Tiene 20 días hábiles desde la notificación para impugnar un despido; en Alicante puede consultar ya abogados laboralistas en Alicante que inicien la conciliación y, si procede, interpongan la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Resumen autoritativo
Si le han despedido y contaba con un contrato indefinido —por ejemplo, con cinco años de antigüedad— las opciones principales son: impugnar el despido (posible readmisión o indemnización), reclamar cantidades adeudadas (salarios, finiquito) o negociar un acuerdo de salida. El plazo procesal para impugnar un despido laboral es de 20 días hábiles desde la notificación; para la reclamación de cantidades existe, con carácter general, un plazo de prescripción de 1 año. Fuente normativa: Estatuto de los Trabajadores y texto consolidado en el BOE (https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2).
Comparativa rápida: opciones tras el despido
| Acción | Qué consigue | Plazo | Riesgos |
|---|---|---|---|
| Impugnar despido | Readmisión o indemnización según sentencia | 20 días hábiles desde la notificación | Resultado incierto según prueba; duración del proceso |
| Reclamación de cantidades | Cobro de salarios, finiquito y otras cantidades | 1 año (regla general, consulte caso concreto) | Necesidad de documentación exacta; demora en el cobro |
| Negociación / acuerdo | Compensación y cierre rápido del conflicto | Variable (negociable) | Posible renuncia a acciones futuras si se firma finiquito |
Pasos recomendados (procedimiento básico)
- Contacte inmediatamente con un abogado laboralista para valoración y recopilación de pruebas: contrato, nóminas, comunicaciones y partes médicos si procede.
- Preparación y presentación de la papeleta de conciliación en el SMAC/SEAF (acto previo obligatorio antes de demandar en la mayoría de supuestos).
- Si no hay acuerdo en conciliación, su abogado presentará la demanda ante el Juzgado de lo Social dentro del plazo de 20 días hábiles.
- Seguimiento procesal: fase probatoria (documental y testifical), vistas y ejecución de la resolución judicial.
Documentación que su abogado le pedirá
- Contrato de trabajo y acreditación de antigüedad.
- Nóminas, recibos y finiquito (si existe).
- Comunicaciones de la empresa: cartas, correos electrónicos, SMS o mensajes instantáneos.
- Partes de baja, informes médicos y cualquier justificante relacionado con el despido.
Abogado recomendado
En Alicante puede valorar el despacho Consultores Laborales Martínez, con experiencia en la práctica forense provincial y en los servicios de conciliación. Compare varias opciones y servicios en nuestras fichas sobre impugnación de despidos en Alicante.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta iniciar una demanda por despido?
Los honorarios varían por despacho y complejidad. Muchos abogados ofrecen primera consulta gratuita o presupuestos cerrados; pida siempre presupuesto por escrito.
¿Puedo exigir readmisión?
Sí: si el despido se declara nulo o el tribunal ordena la readmisión. La viabilidad depende de la prueba y de las circunstancias del caso.
¿Qué plazo tengo para reclamar el finiquito?
La reclamación de cantidades suele prescribir a los 1 año desde que pudieron exigirse; consulte con su abogado para calcular plazos concretos.
¿Necesito acudir a conciliación antes de demandar?
Sí: la papeleta de conciliación en el SMAC/SEAF es requisito previo en la mayoría de supuestos y debe intentarse antes de la demanda.
¿Qué diferencia hay entre despido nulo, improcedente y procedente?
El despido nulo protege derechos fundamentales o por vulneración de embarazo, entre otros; el improcedente es injustificado y suele dar lugar a indemnización o readmisión; el procedente es legal. Su abogado le explicará la calificación posible según los hechos.
Fuente oficial y referencia normativa: Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en el BOE): https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
