Abogados especialistas en insolvencias empresariales en Barcelona

En Barcelona los procedimientos concursales se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona y se rigen por el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo), publicado en el BOE; contar con un abogado concursal con experiencia local facilita la presentación, la negociación con acreedores y la elaboración de planes de reestructuración conforme a la normativa estatal.

Servicio Qué incluye Órgano competente / referencia
Valoración previa y diagnóstico Revisión de balances, flujo de tesorería y pasivos para determinar cese de pagos. Informe del abogado; criterios conforme al RDL 1/2020 (Ley Concursal).
Negociación extrajudicial Acuerdos con acreedores, propuestas de refinanciación o quitas/esperas. Negociación dirigida por el letrado; posibilidad de pre-convenio antes del concurso.
Presentación del concurso Redacción y presentación de la demanda concursal y defensa procesal. Juzgados de lo Mercantil de Barcelona; RDL 1/2020.
Reestructuración y convenio Elaboración de planes de viabilidad y redacción de convenios con acreedores. Homologación judicial por el Juzgado de lo Mercantil competente.

¿Qué tribunales y organismos son competentes en Barcelona?

Los procedimientos concursales de sociedades con domicilio en Barcelona se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona; estos órganos son los competentes para la declaración de concurso, la aprobación de convenios y la supervisión de la administración concursal.

Además, en materia laboral y de seguridad social vinculada al concurso intervendrán los Juzgados de lo Social y la Tesorería General de la Seguridad Social cuando proceda; para cualquier consulta sobre colegiación y recomendaciones de profesionales puedes contactar con el Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB).

Funciones concretas del abogado concursal

Un abogado concursal en Barcelona prepara la documentación para la presentación del concurso, representa a la empresa en el Juzgado de lo Mercantil y coordina la relación con la administración concursal nombrada por el juez, conforme a lo previsto en el RDL 1/2020.

Asimismo negocia propuestas de convenio o acuerdos de refinanciación y asesora sobre las implicaciones laborales y fiscales de cada opción, incluyendo la coordinación con peritos y asesores contables para respaldar propuestas de viabilidad ante el órgano jurisdiccional.

Pasos prácticos para tramitar una insolvencia (ordenados)

  1. Diagnóstico financiero: revisión de balances y flujo de caja para determinar el grado de insolvencia y comprobar el cese de pagos.
  2. Medidas urgentes: negociación con acreedores clave y, si procede, solicitud de moratorias o refinanciación como medida preventiva.
  3. Decisión sobre concurso: si la insolvencia es irreversible, preparar la demanda concursal y la documentación exigida por el Juzgado de lo Mercantil conforme al RDL 1/2020.
  4. Presentación y tramitación: presentación de la solicitud de concurso y actuación procesal en sede judicial, con seguimiento de plazos procesales y tutela de intereses.
  5. Plan de reestructuración o convenio: negociación y elaboración del plan que será sometido a acreedores y al juez para su homologación cuando proceda.

Cada paso requiere documentación concreta (estados financieros, listados de acreedores, contratos principales), y el abogado concursal se encarga de verificar su adecuación para el Juzgado de lo Mercantil.

Servicios habituales en reestructuraciones

Los despachos especializados ofrecen elaboración de planes comerciales y financieros, negociación con los principales acreedores y asistencia en la redacción del convenio concursal que se presentará ante el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona.

También prestan servicios de coordinación con la administración concursal, representación en audiencias y asesoramiento sobre medidas laborales (ERTE/ERE) cuando su evolución afecta a la plantilla, siempre conforme a la normativa estatal y, en su caso, a la normativa autonómica aplicable.

Advertencia experta

Advertencia: la demora en la actuación frente al cese de pagos puede acarrear responsabilidad para los administradores. Es práctica recurrente en la doctrina y la asesoría mercantil considerar un plazo de referencia de dos meses desde el cese efectivo de pagos para valorar la diligencia exigible al órgano de administración.

Por ello, ante indicios de insolvencia es recomendable actuar con inmediatez y recabar un informe jurídico que documente las gestiones realizadas y las alternativas exploradas antes de una eventual solicitud de concurso en el Juzgado de lo Mercantil.

Fuente oficial y normativa relevante

La regulación básica de los concursos se encuentra en el Texto Refundido de la Ley Concursal: Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (publicado en el BOE). Para aspectos mercantiles conexos puede consultarse también el Código de Comercio y la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales y del Tribunal Supremo.

En Barcelona los profesionales suelen referirse a la doctrina del ICAB (Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona) para cuestiones prácticas de tramitación en esta sede y a las resoluciones emitidas por los Juzgados de lo Mercantil competentes.

Particularidades prácticas desde Barcelona

En la tramitación local conviene conocer que la ciudad dispone de Juzgados de lo Mercantil especializados para asuntos concursales; la presentación telemática de escritos y la designación de administración concursal se realizan conforme a las reglas del partido judicial de Barcelona.

Además, para encontrar profesionales locales puedes consultar nuestro directorio interno en /?directory_type=general, y recurrir al ICAB para orientación profesional y servicios de mediación o listas de abogados especializados.

Contenido relacionado

Si necesitas iniciar un procedimiento concursal, solicita con tu abogado la comprobación documental (balances, contratos y lista de acreedores) y la propuesta técnica que permita valorar la viabilidad de un convenio o la necesidad de la declaración de concurso conforme al RDL 1/2020.

Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado mercantil de Barcelona tramita mi concurso si la empresa tiene domicilio social en el distrito de l’Eixample?

Los concursos se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona; la competencia concreta se determina por el domicilio social registrado de la empresa y será uno de los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona.

¿Puedo negociar con proveedores en Barcelona antes de presentar el concurso para intentar un acuerdo extrajudicial?

Sí: la negociación extrajudicial es una opción habitual para intentar acuerdos de refinanciación o quitas antes de acudir al concurso; documenta todas las propuestas y comunicaciones para que el juez y la administración concursal puedan evaluar la conducta empresarial.

¿El ICAB ofrece orientación o listados de abogados especializados en derecho concursal en Barcelona?

El Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB) dispone de servicios de información y puede facilitar referencias a letrados colegiados con especialización en derecho concursal.

Si mi empresa tiene trabajadores, qué juzgado es competente para las reclamaciones laborales surgidas durante el concurso en Barcelona?

Las reclamaciones laborales derivadas del concurso se tramitan ante los Juzgados de lo Social competentes por el lugar de prestación de servicios; la administración concursal y el abogado concursal coordinarán la gestión de estas contingencias.

¿Dónde puedo consultar el texto legal que regula el concurso de acreedores aplicable en Barcelona?

La norma básica es el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo), publicado en el BOE; cualquier abogado concursal en Barcelona lo utilizará como referencia principal.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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