En Madrid, si tu despido se declara improcedente la regla habitual es una indemnización de 33 días por año trabajado (hasta 24 mensualidades) y el plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la notificación. Contar con defensa especializada aumenta significativamente las probabilidades de obtener la indemnización adecuada o la readmisión.
Esta guía práctica detalla qué es un despido improcedente, los pasos a seguir en Madrid, los tribunales e instituciones implicadas y cómo preparar la defensa jurídica con ejemplos de medidas procesales.
Qué entender por despido improcedente
Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o no respeta los requisitos formales exigidos por la ley. Las consecuencias para el trabajador pueden ser la indemnización correspondiente o la readmisión; para la empresa, la obligación de resarcir económicamente al trabajador y posibles costas procesales.
Tabla comparativa: procedente vs improcedente vs nulo
| Tipo de despido | Consecuencia principal | Plazo para impugnar | Riesgo para la empresa |
|---|---|---|---|
| Procedente | Extinción sin indemnización | 20 días hábiles | Baja si demuestra causa válida y procedimiento correcto |
| Improcedente | Indemnización (33 días/año, máx. 24 mensualidades) o readmisión | 20 días hábiles | Pago de indemnización y posibles costas |
| Nulo | Readmisión inmediata y salarios de tramitación | 20 días hábiles | Consecuencias más gravosas para la empresa |
Tribunales e instituciones relevantes en Madrid
En la capital, los procedimientos por despido se tramitan por los Juzgados de lo Social del Partido Judicial de Madrid. Para la negociación previa existe la posibilidad de conciliación en el Servicio de Mediación (SMAC) o los órganos de conciliación que funcionen en la Comunidad de Madrid. El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y los despachos especializados ofrecen asesoramiento y representación.
Pasos procesales recomendados tras un despido improcedente
- Conciliación previa (si procede): Solicita acto de conciliación en el SMAC o el órgano que corresponda en la Comunidad de Madrid.
- Reunir documentación: contrato, nóminas, cartas, aviso de despido, comunicaciones internas y cualquier prueba que respalde tu versión.
- Asesoramiento especializado: Consulta con un abogado laboralista del ICAM o despacho con experiencia en despidos en Madrid.
- Interponer demanda: Si no hay acuerdo, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social competente en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación.
- Fase de instrucción y prueba: Presentación de pruebas, testificales y, si procede, periciales.
- Juicio y sentencia: Audiencia y resolución judicial. Posible ejecución o recurso según la resolución.
Advertencia experta: No impugnar en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación del despido implica la pérdida del derecho a reclamar por la vía social. Además, no aportar pruebas clave a tiempo puede reducir considerablemente la indemnización conseguible.
Cómo ayuda un abogado especializado
Un abogado laboralista en Madrid realizará la valoración inicial de viabilidad, calculará la indemnización estimada, preparará la demanda con los fundamentos legales adecuados (Estatuto de los Trabajadores y Ley de Jurisdicción Social) y te representará en conciliaciones y juicio. Además, te orientará sobre la documentación imprescindible y la estrategia (reclamación económica vs readmisión).
Causas frecuentes de improcedencia
- Ausencia de causa objetiva o disciplinaria acreditada.
- Defectos en la carta de despido o en el procedimiento formal.
- Despidos con base en motivos discriminatorios (edad, género, discapacidad, etc.).
Cálculo de la indemnización
Como regla general, la indemnización por despido improcedente se calcula en 33 días de salario por año trabajado con un tope de 24 mensualidades (según norma aplicable). La correcta base de cálculo exige revisar salario regulador, complementos y periodos concretos de alta.
Duración previsible del procedimiento en Madrid
La duración media de un procedimiento por despido improcedente suele oscilar entre 3 y 9 meses, en función de la carga de trabajo de los Juzgados de lo Social, la necesidad de pruebas periciales y la complejidad del caso. Recursos y ejecuciones posteriores pueden ampliar el calendario.
Preguntas frecuentes específicas (Madrid)
¿Dónde presento la demanda por despido improcedente en Madrid?
La demanda se presenta ante el Juzgado de lo Social del Partido Judicial de Madrid que sea competente por el domicilio del centro de trabajo o por el lugar donde se presta la actividad. Antes de demandar, se suele intentar la conciliación en el SMAC o en el servicio de conciliación que corresponda en la Comunidad de Madrid.
¿Qué plazo tengo para impugnar el despido en Madrid?
Dispones de 20 días hábiles desde la fecha de notificación del despido para interponer la demanda por despido improcedente. No respetar este plazo implica perder la acción ante la jurisdicción social.
¿Qué costes debo prever al litigarlo en Madrid?
Los costes suelen incluir honorarios de abogado y, en su caso, procurador. En fase de primera instancia en la jurisdicción social no siempre es obligatoria la intervención de procurador, pero puede ser necesaria en recursos. Si se obtiene sentencia favorable, el empresario puede ser condenado a indemnizar por las costas procesales.
¿Puedo elegir entre readmisión o indemnización en Madrid?
Si el despido se declara improcedente, el trabajador puede optar entre la readmisión en su puesto con abono de salarios de tramitación o recibir la indemnización correspondiente. La decisión suele tomarse tras la sentencia y con asesoramiento jurídico.
¿A qué organismos locales puedo acudir en Madrid para asesoramiento?
Además de despachos privados, puedes solicitar orientación en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) para localizar abogados especialistas, y acudir al servicio de orientación jurídica municipal o a los servicios de empleo y mediación de la Comunidad de Madrid para información sobre conciliación laboral.
¿Cuánto suele tardar una conciliación en Madrid?
La convocatoria de conciliación puede tardar unas semanas desde la citación, aunque los plazos varían según el volumen de asuntos del órgano de conciliación. Es recomendable acudir a la conciliación con una estrategia definida por tu abogado para intentar un acuerdo rápido y efectivo.
Fuente: Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y Ley de Jurisdicción Social, España. Para casos concretos en Madrid consulta con un abogado laboralista colegiado en el ICAM.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.

