Eliminar deudas con Hacienda en Las Palmas de Gran Canaria: guía práctica

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) y el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) son las normas que permiten en España reestructurar y, en determinados supuestos, conseguir la exoneración de las deudas con acreedores, incluida la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). En Las Palmas de Gran Canaria, el proceso suele coordinarse con la Delegación de la Agencia Tributaria en Las Palmas y tramitarse ante los órganos judiciales mercantiles competentes de la provincia.

Qué ofrece la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley 25/2015 permite a las personas físicas —particulares y autónomos— solicitar vías extrajudiciales y judiciales para reestructurar sus deudas y, cuando se cumplen los requisitos legales, solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (beneficio de la exoneración). El mecanismo contempla un acuerdo extrajudicial de pagos y, en su caso, la apertura de un concurso de acreedores adaptado a personas físicas recogido en el régimen concursal.

El texto legal exige, entre otros extremos, actuación de buena fe del deudor y la demostración de que se han realizado intentos de acuerdo con los acreedores. La normativa estatal aplicable es la Ley 25/2015 y el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020), publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Requisitos específicos para acogerse en Las Palmas de Gran Canaria

Para poder solicitar las medidas que ofrece la Ley en Las Palmas se mantiene la condición general de ser persona física (particular o autónomo) y no haber incurrido en determinadas prohibiciones legales: entre ellas, no haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos diez años y no haber obtenido ya la exoneración en un plazo legalmente establecido (plazo de reutilización). Estos requisitos figuran expresamente en la Ley 25/2015.

Además de los criterios legales estatales, en la práctica en Las Palmas habrá que aportar documentación local concreta: listado de acreedores (incluyendo la AEAT y la Agencia Tributaria Canaria si procede), certificado de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Las Palmas sobre deudas tributarias si existe requerimiento administrativo, y acreditación de intentos previos de negociación con acreedores.

Órganos competentes en Las Palmas y partido judicial

El partido judicial aplicable es el Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria. La competencia judicial para los procedimientos concursales y para la fase en la que se solicita la exoneración del pasivo insatisfecho corresponde a los Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Las Palmas (Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria). Para cuestiones fiscales administrativas previas, la Delegación de la AEAT en Las Palmas es el órgano estatal con el que se tramitan los procedimientos y notificaciones tributarias.

En la práctica procesal, el acuerdo extrajudicial de pagos requiere la intervención de un mediador concursal y la posterior tramitación judicial ante el Juzgado de lo Mercantil competente si no se alcanza acuerdo; la fase de concurso y la solicitud de exoneración se ventilan igualmente ante esos Juzgados de lo Mercantil según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020).

Pasos prácticos para solicitar la exoneración de deudas con Hacienda en Las Palmas

  1. Revisión y documentación: Reunir relaciones de deudas, certificados tributarios obtenidos en la Delegación de la AEAT en Las Palmas y justificantes de ingresos y bienes.
  2. Intento extrajudicial: Promover un acuerdo extrajudicial de pagos mediante mediador concursal según la Ley 25/2015; documentar las gestiones de negociación con la AEAT y otros acreedores.
  3. Presentación judicial: Si no existe acuerdo, solicitar la apertura del procedimiento concursal o la tramitación correspondiente ante el Juzgado de lo Mercantil competente de Las Palmas de Gran Canaria.
  4. Solicitud de exoneración: Una vez cumplidos los requisitos y agotadas las fases previstas, solicitar formalmente el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho ante el Juzgado que tramite el concurso.

Estos pasos son secuenciales: la Ley establece la necesidad de acreditar intentos de negociación y buena fe antes de obtener la exoneración judicial. La duración del procedimiento depende de la complejidad, la existencia de bienes y la respuesta de los acreedores.

Tabla comparativa: vías para abordar deudas con Hacienda

Vía Qué solicita Órgano competente Requisito clave
Acuerdo extrajudicial de pagos Reestructuración negociada de deudas Mediador concursal y supervisión judicial si procede Intentos documentados de negociación con la AEAT y demás acreedores
Concurso de acreedores (persona física) Ordenación de la masa pasiva y posibilidad de exoneración Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas Presentación formal ante el Juzgado y cumplimiento de los requisitos del RDL 1/2020
Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho Exoneración total o parcial de deudas Juzgados de lo Mercantil Buena fe, inexistencia de prohibiciones legales y cumplimiento de las fases previas

Advertencia experta

Si no se acredita el intento de negociación extrajudicial o existe condena por delitos económicos en los últimos diez años, el juez puede denegar el beneficio de la exoneración. La falta de acreditación de la buena fe o la ocultación de bienes puede dar lugar al rechazo de la solicitud, por lo que la documentación y la transparencia ante la Delegación de la AEAT en Las Palmas y el Juzgado de lo Mercantil son cruciales.

Además, la presentación frente a la AEAT no paraliza automáticamente las medidas ejecutivas: la existencia de procedimientos de apremio tributario puede exigir acciones coordinadas con el mediador y el letrado encargado del expediente para evitar embargos.

Dónde solicitar ayuda en Las Palmas y enlaces relacionados

En Las Palmas de Gran Canaria puede solicitar información y orientación en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (denominación institucional utilizada en la provincia) y dirigiéndose a abogados especializados en insolvencias y financiación. Para trámites tributarios hay que relacionarse con la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Las Palmas.

Para ampliar información y casos prácticos sobre mediación y defensa de consumidores en la provincia, puede consultar estos artículos de Asesor.Legal: «Profundizamos en defensa de los derechos de usuarios de telecomunicaciones en Las Palmas de Gran Canaria» (https://asesor.legal/defensa-de-los-derechos-de-usuarios-de-telecomunicaciones-en-las-palmas-de-gran-canaria/) y «Abogados expertos en mediación para deudas en Las Palmas de Gran Canaria» (https://asesor.legal/abogados-expertos-en-mediacion-para-deudas-en-las-palmas-de-gran-canaria/).

Preguntas frecuentes

¿Qué Juzgado de lo Mercantil debo consultar en Las Palmas de Gran Canaria para iniciar un concurso?

Las cuestiones concursales para personas físicas se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Las Palmas (Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria). Consulte con su letrado cuál es el órgano concreto competente en función de su domicilio procesal.

¿La Agencia Tributaria en Las Palmas puede embargar antes de que solicite la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí. La AEAT puede iniciar actuaciones de apremio y embargos conforme a la normativa tributaria; por ello es fundamental documentar las gestiones de negociación con la AEAT y coordinar la acción con el mediador y el abogado antes de que las medidas ejecutivas agraven la situación.

¿Dónde se acreditan las deudas tributarias en Las Palmas para el expediente de segunda oportunidad?

La acreditación de deudas tributarias se obtiene mediante certificados y liquidaciones emitidos por la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Las Palmas; su abogado solicitará y aportará esos documentos al expediente.

¿Cómo se nombra un mediador concursal en Las Palmas?

El mediador concursal debe ser designado conforme a lo previsto en la Ley 25/2015 y la normativa concursal; su abogado puede proponer mediadores con experiencia en la provincia y participar en su nombramiento para tramitar el acuerdo extrajudicial de pagos.

¿Qué papel tiene el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas en estos procesos?

El Colegio de la Abogacía de Las Palmas es un punto de referencia para localizar abogados colegiados especializados en materia concursal e insolvencias y para solicitar listados de profesionales homologados en la provincia.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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