Abogados para conflictos entre socios en Las Palmas de Gran Canaria

En Las Palmas de Gran Canaria los conflictos entre socios se resuelven aplicando principalmente la normativa mercantil y civil: el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el Código de Comercio (R.D. de 22 de agosto de 1885) y, en materia procesal, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Para soluciones extrajudiciales son de aplicación la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje.

Mecanismo Órgano habitual Referencia legal clave Uso típico
Mediación Mediadores privados o servicios de mediación del Colegio de la Abogacía Ley 5/2012, de mediación Ideal para preservar la relación societaria y acordar cambios estatutarios
Arbitraje Tribunales arbitrales designados por convenio Ley 60/2003, de arbitraje Procedimiento vinculante cuando existe cláusula arbitral
Litigio Juzgados de lo Mercantil o Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial LEC 1/2000 y LSC RDL 1/2010 Cuando fracasan vías extrajudiciales o hay necesidad de medidas cautelares

Órganos competentes en Las Palmas de Gran Canaria

En el Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria las controversias societarias pueden tramitarse ante los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria cuando se trate de materias propias del Derecho mercantil (por ejemplo, determinadas impugnaciones societarias, concursos y disputas sobre actos societarios de carácter mercantil). Alternativamente, asuntos civiles derivados de la relación entre socios pueden corresponder a los Juzgados de Primera Instancia del mismo partido judicial.

Para los recursos contra resoluciones dictadas por los juzgados de instancia corresponde la Audiencia Provincial de Las Palmas. En lo disciplinario y deontológico los colegiados se rigen por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que facilita listados de mediadores y servicios de orientación profesional.

Procedimiento habitual: pasos a seguir

El recorrido práctico recomendado para afrontar un conflicto societario en Las Palmas suele comenzar por recabar la documentación societaria (estatutos, pactos de socios, actas y anotaciones en el Registro Mercantil) y solicitar una consulta con un abogado con experiencia en derecho societario, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2010 (Ley de Sociedades de Capital).

De forma ordenada, los pasos suelen ser:

  1. Revisión documental y análisis de la viabilidad de las acciones (acción de impugnación de acuerdos, acción social de responsabilidad, acción individual, etc.).
  2. Intento de resolución extrajudicial: notificación formal al otro socio y propuesta de mediación conforme a la Ley 5/2012.
  3. Si existe cláusula arbitral, someter la controversia a arbitraje conforme a la Ley 60/2003.
  4. Si procede, interponer demanda ante el órgano judicial competente (Juzgado de lo Mercantil o Juzgado de Primera Instancia) y solicitar, si procede, medidas cautelares en la misma demanda según la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Qué servicios prestan los abogados en Las Palmas

Los abogados especializados en conflictos societarios en Las Palmas ofrecen asesoramiento en la redacción y modificación de estatutos y pactos de socios (aplicando la Ley de Sociedades de Capital), representación en negociaciones y mediación según la Ley 5/2012, así como la interposición de demandas y defensa en juicio ante los Juzgados de lo Mercantil o de Primera Instancia y en su caso ante la Audiencia Provincial para los recursos.

También asesoran sobre medidas urgentes: la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla medidas cautelares que pueden solicitarse al inicio del proceso para proteger la empresa o evitar la disposición de activos en perjuicio de la sociedad o de los socios.

Advertencia práctica: plazos y consecuencias

Algunas acciones derivadas de incumplimientos o de la exigencia de obligaciones personales pueden prescribir conforme al Código Civil; la reforma vigente establece un plazo general de prescripción de cinco años para las acciones personales (artículo 1964 del Código Civil). Por tanto, evaluar la antigüedad de las conductas y la fecha desde la que corre la prescripción es esencial al preparar una demanda.

Además, la impugnación de acuerdos societarios y otras acciones tienen reglas específicas en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (R.D. Legislativo 1/2010), por lo que demorar actuaciones puede suponer la pérdida de derechos procesales y la imposibilidad de obtener medidas cautelares. En caso de duda, consulte la normativa citada para identificar plazos concretos aplicables a su caso.

Contenido relacionado

Fuentes legales citadas (texto y referencia): Real Decreto Legislativo 1/2010 (Ley de Sociedades de Capital), Código de Comercio (R.D. de 22 de agosto de 1885), Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, Ley 5/2012, de Mediación, y Ley 60/2003, de Arbitraje.

Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado en Las Palmas de Gran Canaria es competente para impugnar acuerdos societarios?

Depende del objeto de la impugnación: si la controversia es propiamente mercantil es habitual acudir a los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria; si tiene carácter civil puede corresponder a un Juzgado de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria. La Audiencia Provincial de Las Palmas conoce de los recursos.

¿Puedo proponer mediación en Las Palmas antes de presentar demanda entre socios?

Sí. La Ley 5/2012 permite plantear mediación en asuntos civiles y mercantiles; muchos despachos y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP) facilitan mediadores y servicios de derivación.

Si existe una cláusula arbitral en el pacto de socios, qué órgano aplica en Las Palmas?

Si las partes pactaron arbitraje, la controversia se resolverá en el tribunal arbitral designado conforme a la Ley 60/2003; la jurisdicción ordinaria queda desplazada en virtud del acuerdo arbitral.

¿Qué riesgo corre un socio que demora acciones judiciales en Las Palmas?

Un riesgo relevante es la pérdida de derechos por prescripción. El plazo general de prescripción de acciones personales es de cinco años según el Código Civil (artículo 1964), por lo que conviene analizar con rapidez la fecha de inicio del cómputo.

¿Dónde puedo encontrar listados de abogados especializados en Las Palmas?

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP) mantiene servicios profesionales y directorios que permiten localizar letrados con experiencia en derecho societario y mediación en la provincia.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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