En España el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la notificación; actúe de inmediato para preservar su derecho a reclamar.
Si ha sido despedido en Valladolid y sospecha que fue injustificado, este artículo le indica de forma práctica sus opciones y los pasos que debe dar. Si prefiere atención personalizada, consulte nuestros abogados laboralistas en Valladolid y solicite orientación inicial: encuentra un abogado laboralista en Valladolid.
Resumen rápido
| Opción | Qué implica | Ventajas | Riesgos/Contras | Plazo clave |
|---|---|---|---|---|
| Readmisión | Vuelta al puesto de trabajo; la empresa paga salarios de tramitación | Restablece la relación laboral | La relación puede quedar deteriorada; difícil convivencia | Demanda dentro de 20 días hábiles |
| Indemnización (despido improcedente) | Pago de una indemnización calculada por la ley o por el juez | Obtiene compensación económica y fin de la relación | La cuantía puede ser inferior a la reclamación inicial | Demanda dentro de 20 días hábiles |
| Conciliación previa | Acto previo en el SMAC o SEPE según la comunidad | Posible acuerdo rápido y sin juicio | Si no hay acuerdo, sigue el proceso judicial | Cita en conciliación tras la papeleta de conciliación |
Pasos para impugnar un despido (ordenados)
- Solicite asesoramiento jurídico inmediato y reúna la documentación: contrato, nóminas, carta de despido, comunicaciones y testigos.
- Presente la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de Castilla y León o el organismo que corresponda.
- Acuda al acto de conciliación; si no hay acuerdo, solicite al abogado la interposición de la demanda ante el Juzgado de lo Social.
- En el juicio se evaluarán las pruebas y el juez podrá declarar el despido procedente, improcedente o nulo.
- Si procede la readmisión, se ejecutará la readmisión o se fijará la indemnización; si procede indemnización, se liquidará conforme a la sentencia.
Advertencia experta: si no presenta la demanda en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación del despido perderá la posibilidad de impugnarlo ante los Juzgados de lo Social. La inacción conlleva la presunción de conformidad y la pérdida de derechos procesales.
¿Qué pruebas son útiles?
- Comunicación de despido (carta o email) y la fecha de notificación.
- Contrato de trabajo y nóminas para acreditar antigüedad y salario.
- Correos, mensajes y órdenes que muestren instrucciones o trato diferencial.
- Testigos por escrito o grabaciones (atención a la legalidad de las mismas).
¿Cuánto puede costar reclamar?
Los honorarios varían: algunos despachos aplican tarifa fija para la fase de conciliación y juicio, otros cobran por horas o pactan un porcentaje del resultado. Solicite un presupuesto por escrito. En muchas ocasiones puede acceder a orientación jurídica gratuita en el Colegio de Abogados o a través de asistencia letrada para quienes cumplan requisitos económicos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el procedimiento?
Desde la conciliación hasta la sentencia puede tardar entre varios meses y más de un año, según la carga de los Juzgados y la complejidad del caso.
¿Puedo recibir prestación por desempleo mientras reclamo?
Sí, si cumple los requisitos para la prestación por desempleo puede solicitarla. La reclamación judicial no impide solicitar la prestación, consulte con su abogado o con el SEPE.
Si la empresa me ofreció una cantidad, debo aceptarla?
Antes de aceptar cualquier acuerdo reciba asesoramiento: podría ser una propuesta inferior a lo que podría obtener judicialmente.
¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?
Procedente: justificado por la empresa; improcedente: no acreditado legalmente y con derecho a indemnización o readmisión; nulo: vulnera derechos fundamentales, con readmisión obligatoria y salarios de tramitación completos.
Fuente oficial: texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores en el BOE (legislación aplicable): https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2.
Enlaces internos de interés: Guía práctica sobre despidos y nuestra página para encontrar abogado.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
