Abogados especialistas en infracciones de tráfico en Granada

En Granada, las sanciones por infracciones de tráfico se gestionan por la vía administrativa y, cuando procede, por la jurisdicción contencioso‑administrativa; el recurso contencioso debe interponerse en el plazo de dos meses desde la notificación, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso‑administrativa.

Cómo se tramitan las multas de tráfico en Granada

Las multas impuestas por la Policía Local de Granada o por la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada se notifican al titular del vehículo o al interesado y, en primer término, pueden ser objeto de recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución. El recurso de reposición dispone, con carácter general, de un plazo de un mes para interponerlo, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si el recurso de reposición no prospera o se opta por acudir directamente a los tribunales, la vía adecuada es el recurso contencioso‑administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso‑Administrativo de la provincia de Granada. Los actos administrativos firmes pueden entrar en fase de ejecución administrativa si no se impugnan en plazo.

Órganos competentes en Granada

En materia sancionadora de tráfico, los órganos administrativos competentes locales suelen ser el Ayuntamiento de Granada (a través de la Policía Local y sus servicios municipales) y la Jefatura Provincial de Tráfico. Para el enjuiciamiento judicial de los recursos contencioso‑administrativos corresponde la competencia a los Juzgados de lo Contencioso‑Administrativo de Granada.

Cuando la conducta trasciende a la esfera penal (por ejemplo, delitos contra la seguridad vial regulados en el Código Penal), la competencia corresponderá a los Juzgados de lo Penal de Granada. Para actuaciones administrativas de instrucción, los registros municipales y la sede electrónica de la DGT habitualmente reciben escritos y recursos.

Servicios habituales de los abogados especializados en Granada

Los abogados especializados en materia de tráfico en Granada ofrecen, entre otros, la revisión formal y material de la multa, la preparación y presentación de recursos administrativos (reposición o alegaciones) y la interposición de recursos contencioso‑administrativos ante los Juzgados de lo Contencioso‑Administrativo de Granada.

Además, estos profesionales asisten en la recopilación y valoración de pruebas (fotografías, atestados, testigos), en el trámite de solicitud de informes técnicos y en la coordinación con peritos si fuera necesario. En Granada el Colegio profesional correspondiente es el Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR).

Procedimiento paso a paso para recurrir una multa en Granada

  1. Recopilar la notificación y la prueba disponible: fecha de la sanción, boletín de denuncia, fotografías y testigos.
  2. Verificar plazos legales: presentar recurso de reposición en el plazo de un mes (art. 123 Ley 39/2015) o preparar el recurso contencioso para interponerlo en el plazo de dos meses desde la notificación (art. 46 Ley 29/1998).
  3. Presentar el escrito en el Registro del Ayuntamiento, en la sede electrónica de la DGT o en el registro del órgano que impuso la multa; conservar justificante de presentación.
  4. Si procede, preparar la demanda contencioso‑administrativa y presentarla en el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo de Granada dentro del plazo legal, con aportación documental y proposición de pruebas.
  5. Asistencia a las notificaciones y, si hay vista, comparecencia con representación técnica y probatoria adecuada.

Tabla comparativa de recursos

Recurso Plazo Órgano ante el que se presenta Base legal (referencia)
Recurso de reposición 1 mes desde la notificación Órgano que dictó la sanción (p. ej. Ayuntamiento de Granada, Jefatura Provincial de Tráfico) Ley 39/2015, art. 123
Recurso contencioso‑administrativo 2 meses desde la notificación del acto si se opta por esta vía directa Juzgados de lo Contencioso‑Administrativo de Granada Ley 29/1998, art. 46

Consecuencias de no recurrir en plazo

Si no se interpone recurso en los plazos legalmente establecidos la sanción deviene firme y puede iniciarse el procedimiento de apremio para su cobro por la vía ejecutiva administrativa. La firmeza de la resolución limita las vías de impugnación ordinarias y puede conllevar la apertura de ejecución forzosa.

Por ello, presentar el recurso dentro de los plazos (1 mes para reposición o 2 meses para contencioso) es determinante para conservar las opciones de impugnación y suspender posibles actuaciones de cobro.

Fuentes oficiales

Texto consolidado de la normativa básica aplicable: Real Decreto Legislativo 6/2015, Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso‑administrativa. Documentos disponibles en el BOE.

Enlace a la normativa (BOE) y consulta de textos oficiales en la sede electrónica del BOE: https://www.boe.es/.

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Preguntas frecuentes

¿Ante qué órgano debo presentar las alegaciones si la multa la puso la Policía Local de Granada?

Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Granada las alegaciones pueden presentarse ante la Secretaría o Registro del Ayuntamiento de Granada o por vía electrónica en su sede; alternativamente puede interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano municipal en el plazo de un mes (art. 123 Ley 39/2015).

¿Dónde se interpone el recurso contencioso‑administrativo en Granada y qué plazo hay?

El recurso contencioso‑administrativo se presenta ante los Juzgados de lo Contencioso‑Administrativo de la provincia de Granada y debe interponerse en el plazo de dos meses desde la notificación del acto administrativo, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998.

¿Qué competen cia tiene la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada en las sanciones por velocidad detectadas por radar?

La Jefatura Provincial de Tráfico de Granada es competente para la gestión y notificación de sanciones por infracciones detectadas por dispositivos de la DGT en la provincia; gestiona expedientes, notifica propuestas de sanción y tramita recursos administrativos previos según proceda.

¿Los abogados de Granada pueden solicitar la suspensión de la ejecución del pago de la multa mientras se resuelve el recurso?

Sí, en vía contencioso‑administrativa es posible instar la suspensión de la ejecución del acto impugnado al presentar la demanda, con solicitud motivada y, en su caso, la aportación de garantías; la concesión depende del juez competente y de los requisitos legales aplicables.

¿Qué papel tiene el Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR) en asuntos de tráfico?

El Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR) es el colegio profesional de los letrados de la provincia; facilita información profesional y canaliza el acceso al ejercicio de la abogacía en la provincia, si bien la defensa en sanciones de tráfico la prestan despachos o abogados colegiados en el ICAGR.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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