Modelo 720 en Madrid: especialistas en regularización fiscal

El Modelo 720 obliga a declarar bienes y derechos en el extranjero cuando su valor supera 50.000 €; su incumplimiento puede implicar multas desde 1.500 € y sanciones que, en supuestos de dolo, alcanzan hasta el 150% del valor no declarado. En Madrid, contar con especialistas locales reduce el riesgo de sanciones y acelera recursos frente a la Agencia Tributaria.

¿Qué es el Modelo 720 y quién está obligado en Madrid?

El Modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar los residentes fiscales en España para informar sobre: cuentas en el extranjero, valores y derechos gestionados fuera de España, y bienes inmuebles situados fuera de España, siempre que cada bloque supere 50.000 €. En Madrid, la obligación afecta a residentes fiscales empadronados o con residencia fiscal en la provincia, y a quienes, por su situación, deban tributar en España.

Comparativa rápida: aspectos clave del Modelo 720

AspectoQué incluyePlazoSanciones (rango)Órgano habitual en Madrid
Cuentas en el extranjeroSaldo de cuentas en entidades no residentesHasta el 31 de marzo del año siguienteMultas 1.500–10.000 €; sanción pecuniaria hasta 150% en casos de doloDelegación de la Agencia Tributaria en la Comunidad de Madrid
Valores y derechosAcciones, fondos, seguros, participaciones31/03IdemServicio de Gestión Tributaria de la AEAT en Madrid
Bienes inmueblesInmuebles fuera de España31/03IdemInspección de la AEAT; recursos ante Juzgados Contencioso-Administrativos de Madrid

Proceso paso a paso para regularizar bienes en el extranjero (Madrid)

  1. Recopilar documentación: extractos bancarios, escrituras, certificados de saldo y justificación del origen de fondos y titularidad.
  2. Valoración de umbrales: verificar por cada bloque si supera 50.000 € y si procede declaración comparativa de años anteriores.
  3. Preparar la declaración: confección telemática del Modelo 720 con desglose por bloques y fuentes probatorias.
  4. Presentación telemática y registro: presentar dentro del plazo (hasta 31/03) usando certificado digital o sistema Cl@ve.
  5. Regularizaciones voluntarias: en caso de omisión, preparar memoria y documentación para acogerse a procedimiento de regularización o presentar alegaciones ante requerimientos.
  6. Gestión de comprobaciones y recursos: si la AEAT inicia actuaciones, preparar recursos administrativos y, si procede, contencioso-administrativos ante los Juzgados competentes en Madrid.

Servicios que ofrecen los especialistas en Madrid

  • Evaluación previa de riesgo fiscal y revisión documental de activos en el extranjero.
  • Confección y presentación telemática del Modelo 720 y declaraciones complementarias.
  • Negociación con la Administración Tributaria y preparación de recursos administrativos.
  • Planificación fiscal internacional y coordinación con corresponsales en el país donde están los activos.
  • Representación ante Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y apoyo en procedimientos penales tributarios cuando proceda.

Especialización local: por qué elegir un despacho en Madrid

Un despacho en Madrid aporta conocimiento directo de las delegaciones locales de la Agencia Tributaria, experiencia ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid y relación con el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Además, la especialización local facilita la tramitación urgente y la comparecencia ante órganos administrativos y judiciales de la provincia.

Tabla comparativa de servicios de asesoría (orientativa)

ServicioQué incluyeBeneficio en Madrid
Presentación Modelo 720Confección, comprobación de datos y presentación telemáticaPresentación ante la AEAT con seguimiento en la delegación madrileña
Regularización voluntariaInforme de riesgo, propuesta de subsanación y presentaciónReducir probabilidad de sanción mediante documentación local y justificaciones
Defensa en comprobacionesPreparación de alegaciones y recursosRepresentación ante la Inspección de la AEAT en Madrid y Juzgados contencioso-adm.

Advertencia experta

Plazo perentorio: la presentación del Modelo 720 corresponde hasta el 31 de marzo del año siguiente al que se cuantifican los bienes. La omisión o la presentación tardía puede implicar multas administrativas (1.500–10.000 € por cada bloque omitido) y, si existe dolo, sanciones económicas del 100% al 150% del valor no declarado. Actuar fuera de plazo incrementa las probabilidades de sanciones acumulativas y de ser objeto de inspección fiscal.

Particularidades procedimentales y órganos competentes en Madrid

En Madrid las actuaciones y recursos suelen tramitarse ante:

  • Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la Comunidad de Madrid (procedimientos de comprobación y sancionadores).
  • Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid y, en algunos supuestos, la Audiencia Nacional, según la materia y la cuantía.
  • Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) para designación de peritos y asesoramiento especializado.

Preguntas frecuentes específicas para Madrid

¿Dónde presento recursos contra una multa por el Modelo 720 en Madrid?

Primero se interpone el recurso administrativo ante la propia Agencia Tributaria en su Delegación en la Comunidad de Madrid. Si se desestima, el siguiente paso es el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Si vivo en Madrid pero los activos están en otra Comunidad, ¿tengo que presentar aquí el Modelo 720?

Sí. La obligación de declarar depende de la residencia fiscal de la persona en España (por ejemplo, residencia en Madrid), no del lugar donde estén situados los bienes. La presentación se realiza telemáticamente, pero las actuaciones administrativas se gestionan por la AEAT con competencia sobre contribuyentes con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.

¿Qué organismos madrileños pueden ayudarme a validar documentación exterior para el Modelo 720?

Los despachos de abogados y economistas de Madrid suelen coordinarse con consulados, notarías públicas y peritos economistas para validar y traducir documentación extranjera. Además, el ICAM facilita listados de peritos y traductores jurados en Madrid.

¿Cuánto tarda la Agencia Tributaria en Madrid en notificar una comprobación por el Modelo 720?

Los plazos varían según la complejidad. Tras la presentación, la AEAT puede tardar meses en iniciar comprobaciones; en casos complejos la investigación puede prolongarse y derivar en requerimientos o liquidaciones en plazos que alcanzan varios años, según la normativa fiscal aplicable.

¿Puedo pedir el fraccionamiento de una sanción impuesta por la AEAT en Madrid?

Sí, es posible solicitar aplazamientos o fraccionamientos ante la Delegación de la AEAT en la Comunidad de Madrid; conviene tramitarlo con un asesor local para presentar garantías o propuestas de pago que la administración valore.

Normativa y fuentes

Normativa principal aplicable: Ley 22/2014, de 12 de noviembre, de medidas contra el fraude fiscal; normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y disposiciones específicas sobre el Modelo 720. Fuente oficial: Agencia Estatal de Administración Tributaria (Agencia Tributaria).

Si vas a iniciar una regularización, busca asesoramiento local en Madrid para evaluar riesgos, presentar la documentación adecuada y preparar recursos en las sedes competentes.


Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.

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