En Sabadell dispones de 20 días hábiles desde la notificación del despido para presentar la papeleta de conciliación (SMAC) y, si procede, la demanda ante el Juzgado de lo Social; no actuar en ese plazo implica perder la acción judicial. Si buscas representación local, revisa nuestros equipos y abogados laboralistas en Sabadell para contactar con especialistas.
Los asuntos por despido en Sabadell se tramitan ante los Juzgados de lo Social de la provincia de Barcelona. En la mayoría de los casos existe un trámite previo de conciliación (en Cataluña, el SMAC: Servei de Mediació, Arbitratge i Conciliació). Más abajo tienes una tabla comparativa rápida, un procedimiento paso a paso y respuestas prácticas a las preguntas frecuentes.
Tabla comparativa rápida
| Tipo de despido | ¿Cuándo procede? | Indemnización orientativa |
|---|---|---|
| Despido disciplinario | Por conducta grave del trabajador debidamente probada por la empresa. | Normalmente no hay indemnización; si se declara improcedente puede corresponder indemnización según antigüedad y normativa aplicable. |
| Despido objetivo | Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, con motivación escrita y preaviso. | Indemnización de 20 días por año trabajado (con límite de 12 mensualidades) cuando procede; existen matices según la normativa y el periodo de antigüedad. |
| Despido declarado improcedente | Cuando la empresa no acredita la causa o vulnera el procedimiento legal. | Indemnización calculada conforme a la jurisprudencia y norma aplicable; para contratos posteriores a 2012 los cálculos pueden ajustarse a los tramos temporales correspondientes. |
| Despido colectivo (ERE) | Decisión empresarial por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción con procedimiento colectivo y negociación. | Variable: resultado negociado o resolución judicial/administrativa; pueden incluir indemnizaciones y medidas alternativas (recolocación, formación). |
Procedimiento recomendado (pasos)
- Reúne y organiza la documentación: carta de despido, nóminas, contrato, certificado(s) de empresa, partes de ausencia, correos y cualquier comunicación relacionada.
- Comprueba la fecha de notificación: el cómputo de los 20 días hábiles comienza desde la recepción efectiva de la comunicación de despido.
- Solicita aclaraciones por escrito si la carta no detalla causa o fecha de efectos; la falta de concreción puede ser relevante en la impugnación.
- Presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC (Cataluña) dentro de los 20 días hábiles; en la mayoría de supuestos es trámite previo necesario para poder demandar.
- Si no hay acuerdo, presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente; tu abogado la formalizará tras el acto de conciliación si procede.
- Prepara pruebas y testigos: documenta contrato, nóminas, comunicaciones, partes de trabajo, registros de acceso, informes y declaraciones de testigos.
- Valora soluciones alternativas: negociación extrajudicial, readmisión o acuerdo con finiquito; sopesa la oferta frente a coste y tiempo del pleito.
- Actúa con rapidez: si se supera el plazo de 20 días sin actuación, se extingue la acción procesal y no podrás impugnar judicialmente el despido.
Advertencia experta: tienes un plazo de 20 días hábiles desde la notificación para presentar la papeleta de conciliación; si transcurre sin actuación, pierdes la posibilidad de reclamar ante la jurisdicción social.
Cómo preparar la demanda y las pruebas
- Ordena las nóminas por periodo y marca incrementos salariales, cambios de categoría o ausencias relevantes.
- Extrae comunicaciones internas (mensajes, correos) que acrediten instrucciones contradictorias o trato discriminatorio.
- Documenta cualquier conducta de la empresa que contradiga lo alegado en la carta de despido (fechas, sujetos responsables, testigos).
- Consigue testigos con declaraciones concretas y, si es posible, pruebas objetivas (registros de entrada/salida, partes de trabajo, informes técnicos o médicos).
Cómo elegir abogado en Sabadell
- Prioriza experiencia práctica en despidos y en los Juzgados de lo Social de Barcelona; pide casos similares resueltos recientemente.
- Exige una estrategia escrita con alternativas (acuerdo, demanda, readmisión) y un presupuesto por fases claras.
- Consulta referencias y resultados en supuestos parecidos; pregunta por tiempos medios y porcentaje de éxito en conciliación y juicio.
- Negocia la forma de cobro: tarifa fija por fase, precio cerrado o combinación con éxito; exige siempre contrato de prestación de servicios.
- Puedes comparar perfiles y equipos en nuestro directorio y fichas de especialidad, por ejemplo este ejemplo de ficha de especialidad.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Cuál es el plazo para reclamar un despido? El plazo general es de 20 días hábiles desde la notificación para acudir a conciliación y, en su caso, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Es obligatorio abogado para impugnar un despido? No es obligatorio en la fase administrativa de conciliación, pero para la demanda y el juicio es imprescindible contar con letrado y, en muchos casos, procurador; además un abogado especialista mejorará la estrategia probatoria.
¿Qué ocurre si la empresa no acredita la causa alegada? Si la empresa no prueba la causa o ha vulnerado el procedimiento, el despido puede ser declarado improcedente; las consecuencias habituales son indemnización o, en supuestos concretos, readmisión con abono de salarios de tramitación.
¿Qué pruebas son determinantes en un juicio por despido? Contrato, nóminas, comunicaciones internas, correos electrónicos, partes de trabajo, informes médicos y declaraciones de testigos. La prueba documental y la coherencia de la versión suelen ser clave.
¿Puedo negociar un finiquito tras la conciliación? Sí: muchas impugnaciones se resuelven con acuerdos extrajudiciales tras la fase de conciliación; valora la oferta económica frente a la duración y el coste del litigio.
¿Qué es el SMAC y cuándo se utiliza? El SMAC (Servei de Mediació, Arbitratge i Conciliació) es el órgano de conciliación en Cataluña; suele ser el trámite previo obligatorio para poder iniciar la demanda por despido en la mayoría de los supuestos laborales.
Fuente oficial
Marco legal relevante: Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015). Texto consolidado disponible en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2.
Última revisión: Junio 2026.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
