Despido improcedente en Barcelona: derechos, plazos y trámites clave

Si te han comunicado un despido en Barcelona tienes 20 días hábiles desde la notificación para impugnarlo ante los Juzgados de lo Social; el plazo de impugnación y las causas del despido están reguladas en el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), disponible en el BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430.

Tipo de despido Consecuencia principal Plazo para reclamar Órgano competente (Barcelona)
Procedente Extinción con derecho a indemnización menor (según prueba) 20 días hábiles Juzgados de lo Social de Barcelona
Improcedente Indemnización o readmisión según resolución judicial 20 días hábiles Juzgados de lo Social de Barcelona
Nulo Readmisión inmediata y salario de tramitación 20 días hábiles Juzgados de lo Social de Barcelona

Cómo identificar un despido improcedente

Se considera improcedente cuando la empresa no acredita o no existe una causa legal para extinguir el contrato o cuando no se han cumplido los requisitos formales exigidos (por ejemplo, falta de notificación por escrito con expresión de la causa). El Estatuto de los Trabajadores regula las causas y efectos de la extinción por voluntad del empresario (véase normativa consolidada en BOE).

Un indicio frecuente de improcedencia es la ausencia de una carta de despido con la motivación concreta o la imposibilidad del empresario de aportar pruebas que justifiquen la decisión. Ante la duda, lo habitual es pedir el asesoramiento de un abogado laboralista antes de decidir la vía a seguir.

Pasos procesales habituales en Barcelona

El procedimiento para impugnar un despido en Barcelona sigue estas etapas básicas:

  1. Conciliación previa (acta de conciliación): en Cataluña se puede tramitar ante el Servei de Mediació, Arbitratge i Conciliació (SMAC) o en la vía ordinaria de conciliación laboral.
  2. Demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente si no hay acuerdo.
  3. Juicio y resolución; la sentencia podrá declarar el despido procedente, improcedente o nulo.

Es obligatorio respetar el plazo de 20 días hábiles desde la recepción del despido para promover la conciliación y la demanda; si se incumple ese plazo se puede perder la posibilidad de impugnar el despido.

Dónde tramitar y juzgados competentes en Barcelona

El partido judicial de referencia es el partido judicial de Barcelona. Las reclamaciones por despido se presentan ante los Juzgados de lo Social de Barcelona; existen varios Juzgados de lo Social en la ciudad: las demandas se registran en el Juzgado de lo Social que corresponda por territorio o competencia.

La presentación puede hacerse en el Registro del Juzgado o por vía electrónica a través de los cauces de la Administración de Justicia (acceso telemático para profesionales). Para la mediación previa en Cataluña, se utiliza el SMAC de la Generalitat.

Asesoramiento profesional y Colegio de la Abogacía

En Barcelona es habitual recurrir a abogados colegiados en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). Si necesitas un profesional, comprueba que esté colegiado (siglas: ICAB) y con experiencia en Derecho Laboral y litigios ante los Juzgados de lo Social.

Los abogados te ayudarán a preparar la demanda, presentar pruebas y negociar una salida (indemnización o readmisión). También gestionan la fase previa de conciliación ante SMAC y la práctica de pruebas en el juicio.

Documentación y actuación inmediata

Recopila desde el primer momento: carta de despido, nóminas, contrato, comunicaciones con la empresa, y cualquier prueba documental o testifical que apoye tu reclamación. Entregar toda la documentación al abogado facilita la valoración de la viabilidad de la demanda.

Advertencia: si no se interpone la demanda o medida conciliadora en 20 días hábiles, se pierde la vía para impugnar el despido y se consolidan las consecuencias de la extinción.

Recursos y lecturas recomendadas

Para ampliar información práctica puedes consultar la categoría general del directorio del portal: /?directory_type=general, así como estos artículos relacionados en Asesor.Legal:

Fuente oficial sobre la regulación: Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430.

Preguntas frecuentes

¿Ante qué Juzgado de lo Social debo presentar la demanda por despido en Barcelona?

La demanda debe presentarse ante los Juzgados de lo Social del partido judicial de Barcelona; la presentación puede hacerse en el Juzgado competente por territorio o por registro electrónico según proceda.

¿Debo pasar por el SMAC en Barcelona antes de presentar la demanda?

En Cataluña la fase previa de conciliación puede tramitarse ante el Servei de Mediació, Arbitratge i Conciliació (SMAC); la conciliación es paso habitual antes de acudir al Juzgado de lo Social.

¿Qué organismo profesional agrupa a los abogados laboralistas en Barcelona?

El colegio profesional de referencia es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB); comprueba la colegiación del abogado que te atienda.

¿Cuánto plazo tengo para presentar la reclamación por despido desde Barcelona?

Tienes 20 días hábiles desde la notificación del despido para promover la conciliación y, si procede, presentar la demanda en el Juzgado de lo Social.

Si estoy en Barcelona, el abogado puede presentar la demanda telemáticamente?

Sí: los abogados colegiados pueden presentar la demanda por vía telemática a través de los canales establecidos por la Administración de Justicia; la presentación telemática agiliza el registro de la demanda.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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