Desde la reforma de 2010 del Código Penal, las personas jurídicas pueden ser responsables penalmente por delitos cometidos en su nombre y por su cuenta; por ello, en 2026 la implantación de un modelo de compliance penal es la medida esencial para reducir o eximir responsabilidad.
¿A quién asesoramos en derecho penal para empresas?
Nuestro servicio cubre a sociedades de todos los tamaños: autónomos societarios, pymes, grupos empresariales y multinacionales con actividad en España. Asesoramos tanto a la persona jurídica como a sus órganos de administración y dirección, con soluciones adaptadas a la estructura y riesgos de cada organización.
Servicios y comparativa rápida
| Servicio | Qué incluye | Beneficio inmediato | Uso típico |
|---|---|---|---|
| Auditoría de riesgos penales | Mapeo de procesos, entrevistas y análisis documental | Identificación prioritaria de puntos críticos | Antes de implantar un modelo de compliance |
| Implantación de modelo de prevención | Código de conducta, canales de denuncia, formación y protocolos | Atenuación/exención de responsabilidad | Empresas con actividad operativa compleja |
| Defensa penal corporativa | Actuación inmediata ante diligencias, defensa técnica en instrucción y juicio | Protección del patrimonio y la reputación | Investigaciones por delitos económicos, blanqueo, fraude |
| Formación y monitorización | Planes formativos periódicos y revisiones del modelo | Reducción de incidentes y mejor prueba documental | Empresas con alto turnover o filiales |
Proceso práctico: cómo implantamos un modelo de compliance penal
- Diagnóstico inicial y auditoría de riesgos penales.
- Diseño del modelo: políticas, códigos y procedimientos específicos.
- Implantación: formación, canales de denuncia y responsables designados.
- Seguimiento y revisión: auditorías periódicas y actualización normativa.
- Pruebas de eficacia: simulacros y control de incidencias.
Actuación ante una investigación penal: pasos operativos
- Recepción de la notificación y evaluación inmediata del alcance.
- Preservación de pruebas y bloqueo de accesos que puedan alterar documentación.
- Consulta rápida con defensa penal especialista en empresas.
- Presentación de escritos y solicitud de diligencias que permitan acreditar el modelo de prevención implantado.
- Coordinación con peritos, departamentos internos y, si procede, con el auditor externo.
Advertencia experta: no responder o no presentar defensa en los plazos procesales puede derivar en pérdida de derechos probatorios y en una posición de clara indefensión. En muchos procedimientos la fase de instrucción contempla plazos muy cortos (por ejemplo, escritos en torno a 10 días desde ciertas notificaciones); actúe de inmediato para preservar pruebas y formular alegaciones.
Enfoque integral y multidisciplinar
Nuestro equipo combina experiencia en derecho penal económico con especialistas en laboral, mercantil y auditoría forense para ofrecer una respuesta 360°: desde la prevención hasta la defensa en sede judicial. La integración práctica entre asesoría y defensa es clave para minimizar impacto reputacional y patrimonial.
Fuente: Código Penal y Fiscalía General del Estado. Actualizado a 2026.
Preguntas frecuentes
Pregunta: ¿Qué normativa regula la responsabilidad penal de las empresas en Cataluña?
Respuesta: En Cataluña, la responsabilidad penal de las empresas está regulada principalmente por el Código Penal español, especialmente tras la reforma del año 2010. Esta normativa establece que las personas jurídicas pueden ser responsables penalmente por delitos cometidos en su nombre y por su cuenta, lo que incluye la obligación de implementar un modelo de prevención de delitos para evitar dicha responsabilidad.
Pregunta: ¿Cuáles son los plazos para presentar una defensa en casos de responsabilidad penal de empresas en Sevilla?
Respuesta: En Sevilla, los plazos para presentar una defensa en casos de responsabilidad penal varían según el tipo de procedimiento. Generalmente, en fase de instrucción, se dispone de 10 días para presentar escritos de defensa tras la notificación de la apertura de juicio. Es fundamental contar con un abogado especializado para asegurar el cumplimiento de los plazos establecidos.
Pregunta: ¿Qué costes implican contratar abogados especializados en responsabilidad penal de empresas en Madrid?
Respuesta: Los costes de contratar abogados especializados en responsabilidad penal de empresas en Madrid pueden variar significativamente. Los honorarios suelen oscilar entre 100 y 300 euros por hora, dependiendo de la experiencia del abogado y la complejidad del caso. Existen también tarifas fijas para determinados servicios legales, por lo que es recomendable solicitar un presupuesto previo que detallen todos los posibles gastos.
Pregunta: ¿Dónde puedo encontrar asesoría legal para la responsabilidad penal de empresas en Valencia?
Respuesta: En Valencia, existen varias asociaciones de abogados y despachos especializados en responsabilidad penal de empresas. Se recomienda buscar en el Colegio de Abogados de Valencia, donde se puede obtener información sobre profesionales acreditados. Además, muchas firmas ofrecen consultas iniciales gratuitas que pueden facilitar la decisión del abogado adecuado para su caso.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
