En España el Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y los convenios colectivos regulan los contratos laborales; la impugnación por despido debe interponerse en 20 días hábiles desde el cese, por lo que una revisión previa por un abogado especializado reduce riesgos y costes legales.
Qué revisan los abogados especializados en contratos laborales
Un abogado laboralista verifica que el contrato se ajuste al Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo aplicable y a la normativa de Seguridad Social. Además comprueba cláusulas sobre jornada, salario, periodo de prueba, duración y cláusulas específicas (no competencia, confidencialidad, movilidad).
Comparativa rápida de servicios laborales
| Servicio | Qué incluye | Resultado habitual | Plazo orientativo |
|---|---|---|---|
| Revisión de contrato | Detección de cláusulas abusivas y cumplimiento normativo | Contrato conforme a ley y convenio | 3–7 días laborales |
| Redacción a medida | Cláusulas adaptadas al sector y riesgos empresariales | Documento completo y negociable | 5–15 días laborales |
| Negociación con trabajador | Representación y propuestas de acuerdo | Acuerdo extrajudicial o mejora de condiciones | Variable según negociación |
| Defensa en litigio | Preparación de demanda y representación judicial | Resolución judicial o acuerdo | Meses (según vía y carga judicial) |
Proceso recomendado para revisar o crear un contrato laboral
- Recopila documentación del trabajador y del puesto: DNI/NIE, CV, convenio aplicable y descriptores del puesto.
- Solicita una revisión legal del borrador del contrato al abogado laboralista.
- Recibe un diagnóstico con riesgos identificados y opciones de redacción o cláusulas alternativas.
- Ajusta el contrato y negocia con la parte trabajadora si procede.
- Firma y gestiona altas en Seguridad Social y notificaciones administrativas pertinentes.
Advertencia experta
Importante: para impugnar un despido el plazo ordinario en la jurisdicción social es de 20 días hábiles desde el cese; no actuar dentro de este plazo puede suponer perder la posibilidad de reclamar por despido improcedente o nulo.
¿Cuándo contratar a un abogado laboralista?
- Antes de formalizar contratos en masa o plantillas con turnos complejos.
- Al adaptar contratos por cambios legislativos o nuevos convenios.
- Si se detectan cláusulas potencialmente sancionables en inspecciones de trabajo.
- Al negociar acuerdos de desvinculación, ERTEs o reestructuraciones.
Preguntas frecuentes (consultas locales)
Preguntas frecuentes
Pregunta: ¿Qué documentación necesito para crear un contrato laboral en Barcelona?
Respuesta: En Barcelona, como en el resto de España, necesita DNI/NIE del trabajador, la identificación del convenio colectivo aplicable y la información sobre jornada y salario. Si el puesto exige titulación o certificaciones, incorpórelas al contrato. Consulte al Colegio de la Abogacía de Barcelona para referencias de letrados especializados.
Pregunta: ¿Cuáles son los plazos de preaviso para la finalización de un contrato laboral en Madrid?
Respuesta: En Madrid el plazo de preaviso depende del tipo de contrato y del convenio sectorial que aplique; por ejemplo, contratos temporales o puestos con convenios específicos pueden establecer preavisos distintos. Verifique el convenio aplicable y consulte con un abogado para confirmar el plazo concreto.
Pregunta: ¿Qué costes debo considerar al redactar un contrato laboral en Valencia?
Respuesta: En Valencia deberá considerar los honorarios profesionales del abogado, el tiempo de adaptación a convenios sectoriales y las cotizaciones a la Seguridad Social una vez contratado el trabajador. Solicitar un presupuesto previo permite planificar el coste real según complejidad.
Pregunta: ¿Dónde encontrar un abogado experto en contratos laborales en Sevilla?
Respuesta: En Sevilla puede solicitar referencias al Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, consultar directorios jurídicos locales o pedir recomendaciones a otras empresas del sector. Programe una primera consulta para evaluar experiencia en contratos similares al suyo.
Fuente oficial y referencia normativa
Normativa de referencia: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y las actualizaciones publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Consulte también la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social para circulares y criterios administrativos.
Si necesita que revisemos un contrato concreto, recopile el borrador y la documentación del puesto para una primera valoración.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
