Asesoría penal corporativa para empresas en Madrid

El artículo 31 bis del Código Penal establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas y condiciona la exención o atenuación de la responsabilidad a la existencia de programas de cumplimiento internos; en Madrid la fase de instrucción corresponde a los Juzgados de Instrucción y, para delitos de carácter supraprovincial o complejos, puede intervenir la Audiencia Nacional.

Servicio Qué incluye Órgano implicado Referencia legal
Prevención y compliance Mapeo de riesgos, código ético, manual de procedimientos y formación. Departamento interno de cumplimiento; informes a la dirección Código Penal, art. 31 bis
Investigación interna Protocolos de diligencias internas, custodia de pruebas y asesoramiento sobre preservación de prueba. Juzgados de Instrucción (si se inicia causa), Fiscalía Ley de Enjuiciamiento Criminal
Defensa penal Representación ante Juzgados de Instrucción, Juzgados de lo Penal, Audiencia Provincial o Audiencia Nacional. Juzgados de lo Penal; Audiencia Provincial de Madrid; Audiencia Nacional (cuando proceda) Código Penal; LECrim

¿Qué es la asesoría penal corporativa?

La asesoría penal corporativa engloba los servicios jurídicos dirigidos a prevenir, detectar y defender a la empresa frente a delitos económicos y de otra índole que puedan afectar a la actividad empresarial. Incluye tanto diseño e implantación de programas de compliance como la defensa jurídica en procedimientos penales.

Desde la reforma de la responsabilidad penal de las personas jurídicas (art. 31 bis del Código Penal) los programas de cumplimiento tienen un papel concreto: pueden evitar la responsabilidad penal o servir como atenuante si están implantados y resultan eficaces. Por ello, la asesoría combina aspectos penales, laborales, mercantiles y de protección de datos.

Competencia y órganos penales en Madrid

En la ciudad de Madrid la fase de investigación inicial de un delito corresponde, en la inmensa mayoría de los casos, a los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Madrid; una vez concluida la investigación, los delitos se dirigen al órgano con competencia material: Juzgados de lo Penal para determinados delitos menos graves o la Audiencia Provincial de Madrid para delitos castigados con penas superiores y recursos.

Cuando los hechos presentan carácter supraprovincial o una complejidad especial (por ejemplo, blanqueo de capitales a gran escala o delitos vinculados a organizaciones criminales) la Audiencia Nacional puede asumir la investigación y enjuiciamiento. Estas competencias derivan de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la regulación procesal vigente.

Medidas prácticas para prevenir riesgos legales en la empresa

Implantar un modelo de prevención de delitos eficaz requiere, como mínimo, una evaluación documental de los riesgos, un código de conducta, manuales de procedimiento y formación periódica al personal con funciones de riesgo. Estas medidas se consideran elementos probatorios relevantes para la exención o atenuación de responsabilidad según el art. 31 bis CP.

Además de las medidas internas, conviene realizar auditorías periódicas y mantener informes de seguimiento firmados por responsables de cumplimiento. La asesoría penal suele colaborar con asesores fiscales y de protección de datos para abordar el riesgo de delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales y vulneraciones del RGPD.

Procedimiento penal: pasos y plazos (lista ordenada)

  1. Detección de indicios: documentación y custodia inmediata de pruebas internas.
  2. Investigación interna: instrucciones y, si procede, elaboración de informe que documente medidas correctoras.
  3. Comunicación a la Fiscalía o defensa frente a denuncia: valoración jurídica y propuesta de actuación.
  4. Inicio de diligencias judiciales: actuación ante Juzgado de Instrucción — toma de declaración y medidas cautelares—.
  5. Fase de enjuiciamiento: si procede, derivación a Juzgado de lo Penal, Audiencia Provincial o Audiencia Nacional; preparación de la defensa y recursos.

Cada una de estas fases exige plazos procesales fijados por la Ley de Enjuiciamiento Criminal y por la normativa procesal aplicable; por ejemplo, la tramitación de diligencias previas y actuaciones de instrucción se regula por la LECrim en cuanto a providencias, autos y resolución de medidas cautelares.

Advertencia experta: la falta de un programa de cumplimiento implantado y operativo puede impedir que la empresa se beneficie de la exención o atenuación prevista en el art. 31 bis del Código Penal; en situaciones con indicios de delito económico, la respuesta interna inmediata y la documentación de las medidas adoptadas resultan decisivas a efectos penales.

Cómo elegir un abogado penalista para empresas y servicios habituales

Al seleccionar un abogado penalista corporativo conviene comprobar especialización en derecho penal económico, experiencia en investigación interna y capacidad para coordinar con asesores fiscales o peritos. En Madrid existen despachos y profesionales con práctica específica en estas materias que actúan ante los Juzgados de Instrucción y la Audiencia Provincial.

En nuestro directorio puede consultar fichas de despachos y profesionales que ofrecen estos servicios: https://asesor.legal/abogados/alonso-martinez-despacho-de-abogados/, https://asesor.legal/abogados/alonso-martinez-consulting-legal/, https://asesor.legal/abogados/alonso-padin-abogados/, https://asesor.legal/abogados/abogados-penalistas-madrid-alonso-sala/, https://asesor.legal/abogados/jose-miguel-alonso-sanz-abogados/, https://asesor.legal/abogados/roberto-alonso-verdu/, https://asesor.legal/abogados/jose-maria-alonso-martin/, https://asesor.legal/abogados/juan-carlos-alonso-de-vega/, https://asesor.legal/abogados/alex-zaragueta-bagils/, https://asesor.legal/abogados/alr-asesoria/, https://asesor.legal/abogados/alser-abogados-s-l/, https://asesor.legal/abogados/juana-alsina-cuadros/. Para ampliar el contexto legal puede consultar otros artículos de interés en https://asesor.legal/abogados-especialistas-en-bullying-y-acoso-escolar/ y en https://asesor.legal/abogados-especialistas-en-cancelar-antecedentes-penales/. También puede explorar la portada del portal en https://www.asesor.legal.

Fuentes oficiales y normativa clave: Código Penal (art. 31 bis sobre responsabilidad de las personas jurídicas), Ley de Enjuiciamiento Criminal (procedimiento penal) y la Ley Orgánica del Poder Judicial (competencias). Consulte las versiones consolidadas publicadas en el Boletín Oficial del Estado para la actualización normativa a 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado de Madrid suele instruir un delito económico cometido por una sociedad?

Por norma general, la instrucción la asumen los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Madrid; si los hechos revisten carácter supraprovincial o están vinculados a organizaciones criminales, la competencia puede corresponder a la Audiencia Nacional.

¿Cómo se solicita copia de las actuaciones en un Juzgado de Instrucción de Madrid para un asunto corporativo?

La solicitud formal se presenta por escrito ante el propio Juzgado de Instrucción que tramita las diligencias; la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula el acceso a las actuaciones y la forma de personación (intervención como investigado, perjudicado o parte), debiendo acreditar interés legítimo.

¿Qué papel desempeña el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) en la contratación de un penalista corporativo?

El ICAM facilita servicios de orientación, directorios de letrados colegiados y formación especializada; al contratar conviene comprobar la colegiación y la especialidad del letrado en derecho penal económico.

¿En qué supuestos puede la Audiencia Nacional asumir un caso de blanqueo de capitales con sede en Madrid?

Cuando el delito tenga una dimensión o efectos en varias provincias, esté relacionado con organizaciones criminales o concurra gravedad y complejidad que justifiquen la competencia especial de la Audiencia Nacional.

¿Qué documentación interna es recomendable conservar para facilitar la defensa penal de una empresa en Madrid?

Informes de auditoría interna, actas de comités de cumplimiento, registro de formaciones, protocolos de actuación y evidencias de medidas disciplinarias; su conservación y trazabilidad son determinantes para justificar la eficacia del programa de compliance.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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