Impugnar despido: plazo 20 días y pasos clave

El plazo para impugnar un despido en España es de 20 días hábiles desde la notificación.

Si has recibido un despido, actúa rápido: consulta a un abogado especializado en nuestra sección de abogados y valora las pruebas. Esta guía práctica explica las opciones habituales, plazos y pasos a seguir para presentar una reclamación con garantías.

Comparativa rápida: vías y plazos

Tipo de reclamaciónPlazo aproximadoÓrgano competenteConsecuencia habitual
Impugnación de despido20 días hábiles desde la notificaciónJuzgados de lo SocialReadmisión o indemnización
Reclamación de cantidad (salarios)1 año (prescripción según supuestos)Juzgados de lo Social / vía administrativaPago de salarios o costas
Reclamaciones de consumidorDepende del caso (plazos civiles/administrativos)Organismos de consumo / Juzgados civilesDevolución, reparación, indemnización

Pasos recomendados (proceso resumido)

  1. Reúne documentación: contrato, nóminas, carta de despido, correos y testigos.
  2. Solicita asistencia legal especializada; si no tienes abogado, busca en asesor.legal/abogados.
  3. Valora la vía (impugnación ante lo Social o reclamación administrativa) con tu letrado.
  4. Presenta la papeleta de conciliación previa (cuando proceda) y, si no hay acuerdo, demanda en plazo ante el Juzgado.
  5. Actúa según la estrategia: demanda, prueba documental y, si procede, medidas cautelares.

Advertencia experta: si no impugnas el despido en los 20 días hábiles desde la notificación perderás, salvo excepciones, la posibilidad de reclamar esa vía concreta. Para otras reclamaciones los plazos difieren: consulta a tu abogado cuanto antes para no agotar términos procesales.

¿Qué pruebas son clave?

  • Comunicación escrita del despido o fin de contrato.
  • Conversaciones por email o mensajería que acrediten hechos relevantes.
  • Testigos con declaración por escrito o en juicio.
  • Documentos internos de la empresa (evaluaciones, partes, ingresos y horarios).

Enlaces oficiales y recursos

Consulta el Boletín Oficial del Estado para normativa y jurisprudencia: www.boe.es. Para trámites y orientación oficial en materia laboral, visita la sede electrónica de los Servicios Públicos competentes o el portal del Ministerio correspondiente.

Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Cuándo empieza a contar el plazo de 20 días?
El plazo comienza desde la notificación formal del despido o desde que se tuvo conocimiento de la decisión.
2. ¿Puedo pedir medidas cautelares para volver al puesto?
Sí, en casos concretos el juez puede adoptar medidas cautelares (por ejemplo, readmisión provisional) si hay riesgo de indefensión; tu abogado valorará su procedencia.
3. ¿Necesito abogado para presentar la demanda?
En la jurisdicción social es necesaria la asistencia técnica de abogado y de procurador en la mayoría de supuestos; consulta nuestro buscador de abogados.
4. ¿Qué ocurre si no llego al plazo?
Perder el plazo puede impedir la vía concreta de impugnación; existen excepciones muy limitadas (por ejemplo, force majeure), pero debes consultarlo urgentemente con un letrado.
5. ¿Cuánto puedo reclamar?
Depende del tipo de despido (nulo, improcedente, objetivo). La cuantía varía según salarios, indemnización y costas. Tu abogado hará el cálculo según tu expediente.

Para una guía detallada paso a paso sobre impugnaciones y cálculo de indemnizaciones, consulta nuestra guía práctica: Guía sobre despidos en asesor.legal.


Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.


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