Defensa en conflictos laborales por la pandemia en Las Palmas de Gran Canaria

Los conflictos laborales vinculados a la pandemia siguen generando reclamaciones en Las Palmas de Gran Canaria: los procedimientos más habituales (impugnación de despidos, reclamaciones por salarios y controversias sobre ERTE/ERE) se tramitan ante los Juzgados de lo Social de la capital y pasan por conciliación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC). El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) regula las principales figuras aplicables, como la suspensión o reducción de jornada (art. 47) y los expedientes de extinción colectiva (art. 51).

Conflictos laborales más frecuentes tras la pandemia

En Las Palmas de Gran Canaria los conflictos que han aumentado desde 2020 son, principalmente: impugnaciones de despidos basados en causas económicas o de reorganización, discrepancias en la aplicación y cómputo de ERTE/ERTEs temporales, reclamaciones por salarios y pluses no abonados, y denuncias por incumplimiento de medidas de prevención sanitaria en el puesto de trabajo. Estos supuestos suelen canalizarse por la vía social y laboral regulada por el Estatuto de los Trabajadores.

Desde el punto de vista normativo, las modificaciones operadas en materia laboral desde 2020 y las sucesivas normas sobre protección por ERTE han obligado a revisar la aplicación de los arts. 47 y 51 del Estatuto de los Trabajadores y la normativa de emergencia publicada en el BOE entre 2020 y 2022. Para impugnar un despido por razones vinculadas a la pandemia el plazo procesal que debe tenerse presente es de 20 días hábiles desde la notificación del despido para presentar la demanda tras el intento de conciliación.

Tabla comparativa: tipo de conflicto, órgano y plazos

Tipo de conflicto Órgano de resolución Plazo clave Base legal principal
Impugnación de despido Juzgados de lo Social de Las Palmas 20 días hábiles para interponer demanda tras acta de conciliación Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 51
ERTE/ suspensión de contratos Conciliación (SEMAC) y Juzgados de lo Social Actuación inmediata; impugnación en plazo de 20 días hábiles Estatuto de los Trabajadores, art. 47; normativa RD-ley de 2020-2022
Reclamación de cantidades (salarios) Juzgados de lo Social Prescripción: 1 año para acciones derivadas del contrato Estatuto de los Trabajadores, art. 59
Incumplimiento de medidas de PRL y salud Inspección de Trabajo y Juzgados de lo Social Denuncia o solicitud de medidas de tutela inmediata Ley de Prevención de Riesgos Laborales y normativa sanitaria

Procedimiento habitual: conciliación y vía judicial (pasos ordenados)

  1. Solicitud de conciliación ante el SEMAC: el trabajador o su representante presenta el acto de conciliación como requisito previo para litigar en los Juzgados de lo Social.
  2. Celebración del acto de conciliación: fecha fijada por el SEMAC; si hay acuerdo, se eleva a acta con fuerza vinculante entre las partes.
  3. En caso de no acuerdo, interposición de demanda ante el Juzgado de lo Social competente: el plazo procesal generalmente aplicable para impugnar despidos o medidas es de 20 días hábiles desde la finalización del intento de conciliación.
  4. Tramitación judicial y posible apelación a la Audiencia Provincial de Las Palmas en su caso.

Cada uno de estos pasos exige documentación concreta (comunicaciones escritas de la empresa, nóminas, actas de representación de los trabajadores y copia del acta del SEMAC). La prueba documental será decisiva en la fase judicial, y el Juzgado de lo Social es el órgano encargado de valorar su admisión conforme a la Ley procesal laboral.

Órganos competentes en Las Palmas de Gran Canaria y particularidades prácticas

Las Palmas de Gran Canaria pertenece al Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria. Los asuntos laborales se tramitan en los Juzgados de lo Social de la capital; para los recursos de apelación corresponde, en su caso, la Audiencia Provincial de Las Palmas. Además, para la fase previa de conciliación rige el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC) de la Comunidad Autónoma de Canarias, con registros y citas para la provincia de Las Palmas.

En la práctica, las presentaciones se realizan por la vía electrónica cuando proceda (sede electrónica del Ministerio de Justicia o del SEMAC) o presencialmente en los registros competentes. Si bien la ciudad cuenta con Juzgados de lo Social especializados, la competencia es territorial y se determina por el lugar donde se prestó el trabajo (articulado procesal sobre competencia territorial), por lo que puede ser necesario presentar la demanda en el órgano que corresponda a la localidad concreta del centro de trabajo.

Recomendaciones prácticas y advertencia experta

Para preservar derechos es imprescindible respetar plazos: la impugnación de un despido debe iniciarse en un plazo de 20 días hábiles desde la finalización del acto de conciliación; si se excede ese plazo, se pierde la posibilidad ordinaria de impugnar. Para reclamaciones de salarios, recuerde la prescripción de un año para acciones derivadas del contrato (art. 59 ET).

Como recomendación práctica en Las Palmas, solicite la acta de conciliación al SEMAC y conserve toda comunicación escrita con la empresa (notificaciones de ERTE/ERE, correos sobre condiciones laborales y nóminas). La falta de pruebas documentales dificulta la prueba en sede judicial y puede retrasar la resolución del conflicto.

Fuentes oficiales

Normativa y fuentes donde puede consultarse la regulación aplicable: el texto del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) en el BOE (https://www.boe.es), la información y trámites sobre mediación y conciliación y la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social (https://www.mites.gob.es), y las instrucciones generales sobre órganos judiciales en la página del Consejo General del Poder Judicial (https://www.poderjudicial.es).

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Preguntas frecuentes

¿Dónde se solicita el acta de conciliación (SEMAC) en Las Palmas de Gran Canaria?

La solicitud del acto de conciliación se dirige al SEMAC correspondiente a la provincia de Las Palmas; puede tramitarse telemáticamente a través de la sede electrónica autonómica o presentando la solicitud en el registro administrativo provincial que gestione el SEMAC.

¿Qué Juzgado de lo Social es competente si el puesto de trabajo estaba en la capital?

Si el contrato de trabajo se desempeñaba en Las Palmas de Gran Canaria, la competencia corresponde a los Juzgados de lo Social de Las Palmas; la competencia concreta se determina por el lugar donde se prestó efectivamente el trabajo.

Si la empresa aplica un ERTE en Las Palmas, ¿qué organismo puede inspeccionar su correcta aplicación?

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social con competencia en la provincia de Las Palmas puede actuar de oficio o a instancia de parte para comprobar la correcta aplicación de un ERTE y, en su caso, iniciar los procedimientos sancionadores o de regularización.

¿A qué colegio profesional pueden dirigirse los abogados laborales en Las Palmas?

Los abogados ejercientes en la provincia deben estar colegiados en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que ofrece servicios de orientación y recursos para la defensa laboral.

¿Dónde se interpone la demanda si la conciliación en SEMAC en Las Palmas fracasa?

Tras un acta de conciliación desestimada en el SEMAC, la demanda se presenta ante el Juzgado de lo Social competente por la localidad donde se prestó la prestación laboral; en la capital, corresponde a los Juzgados de lo Social de Las Palmas.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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