La propiedad de una vivienda nueva puede ser un sueño hecho realidad, pero también puede convertirse en una pesadilla si aparecen daños estructurales. La buena noticia es que, según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), los propietarios tienen derechos claros en cuanto a la reclamación de estos defectos. Este artículo proporciona una guía completa sobre cómo gestionar las reclamaciones por daños estructurales, así como los plazos y procedimientos necesarios para activar las garantías correspondientes.
La reclamación de daños estructurales en la vivienda implica un proceso que, aunque puede parecer complicado, es fundamental para proteger los intereses del propietario. Conocer los pasos a seguir y la documentación necesaria puede marcar la diferencia entre una resolución exitosa o una frustrante espera sin respuesta.
Cuáles son los plazos de garantía para reclamar daños estructurales
La Ley de Ordenación de la Edificación establece plazos específicos que protegen a los propietarios de viviendas nuevas. Estos plazos son fundamentales para las reclamaciones:
- 10 años para defectos estructurales.
- 3 años para defectos de habitabilidad.
- 1 año para defectos de acabado.
Estos plazos comienzan a contar desde la fecha de la recepción de la obra, que es el documento que certifica que el promotor ha entregado la vivienda al propietario. Es crucial que los propietarios estén atentos a estas fechas para no perder sus derechos de reclamación.
Además, es importante destacar que el tiempo no se detiene. Si se detectan daños estructurales, se deben notificar a la constructora a la mayor brevedad posible. Hacerlo dentro de los plazos establecidos permitirá una resolución más efectiva.
Qué tipos de daños estructurales existen según la ley
Los daños estructurales pueden variar en su naturaleza y gravedad. Según la legislación vigente, se consideran daños estructurales aquellos que afectan a la seguridad y estabilidad de la construcción. Algunos ejemplos incluyen:
- Fisuras en los muros o cimientos.
- Desniveles en el suelo que comprometen la estabilidad.
- Infiltraciones de agua que afectan a la estructura.
Estos daños no solo perjudican el bienestar del propietario, sino que también pueden afectar el valor de reventa de la propiedad. Por ello, es esencial contar con un informe pericial que determine la magnitud y naturaleza de los daños, lo cual será un elemento clave en la reclamación.
Cómo reclamar los daños estructurales a la constructora
El proceso de reclamación de daños estructurales debe ser abordado de manera metódica. Aquí se detallan los pasos a seguir:
- Documentar los daños: Recopilar fotos y evidencias que muestren la magnitud de los daños.
- Solicitar un informe pericial: Un experto evaluará los daños y emitirá un informe que servirá como base para la reclamación.
- Notificar a la constructora: Enviar una carta formal donde se expongan los daños y se solicite su reparación.
- Esperar respuesta: La constructora debe responder en un plazo razonable.
- Iniciar una reclamación extrajudicial: Si la respuesta es insatisfactoria, se puede acudir a mediación o arbitraje.
Es crucial que todas las comunicaciones se realicen por escrito y se conserven copias de todo. Esto puede ser vital en caso de que sea necesario llevar el asunto a instancias judiciales.
Plazos de prescripción para reclamar judicialmente por daños estructurales
Los plazos de prescripción son esenciales en cualquier reclamación legal. Para los daños estructurales, el periodo general de prescripción es de 15 años, pero este inicia desde que se conoce el daño y se puede reclamar. Esto significa que, aunque la Ley de Ordenación de la Edificación establece plazos de garantía, el derecho a reclamar judicialmente puede extenderse más allá de esos plazos.
Es recomendable que, si se detectan daños, se actúe rápidamente. La inacción puede llevar a la pérdida del derecho a reclamar. Por ello, es aconsejable consultar con un abogado especializado en reclamaciones de daños estructurales para asegurarse de que se está actuando dentro de los plazos correspondientes.
Qué documentación se necesita para reclamaciones por daños estructurales
La correcta preparación de la documentación es clave para una reclamación exitosa. Entre los documentos necesarios se encuentran:
- Informe pericial que detalle los daños.
- Acta de recepción de obra que demuestre la aceptación de la vivienda.
- Fotografías de los daños estructurales.
- Copia de la notificación enviada a la constructora.
- Documentación que acredite la identidad del reclamante.
Tener toda la documentación en orden no solo facilitará el procedimiento, sino que también dará más peso a la reclamación. Una presentación adecuada de la situación es esencial para que la constructora o el promotor reconozcan su responsabilidad.
Qué hacer si la constructora no arregla los desperfectos
Si después de presentar la reclamación, la constructora no toma medidas para reparar los daños, hay varios pasos a seguir:
En primer lugar, es recomendable insistir en la comunicación con la constructora, ya sea a través de correos electrónicos o llamadas. A veces, un recordatorio puede activar la respuesta. Si esto no funciona, se puede considerar la opción de acudir a un mediador o un arbitraje para resolver la disputa.

Como último recurso, se puede presentar una demanda judicial contra la constructora. Este proceso puede ser más largo y complicado, por lo que es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado. Un abogado podrá guiar al propietario en la mejor manera de proceder.

Es posible pedir una indemnización además de la reparación del daño
Sí, es posible solicitar una indemnización además de la reparación de los daños. Si se puede demostrar que los daños estructurales han causado perjuicios económicos o psicológicos, el propietario tiene derecho a recibir una compensación. Esto puede incluir gastos adicionales que ha tenido que afrontar o la depreciación del valor de la vivienda.
Para solicitar una indemnización, es fundamental contar con un informe pericial que demuestre la magnitud de los daños y que relacione estos daños con las pérdidas económicas sufridas. Además, se deben tener en cuenta los plazos de reclamación establecidos y actuar de forma rápida y eficaz.
Preguntas relacionadas sobre daños estructurales en la vivienda
¿Cuál es el plazo de prescripción para reclamar defectos constructivos?
El plazo de prescripción para reclamar defectos constructivos es de 15 años. Este periodo comienza a contar desde que se tiene conocimiento del daño y se puede reclamar. Es fundamental actuar con rapidez para no perder este derecho.
¿Quién paga los daños estructurales?
La responsabilidad de pagar por los daños estructurales recae principalmente en el promotor de la obra, quien tiene la obligación de garantizar que la construcción cumpla con los estándares de calidad y seguridad. Si la constructora no cumple, el propietario puede reclamarle directamente.
¿Qué hacer en caso de fallas estructurales?
En caso de detectar fallas estructurales, es fundamental documentar los daños y notificar de inmediato a la constructora. Si no hay respuesta, se debe considerar la posibilidad de solicitar un informe pericial y, si es necesario, emprender acciones legales para reclamar la reparación.
¿Qué se consideran daños estructurales en una vivienda?
Los daños estructurales se refieren a aquellos defectos que comprometen la estabilidad y seguridad de la vivienda. Esto incluye fisuras, hundimientos, filtraciones de agua y cualquier tipo de daño que afecte la integridad de la construcción.

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Autor: Equipo editorial de Asesor.Legal



