La due diligence en operaciones empresariales en España se realiza con arreglo a normas como el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010) y debe atender obligaciones fiscales y de protección de datos como la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) y el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) junto con la Ley Orgánica 3/2018. En Madrid, la comprobación registral y documental suele apoyarse en el Registro Mercantil de Madrid y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) para verificar titularidades, cargos y cuentas depositadas.
Servicios habituales de due diligence en Madrid
Los despachos que prestan due diligence en Madrid cubren, como mínimo, due diligence legal, fiscal, laboral y de propiedad intelectual. Cada área se apoya en fuentes distintas: por ejemplo, la due diligence mercantil se basa en escrituras, estatutos y acuerdos inscritos en el Registro Mercantil de Madrid; la fiscal, en declaraciones y certificados expedidos por la Agencia Tributaria; y la laboral, en contratos y expedientes de personal conservados por la empresa.
Si necesita referencias a servicios locales, puede consultar listados de firmas en abogados en Madrid. Los equipos multidisciplinares combinan la revisión documental con entrevistas y comprobaciones externas (Registro Mercantil, Agencia Tributaria, Seguridad Social, BORME).
| Tipo de due diligence | Qué examina | Fuente documental típica | Órgano/registro clave en Madrid |
|---|---|---|---|
| Legal / Mercantil | Estatutos, acuerdos societarios, obligaciones contractuales | Escrituras sociales, actas, contratos | Registro Mercantil de Madrid / BORME |
| Fiscal | Declaraciones, deudas, inspecciones y contingencias tributarias | Modelos presentados, liquidaciones, certificaciones fiscales | Agencia Estatal de Administración Tributaria (sede delegada en Madrid) |
| Laboral | Contratos de trabajo, convenios, pleitos laborales pendientes | Contratos, nóminas, actas de conciliación | Juzgados de lo Social de Madrid |
| Protección de datos / Compliance | Tratamientos de datos personales, políticas de cumplimiento, prevención de blanqueo | Políticas internas, registros de tratamiento, auditorías | AEPD (procedimientos) y normativa RGPD / LOPDGDD |
Cómo te ayudan abogados especializados en due diligence
Un abogado especializado coordina la obtención de documentación clave (escrituras, cuentas depositadas, contratos principales), analiza riesgos legales concretos y prepara informes que permitan a la dirección o al inversor tomar decisiones con información suficiente. En Madrid es habitual que estos profesionales soliciten certificaciones en el Registro Mercantil de Madrid y búsquedas en el BORME para confirmar cargos y acuerdos inscritos.
Además de identificar riesgos, el abogado propone medidas de mitigación (cláusulas de representación y garantía, mecanismos de indemnización en el contrato de compraventa, o estructuras que limiten la sucesión de pasivos) y redacta la lista de asuntos pendientes que deben resolverse antes del cierre.
Procedimiento práctico: pasos ordenados para un due diligence eficaz
- Definir el alcance: delimitar áreas (legal, fiscal, laboral, compliance) y documentos exigidos; incluir limitaciones temporales y materialidad.
- Nombrar el equipo: abogado coordinador y especialistas fiscales, laborales y técnicos según la industria.
- Solicitar y organizar la documentación: estatutos, cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil de Madrid, declaraciones fiscales, contratos relevantes y expedientes laborales.
- Realizar entrevistas y comprobaciones externas: contrastar la información interna con registros públicos (Registro Mercantil, BORME, Agencia Tributaria, Seguridad Social).
- Evaluación de riesgos y cuantificación: identificar contingencias jurídicas, sanciones fiscales y pasivos laborales.
- Preparación del informe y recomendaciones: informe ejecutivo y técnico con hallazgos, cláusulas sugeridas para el contrato y plan de acción previo al cierre.
Cada uno de estos pasos debe documentarse y conservarse; los informes finales suelen incluir anexos con copias de la documentación consultada y referencias a normas aplicables: por ejemplo, la Ley de Sociedades de Capital (RDLeg. 1/2010) para cuestiones societarias y la Ley 10/2010 en materia de prevención del blanqueo de capitales cuando procede.
Órganos y competencia en Madrid: dónde tramitar comprobaciones y litigios
En Madrid, los principales órganos y registros que intervienen en las comprobaciones y en los litigios derivados de una due diligence son el Registro Mercantil de Madrid y el BORME para la verificación registral; los Juzgados de lo Mercantil de Madrid para litigios mercantiles y concursos; los Juzgados de lo Social de Madrid para reclamaciones laborales; y los Juzgados de Primera Instancia para controversias civiles. Para cuestiones relativas a la Agencia Tributaria y procedimientos sancionadores tributarios se actúa ante la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la Comunidad de Madrid y, en su caso, la jurisdicción contencioso-administrativa.
El Colegio profesional de referencia es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), que agrupa a la mayoría de letrados ejercientes en la provincia y facilita la consulta de colegiaciones y normas deontológicas aplicables. Para buscar inscripciones y documentación oficial de sociedades, el Registro Mercantil de Madrid y su publicación en el BORME son las fuentes primarias.
Advertencia experta: consecuencias prácticas y plazos
Advertencia: la omisión o la revisión insuficiente en due diligence puede dejar sin identificar pasivos fiscales o laborales que deriven en obligaciones posteriores para el adquirente. En materia laboral, por ejemplo, las reclamaciones por despido impugnadas ante los Juzgados de lo Social deben interponerse en plazos breves (habitualmente 20 días hábiles desde la notificación del despido), por lo que la detección precoz de incidencias es clave para valorar contingencias.
Asimismo, la falta de inscripción de determinadas operaciones o poderes en el Registro Mercantil puede afectar a su oponibilidad frente a terceros; por ello es práctica habitual solicitar certificaciones registrales actualizadas del Registro Mercantil de Madrid y comprobaciones en el BORME antes del cierre de la operación.
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Para información general sobre despachos y servicios legales en la ciudad puede consultarse también la web de la firma mediante su portal corporativo en asesor.legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación certifica el Registro Mercantil de Madrid para una due diligence?
El Registro Mercantil de Madrid expide certificaciones de la inscripción de la sociedad (escrituras, cargos, poderes inscritos) y constancias de depósito de cuentas anuales; estas certificaciones sirven para verificar titularidades y acuerdos inscritos.
¿Dónde consultar si existe un procedimiento concursal pendiente sobre una sociedad de Madrid?
Las resoluciones sobre concursos se anuncian en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) y los Juzgados de lo Mercantil de Madrid son los encargados de tramitar concursos en la provincia; un abogado local puede solicitar certificaciones y copias de autos.
¿Qué comprobaciones de protección de datos son recomendables en una due diligence en Madrid?
Comprobar la existencia de políticas de privacidad, registros de actividades de tratamiento, bases legitimadoras y medidas de seguridad. También conviene revisar si hay procedimientos de notificación de brechas y expedientes abiertos ante la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo verificar cargas y gravámenes sobre inmuebles aportados por una sociedad radicada en Madrid?
Además de la documentación interna, solicitar certificados registrales en el Registro de la Propiedad correspondiente y contrastarlos con las inscripciones en el Registro Mercantil cuando los inmuebles sean activos sociales.
¿ICAM puede mediar en conflictos entre cliente y abogado en Madrid?
El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) tiene órganos deontológicos y servicios de orientación que gestionan reclamaciones y mediaciones entre colegiados y clientes; si procede, puede iniciarse también un procedimiento disciplinario colegial.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.

