4 abogados de derecho bancario en San Cristóbal de La Laguna
Tienen ficha revisada en el directorio de Asesor.Legal (datos de octubre 2026). Compara sus fichas aquí abajo o, si lo prefieres, te ponemos en contacto con uno.
San Cristóbal de La Laguna · Ficha revisada R&M Abogados Y Asesores ofrece asesoramiento jurídico en San Cristóbal de La Laguna, con práctica en Derecho Bancario, Civil, Fiscal, Mercantil y Penal. El despacho aborda… San Cristóbal de La Laguna · Ficha revisada Carolina García Abogada presta asesoramiento legal a personas en San Cristóbal de La Laguna. Está especializada en derecho bancario, derecho administrativo y derecho tributario, y centra… San Cristóbal de La Laguna · Ficha revisada Elisa Isabel Lorenzo Pérez es abogada con despacho en San Cristóbal de La Laguna, responsable de las áreas de Derecho Inmobiliario, Derecho Bancario y Derecho Urbanístico.… San Cristóbal de La Laguna · Ficha revisada El despacho de Mónica García Sanjuán Falcón, con sede en San Cristóbal de La Laguna, presta asesoramiento jurídico en Derecho Civil, Derecho Bancario, Derecho de Familia,…Abogados de derecho bancario en San Cristóbal de La Laguna
R&M Abogados Y Asesores
Ver ficha completa →Carolina García Abogada
Ver ficha completa →Elisa Isabel Lorenzo Pérez
Ver ficha completa →Mónica García Sanjuán Falcón
Ver ficha completa →
La Ley 5/2019 regula los contratos de crédito inmobiliario y, en España, la acción para reclamar cantidades derivadas de un contrato suele prescribir a los 5 años (art. 1964 C. Civil). En San Cristóbal de La Laguna dispones de especialistas locales en derecho hipotecario capaces de tramitar reclamaciones por gastos, cláusulas abusivas y ejecuciones hipotecarias; empieza aquí: reclamación de gastos hipotecarios.
| Asunto | Qué se puede recuperar | Quién lo tramita | Plazo orientativo |
|---|---|---|---|
| Gastos de constitución | Notaría, registro, gestoría e impuestos cuando correspondiera (según caso) | Abogado especialista en hipotecas | Procedimiento civil: meses a 1-2 años (orientativo) |
| Cláusulas abusivas (p.ej. cláusula suelo) | Devolución de cantidades indebidamente cobradas | Abogado/Despacho con experiencia en banca | Depende de la complejidad y la vía (administrativa/judicial) |
| Ejecución hipotecaria | Defensa frente al lanzamiento, negociación de daciones o subrogaciones | Abogado penal/mercantil especializado en procesos hipotecarios | Actuación urgente; medidas cautelares inmediatas |
¿Qué documentos necesitas? (resumen rápido)
- Escritura/es del préstamo hipotecario y su nota simple registral.
- Facturas y recibos de notaría, registro, gestoría y demás gastos cargados.
- Comprobantes de pago del impuesto de actos jurídicos documentados si existieran.
- Comunicaciones o reclamaciones previas dirigidas al banco.
Proceso habitual para reclamar gastos hipotecarios (pasos clave):
- Consulta inicial con un abogado especializado (valoración de viabilidad).
- Revisión detallada de la escritura y recopilación de facturas/documentos.
- Reclamación extrajudicial previa ante la entidad (preceptiva en muchos supuestos).
- Si no hay respuesta favorable, interposición de demanda ante los Juzgados de Primera Instancia.
- Ejecución de la sentencia y cobro o negociación de acuerdo si procede.
Advertencia experta: no demores la reclamación. La acción para reclamar cantidades derivadas de contratos a menudo prescribe a los 5 años; si esperas más podrías perder la oportunidad de recuperar lo pagado.
En el plano normativo debes tener en cuenta la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (fuente oficial: BOE – Ley 5/2019) y la supervisión general del mercado por el Banco de España.
Comparativa rápida entre vías:
- Vía administrativa: reclamación al servicio de atención al cliente del banco y al Banco de España. Suele ser gratuita y rápida si la entidad reconoce el error.
- Vía judicial: imprescindible si el banco rechaza la reclamación. Requiere demanda y representación letrada; puede obtenerse sentencia favorable con devolución de cantidades más intereses.
Recuerda que en Tenerife existe el Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife como referencia profesional; también puedes consultar listados de especialistas en nuestra web: especialistas en Derecho Hipotecario y especialistas en Derecho Inmobiliario.
- Si detectas cláusulas poco claras o cobros que no reconoces.
- Si la entidad rechaza la reclamación extrajudicial.
- Si existe procedimiento de ejecución hipotecaria abierto o notificación de lanzamiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué normativa se aplica a las hipotecas en San Cristóbal de La Laguna?
Las hipotecas se rigen por el marco estatal aplicable a contratos de crédito inmobiliario, especialmente la Ley 5/2019 y, en su caso, las normas del Código Civil y la normativa aplicable en materia registral y fiscal. Para situaciones concretas consulta siempre con un abogado especialista.
¿Cuál es el plazo para reclamar cantidades pagadas indebidamente en una hipoteca?
El plazo de prescripción aplicable a muchas reclamaciones de cantidad derivadas de contratos es de 5 años (art.1964 C. Civil), aunque la realidad procesal puede variar según el supuesto concreto; contacta con un abogado para confirmar el plazo preciso de tu caso.
¿Dónde puedo encontrar abogados especialistas en hipotecas en San Cristóbal de La Laguna?
Puedes localizar especialistas a través del Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, directorios profesionales y nuestro buscador en asesor.legal. Verifica la experiencia específica en reclamaciones bancarias antes de contratar.
¿Cuánto cuesta iniciar una reclamación por gastos hipotecarios?
Los honorarios varían según la complejidad. Algunos despachos ofrecen valoraciones iniciales gratuitas o tarifas planas para la reclamación, y otros cobran en función de resultados. Pide un presupuesto por escrito.
¿Debo pasar primero por la vía administrativa antes de demandar?
Es recomendable presentar la reclamación ante el servicio de atención al cliente del banco y, si procede, ante el Banco de España. En muchos casos la vía administrativa es un paso previo útil, pero no sustituye la vía judicial cuando el banco no reconoce la devolución.
Fuente oficial consultada: Ley 5/2019 (BOE) y páginas informativas del Banco de España.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
¿Necesitas un abogado de derecho bancario?
Cuéntanos qué te pasa y te contactará un abogado de tu zona. Es gratis y sin compromiso.
Hemos recibido tu caso
Gracias. Un abogado de tu zona te contactará, normalmente en 24 horas laborables. Si es urgente, también puedes llamarnos al 668 510 087.