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Abogado Mercantil en Melilla — Consulta rápida

En Melilla, a 2026, la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada exige un capital social mínimo de 3.000 € y la inscripción en el Registro Mercantil para que la sociedad tenga eficacia frente a terceros. Si busca orientación práctica y enlaces oficiales consulte nuestra guía sobre constitución de sociedades en asesor.legal (Guía: constituir SL).

La creación de una sociedad en Melilla sigue la normativa mercantil y fiscal española, pero conviene atender también a las gestiones y matices administrativos locales. A continuación encontrará un resumen comparativo, los pasos habituales, una advertencia relevante y preguntas frecuentes actualizadas a 2026.

Forma jurídicaCapital mínimoResponsabilidadTributación típicaIdónea para
Sociedad Limitada (SL)3.000 €Limitada al capitalImpuesto de SociedadesPymes con socios
AutónomoNo aplicaIlimitadaIRPFProfesionales individuales
Sociedad Anónima (SA)60.000 €Limitada al capitalImpuesto de SociedadesGrandes inversiones / cotización

Pasos esenciales para constituir una SL en Melilla

  1. Comprobar denominación social: solicitar y obtener certificación negativa de denominación en el Registro Mercantil Central.
  2. Apertura de cuenta y depósito del capital social: ingresar al menos 3.000 € en una entidad bancaria y obtener el certificado de desembolso.
  3. Redacción de estatutos y otorgamiento de la escritura pública ante notario.
  4. Obtención del NIF provisional y, después de la inscripción, del NIF definitivo ante la Agencia Tributaria.
  5. Inscripción en el Registro Mercantil provincial correspondiente (Registro Mercantil).
  6. Comunicación a la Seguridad Social y alta de trabajadores si procede; altas y obligaciones fiscales (IAE, modelo 036/037).

Para trámites concretos y modelos puede consultar el Registro Mercantil y el Boletín Oficial del Estado: BOE y Colegio de Registradores. En cuestiones locales, consulte también la web de la Ciudad Autónoma de Melilla: melilla.es.

Advertencia experta

Atención: hasta que la sociedad no esté inscrita en el Registro Mercantil no tendrá plena eficacia frente a terceros; los administradores que actúen previamente pueden quedar sujetos a responsabilidad personal por las obligaciones contraídas. Además, no puede obtenerse el NIF definitivo ni desplegar con garantías toda la actividad comercial hasta completar inscripción y registros fiscales.

Si necesita apoyo en la redacción de estatutos, en la negociación de pactos entre socios o en trámites notariales y registrales, podemos orientarle; vea también nuestro artículo práctico sobre inscripción en el Registro Mercantil.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de constitución?

Depende de la coordinación de pasos: desde la obtención de denominación hasta la inscripción suele tardar semanas, normalmente entre 1 y 4 semanas si la documentación está completa y no hay incidencias notariales o registrales.

¿Puedo empezar a facturar antes de la inscripción?

En general no es recomendable. Sin inscripción y sin NIF definitivo, las operaciones comerciales pueden generar riesgos fiscales y de responsabilidad. Consulte a su asesor para casos concretos.

¿Qué documentación necesita el notario?

Certificado de denominación, acreditación del desembolso del capital, estatutos sociales, datos de socios y administradores y justificantes de identidad. El notario preparará la escritura pública.

¿Dónde inscribo la sociedad en Melilla?

En el Registro Mercantil competente; utilice los servicios del Colegio de Registradores y, para dudas locales, la Ciudad Autónoma de Melilla.

¿Cuánto cuesta constituir una SL?

Costes habituales: capital social (mín. 3.000 €), gastos notariales y registrales, posible gestoría fiscal y tasas. Los honorarios de abogados varían según complejidad.

Fuente oficial: Boletín Oficial del Estado (BOE) y normativa mercantil vigente consultable en https://www.boe.es y en el Colegio de Registradores (https://www.registradores.org).


Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.

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