Revelación de secretos en Las Palmas de Gran Canaria: Guía práctica para víctimas y defensa

El delito de descubrimiento y revelación de secretos está regulado en el artículo 197 del Código Penal (Real Decreto Legislativo 5/1995, de 23 de noviembre): puede conllevar penas de prisión de 1 a 4 años y multa en su forma básica. En Las Palmas de Gran Canaria los procedimientos penales se inician en los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria y, según la cuantía y la pena prevista, pueden celebrarse juicios en los Juzgados de lo Penal o ser conocidos por la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Delito y normativa aplicable

El tipo penal central para la mayoría de los supuestos de divulgación de secretos es el artículo 197 del Código Penal. Además, la protección de datos personales se articula a nivel europeo por el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y en España por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

En la práctica procesal esto significa que una misma acción puede dar lugar a responsabilidades penales (por vulneración del art. 197 CP) y a un procedimiento administrativo ante la Agencia Española de Protección de Datos o a una reclamación civil por daños. Para las sanciones administrativas y la tutela de derechos derivados del RGPD se utiliza el cauce administrativo; para la responsabilidad civil, el artículo 1902 del Código Civil es la referencia para reclamar indemnizaciones por hechos ilícitos.

Conducta Norma principal Órgano competente (Las Palmas) Pena orientativa
Divulgación de secretos empresariales Art. 197 CP Juzgado de Instrucción / Juzgado de lo Penal / Audiencia Provincial de Las Palmas Prisión 1 a 4 años y multa (según art. 197)
Acceso ilícito a datos personales Art. 197 CP y normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) Juzgado de Instrucción; reclamación ante AEPD para vía administrativa Penas privativas y multas administrativas según la gravedad
Violación de la intimidad de las comunicaciones Art. 197 CP Juzgados de Instrucción / Juzgados de lo Penal Sanción penal y posible indemnización civil

Órganos competentes en Las Palmas de Gran Canaria

El Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria concentra los órganos penales iniciales: los Juzgados de Instrucción conocen de las diligencias previas y de la instrucción (fase de investigación). Los juicios por delitos cuya pena máxima no exceda de cinco años se celebran en los Juzgados de lo Penal; los recursos contra resoluciones penales se presentan ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Para la asistencia letrada hay que dirigirse al Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALP), que es el colegio profesional provincial competente para verificar la colegiación de los abogados. En Las Palmas no existe un único “juzgado especializado” en revelación de secretos: la competencia se reparte entre Juzgados de Instrucción y Juzgados de lo Penal según la fase y la gravedad del hecho.

Actuaciones recomendadas si eres víctima

Actuar con rapidez es determinante. Lo primero es preservar y documentar las pruebas: copias de correos electrónicos, capturas de pantallas con fecha y hora, backups y cualquier comunicación que permita demostrar la divulgación. Estas evidencias son la base tanto de la denuncia penal como de una posterior reclamación civil.

  1. Preservar pruebas: descarga y guarda material con metadatos cuando sea posible; identifique testigos y conserve comunicaciones originales.
  2. Solicitar medidas cautelares urgentes: puede solicitarse al Juzgado de Guardia o al Juzgado competente la retirada de contenidos o el bloqueo de cuentas para evitar la continuidad del daño.
  3. Presentar denuncia o querella: ante la Policía, Guardia Civil o directamente en el Juzgado de Instrucción del partido judicial correspondiente.
  4. Iniciar reclamación civil y/o administrativa: reclamar indemnización por daños y presentar denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos si procede.

Atención al plazo de prescripción: según el artículo 131 del Código Penal, los plazos de prescripción dependen de la pena prevista; en términos generales, los delitos con penas privativas de libertad de hasta cinco años prescriben a los cinco años, por lo que la iniciativa procesal no debe demorarse. Si existe duda sobre la prescripción debe consultarse con un abogado cuanto antes.

Cómo elegir un abogado penalista en Las Palmas de Gran Canaria

Comprueba que el letrado esté colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALP) y solicita su número de colegiado; esta verificación es un requisito objetivo y comprobable. Pide referencias concretas sobre defensa en procesos relacionados con el artículo 197 del Código Penal o con delitos contra la intimidad y la protección de datos.

Pregunta por las actuaciones concretas que propondrá: solicitud de medidas cautelares, estrategia probatoria para la fase de instrucción, y la vía de reclamación civil simultánea. Solicita que te expliquen qué órganos concretos (Juzgado de Instrucción, Juzgado de lo Penal, Audiencia Provincial) intervendrán en cada fase del procedimiento para tener claridad sobre los plazos procesales.

Consecuencias penales y civiles: penas y recursos

El tipo básico del delito en el artículo 197 CP contempla penas de prisión de 1 a 4 años y multa. Además de la pena penal, la víctima puede reclamar responsabilidad civil por daños y perjuicios conforme al artículo 1902 del Código Civil. Las resoluciones penales son recurribles ante la Audiencia Provincial de Las Palmas y, en su caso, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo cuando proceda.

Además de las vías penales y civiles, la vulneración de datos puede dar lugar a sanciones administrativas impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos bajo el régimen del RGPD y la LOPDGDD. Estas vías pueden tramitarse de forma paralela pero requieren estrategias distintas y plazos propios.

Contenido relacionado

Fuentes oficiales consultadas: Código Penal (Real Decreto Legislativo 5/1995), Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos.

Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado de Las Palmas debo elegir para presentar una querella por revelación de secretos?

La querella se presenta ante el Juzgado de Instrucción del partido judicial donde se haya cometido el hecho o donde residan los perjudicados; en Las Palmas corresponde a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

¿Puedo solicitar desde Las Palmas la retirada urgente de contenido difundido en redes sociales?

Sí: se puede pedir al Juzgado de Guardia medidas cautelares urgentes para la retirada o bloqueo de contenidos; esa petición busca evitar la continuidad del daño mientras dura la instrucción.

¿Cómo se tramita en Las Palmas una reclamación administrativa por vulneración de datos personales derivada de una filtración?

La reclamación administrativa por vulneración del RGPD se dirige a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD); desde Las Palmas puede presentarse telemáticamente en la sede electrónica de la AEPD aportando pruebas de la filtración.

Si soy empleado y mi empresa ha divulgado secretos empresariales en Las Palmas, ¿puedo iniciar acciones penales y laborales?

Sí: puede concurrir la vía penal (por revelación de secretos) y la vía laboral (posibles sanciones disciplinarias o extinción por causas imputables). Ambas vías pueden ser paralelas y requieren coordinar actuaciones con un abogado penalista y, en su caso, con un abogado laboralista.

¿Dónde puedo verificar la colegiación de un abogado penalista en Las Palmas?

La verificación debe realizarse en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALP), que puede confirmar el número de colegiado y la situación administrativa del letrado.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

Amara - Asistente Virtual

Resuelve tus dudas legales

Gratis, inmediato y sin registrarte

En Asesor.Legal tienes a tu disposición a nuestro asistente Amara que te ayudará a resolver cualquier duda legal que tengas.

Y si lo necesitas, te pondremos en contacto con un abogado especializado para tu caso.

Escribe tu mensaje

Nuestro asistente no sustituye el asesoramiento de un abogado.

Otros artículos relacionados

Examen de acceso a la abogacía: fechas y pasos en 2026

El examen de acceso a la abogacía en 2026 es un paso fundamental para aquellos que desean ejercer la profesión legal en España. Este artículo proporciona una guía detallada sobre las fechas, el proceso de inscripción y los pasos necesarios para prepararte adecuadamente. La información aquí presentada te ayudará a

Leer más >

Abogados Derecho Deportivo en Málaga

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte establece el marco legal que regula la actividad deportiva en España. En Málaga, los abogados especializados en Derecho Deportivo combinan experiencia en contratos, dopaje y representación disciplinaria. Consulte nuestro directorio local: Abogados en Málaga. ¿Qué hace un abogado de Derecho Deportivo?

Leer más >

Comparte este artículo en tus redes sociales:

Asesor.Legal

Teléfono: 668 51 00 87

Email: info@asesor.legal