El Impuesto sobre Sociedades tiene un plazo ordinario de presentación que finaliza el 25 de julio para los ejercicios que coinciden con el año natural; por ello, la planificación fiscal internacional para empresas con asiento en Sevilla debe anticiparse con meses de antelación. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) y el Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004) son normas básicas que aplican a las operaciones transfronterizas.
| Servicio | Cuándo se necesita | Órgano competente | Plazo relevante |
|---|---|---|---|
| Planificación de grupo y estructura societaria | Antes de constituir filiales o fusionar sociedades | Asesoramiento fiscal y mercantil; Juzgados de lo Mercantil si hay conflicto | Plazo para Impuesto sobre Sociedades: hasta 25 de julio |
| Precios de transferencia | En la elaboración de operaciones intragrupo y en la autoliquidación anual | Administración tributaria (AEAT) y, en vía contenciosa, Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla | Documentación justificativa debe conservarse según art. 29 LGT |
| Recursos contra liquidaciones | Tras recibir una liquidación o multa tributaria | Tribunal Económico-Administrativo (recurso económico-administrativo) y Juzgado de lo Contencioso-Administrativo | Recurso de reposición: 1 mes (Ley 39/2015); contencioso: 2 meses (Ley 29/1998) |
Servicios que prestan los abogados de fiscalidad internacional en Sevilla
Los abogados especializados en fiscalidad internacional en Sevilla asesoran en la estructuración de inversiones transfronterizas y en el cumplimiento de obligaciones formales, como la presentación del Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004) y las declaraciones de IVA (Ley 37/1992). Ofrecen, además, diseño y revisión de documentación de precios de transferencia conforme a la normativa y guías de la OCDE cuando proceda.
Estos profesionales gestionan recursos administrativos y contencioso-administrativos contra actos tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o contra actos de la Comunidad Autónoma, y asesoran en la aplicación de convenios de doble imposición a que sea de aplicación la operación, facilitando la reducción o eliminación de la doble tributación internacional.
Cómo tramitar un recurso tributario desde Sevilla (pasos esenciales)
- Recepción del acto: anotar la fecha de notificación y la oficina emisora (AEAT o administración autonómica).
- Recurso administrativo previo: en la mayoría de los casos interponer recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en plazo (recurso de reposición, 1 mes desde la notificación según la Ley 39/2015; reclamación económico-administrativa ante el TEAR/Tribunal Económico-Administrativo correspondiente si procede).
- Vía jurisdiccional: si se agota la vía administrativa o procede impugnar directamente, preparar demanda para el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente (plazo normalmente 2 meses desde la notificación del acto conforme a la Ley 29/1998).
Cada fase exige documentación probatoria precisa (informes económicos, certificados, acuerdos societarios). En Sevilla es habitual presentar escritos ante la Delegación de la AEAT correspondiente o mediante la sede electrónica usando certificado digital o sistema Cl@ve para cumplir plazos administrativos telemáticos.
Órganos competentes y particularidades procesales en Sevilla
Partido Judicial de referencia: Partido Judicial de Sevilla. Para los recursos contencioso-administrativos contra actos tributarios dictados por la Administración, los órganos jurisdiccionales competentes son los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla y, en segunda instancia, la Audiencia Provincial de Sevilla en aquellas materias que correspondan.
En la vía económico-administrativa, las reclamaciones se elevan inicialmente ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía (TEAR Andalucía) o ante los Tribunales Económico-Administrativos municipales/provinciales según proceda; el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) conoce determinados recursos en última instancia administrativa. Para trámites con la AEAT en Sevilla conviene conocer la delegación provincial y sus registros electrónicos.
Cómo elegir abogado fiscalista internacional en Sevilla
Al seleccionar un abogado en Sevilla conviene comprobar su colegiación en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) y su experiencia concreta en fiscalidad internacional y derecho tributario español (Ley 58/2003 y normativa del Impuesto sobre Sociedades). La especialización en precios de transferencia, fiscalidad intragrupo y convenios de doble imposición resulta decisiva para operaciones internacionales.
Solicite referencias concretas sobre expedientes similares y confirme la disponibilidad para presentar recursos en los plazos legales: por ejemplo, la presentación del Impuesto sobre Sociedades antes del 25 de julio o la interposición de un recurso de reposición en 1 mes (Ley 39/2015) son plazos que exigen respuesta rápida por parte del abogado.
Advertencia experta
Si no se respetan los plazos administrativos y procesales (por ejemplo, la interposición del recurso de reposición en 1 mes o la demanda contenciosa en 2 meses desde la notificación según Ley 29/1998), existe riesgo real de perder la posibilidad de impugnar la liquidación tributaria. Actuar con rapidez y con la documentación adecuada es esencial.
Además, muchas actuaciones frente a la AEAT requieren presencia de representante con firma electrónica: tramitar fuera de plazo por error en la firma digital puede ser determinante en el resultado del expediente.
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Fuentes oficiales: Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; Real Decreto Legislativo 4/2004, Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades; Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido; Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común y Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se presenta la reclamación económico-administrativa contra una liquidación de la AEAT desde Sevilla?
La reclamación económico-administrativa puede presentarse ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía (TEAR Andalucía) o ante el órgano económico-administrativo provincial correspondiente; si prefiere, el letrado puede presentar la reclamación por vía electrónica en nombre de la empresa a través de la sede electrónica del TEAR.
¿Qué juzgado de Sevilla es competente para un contencioso-administrativo contra una sanción tributaria?
Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla conocen de los recursos contencioso-administrativos contra actos tributarios; en segunda instancia puede intervenir la Audiencia Provincial de Sevilla según la materia y cuantía.
¿Cómo se consigue un certificado de residencia fiscal para una sociedad con domicilio fiscal en Sevilla?
El certificado de residencia fiscal lo expide la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Desde Sevilla puede solicitarse telemáticamente mediante certificado digital del representante o en la delegación provincial de la AEAT aportando la documentación societaria requerida.
¿Es necesario aportar informe de precios de transferencia para filiales en el extranjero si la matriz está en Sevilla?
Si las operaciones intragrupo superan los umbrales legales o son objeto de comprobación, la normativa exige disponer de documentación de precios de transferencia. El asesor fiscal en Sevilla prepara el dossier conforme a la normativa y a las guías de la OCDE cuando proceda.
¿Qué papel tiene el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) en la elección de un abogado fiscalista?
El ICAS certifica la colegiación y puede orientar sobre especialidades y formación continuada; comprobar la colegiación en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) es un paso recomendado antes de contratar.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.
