Advertencia experta
Si no se acredita el intento previo de negociación extrajudicial ante notario o mediador, el juez puede considerar insuficiente la solicitud y denegar la exoneración de deudas. Consecuencia concreta: la ausencia de negociación acreditada suele reducir drásticamente las posibilidades de obtener la exoneración total, por lo que es esencial iniciar la mediación antes de presentar la solicitud judicial.
Costes y plazos orientativos
- Honorarios profesionales: varían según complejidad (pide presupuesto detallado).
- Tasas judiciales: generalmente bajas, pero pueden existir gastos por edictos o peritajes.
- Plazo medio: entre 6 y 18 meses desde la presentación judicial, según complejidad y carga de los juzgados.
Preguntas frecuentes
¿Necesito ser insolvente total para solicitar la segunda oportunidad?
No es obligatorio estar totalmente insolvente: basta con acreditar insolvencia actual o inminente y la imposibilidad de pago. La valoración final corresponde al juez.
¿Cuánto tarda el acuerdo extrajudicial?
Depende de la disposición de los acreedores; puede cerrarse en semanas si hay acuerdo o prolongarse meses si hay negociación compleja.
¿Se pierden los bienes si solicito la segunda oportunidad?
No necesariamente. En muchos casos se negocian quitas o esperas. En procesos concursales, puede requerirse liquidación de bienes no exentos como parte del procedimiento.
¿Puedo solicitar la segunda oportunidad si he sido autónomo?
Sí. Los autónomos pueden acogerse al mecanismo siempre que cumplan los requisitos legales y acrediten la situación de insolvencia.
¿Qué papel tiene el mediador concursal?
El mediador coordina la negociación extrajudicial con acreedores y certifica el intento, documento que el juez valorará si se presenta concurso consecutivo.
¿Dónde puedo informarme de forma oficial?
Consulta el texto de la Ley 25/2015 en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2015/07/28/25.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
