¿Se puede demandar a una compañía eléctrica por el apagón del 28 de abril?
El apagón masivo ocurrido el 28 de abril de 2025 dejó sin electricidad a millones de personas en España y Portugal. Servicios esenciales como hospitales, metro, trenes y negocios quedaron paralizados, causando pérdidas económicas importantes.
Este incidente ha llevado a muchos ciudadanos a preguntarse: ¿Tengo derecho a reclamar por los daños sufridos? ¿Puedo demandar a la compañía eléctrica?
En este artículo te explicamos cómo reclamar legalmente por el apagón, qué derechos tienes y cuáles son los pasos a seguir.
Pasos legales para reclamar por el apagón eléctrico
1. Evalúa si tienes derecho a reclamar
Puedes iniciar una reclamación si el apagón:
- Te causó daños materiales, como electrodomésticos averiados.
- Provocó pérdidas económicas, como cierres de negocio o cancelación de servicios.
- Supuso un perjuicio demostrable, por ejemplo, medicamentos que debían conservarse en frío.
2. Reúne documentación que respalde tu reclamación
Es fundamental que puedas demostrar el daño y su relación directa con el apagón. Reúne:
- Facturas de compra o reparación.
- Fotografías de los daños.
- Informes técnicos si los hubiera.
- Pruebas de interrupciones de servicio o pérdidas de ingresos.
3. Reclama primero a la compañía eléctrica
Antes de acudir a la vía judicial, se recomienda:
- Presentar una reclamación escrita a tu compañía eléctrica.
- Aportar todas las pruebas y exigir una indemnización por daños.
- Esperar respuesta (tienen 30 días para contestar).
4. Reclamar ante organismos oficiales
- Presentar una queja ante la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).
- Acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor en [Población].
5. Demanda judicial (opcional)
Si las vías anteriores no prosperan, puedes presentar una demanda judicial por:
- Responsabilidad contractual de la empresa.
- O incluso responsabilidad patrimonial del Estado, si se demuestra una mala gestión pública.
Casos y ejemplos reales
✅ Caso 1: Tienda de alimentación en Valencia
Un comercio perdió más de 1.500 € en productos refrigerados. Tras aportar las facturas de compra y fotografías de los alimentos dañados, la distribuidora eléctrica le abonó 1.200 € en concepto de indemnización.
✅ Caso 2: Vecino en Madrid con electrodoméstico averiado
Un particular vio cómo su frigorífico dejó de funcionar. Presentó informe técnico y factura del nuevo aparato. La reclamación fue aceptada por la aseguradora y le reembolsaron 400 €.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Qué plazo tengo para reclamar?
Tienes 1 año desde la fecha del apagón para reclamar daños por vía civil. Si la reclamación es contra la Administración, el plazo también es de un año.
❓ ¿Puedo reclamar aunque no tenga seguro?
Sí. Aunque el seguro puede cubrir algunos daños, no es obligatorio tener uno para presentar una reclamación. Basta con demostrar los perjuicios sufridos y su relación con el apagón.
❓ ¿Puedo reclamar si solo estuve unas horas sin luz?
Depende del daño. Si el apagón afectó servicios críticos (por ejemplo, tratamientos médicos en el hogar), incluso unas pocas horas pueden justificar una reclamación si se acredita el perjuicio.
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