El concurso de acreedores se regula por el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo). En España, los procedimientos concursales de empresas se tramitan principalmente ante los Juzgados de lo Mercantil; en Madrid, estos órganos son los competentes para la mayoría de los concursos empresariales y para determinadas insolvencias complejas.
| Situación | Órgano competente | Resultado habitual |
|---|---|---|
| Concurso voluntario de empresario | Juzgados de lo Mercantil de Madrid | Tramitación del concurso y negociación de convenio o liquidación |
| Concurso necesario | Juzgados de lo Mercantil que conozcan del demandado | Posible administración concursal temprana y calificación posterior |
| Acuerdo extrajudicial de pagos / preconcurso | Negociación entre partes; notificación registral y judicial según el caso | Reordenación de deuda sin apertura de fase común del concurso si hay acuerdo viable |
Qué hace un abogado especialista en acuerdos concursales
Un abogado concursal analiza la situación patrimonial y financiera del deudor, prepara la documentación necesaria para la posible apertura del concurso y negocia con los acreedores en busca de convenios o acuerdos de refinanciación. Estas actuaciones se desarrollan con referencia al Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020) y la práctica de los Juzgados de lo Mercantil.
En la práctica concreta, el abogado redacta la solicitud de concurso voluntario cuando procede, coordina la presentación de cuentas y balances, y defiende los intereses del cliente ante el Juzgado de lo Mercantil. También asiste en la fase de liquidación si el procedimiento desemboca en esa fase.
Beneficios de contar con un abogado concursal
Contar con un especialista reduce el riesgo de errores formales en la petición de concurso (presentación de documentación incompleta) y facilita la negociación de convenios con acreedores. En Madrid, donde la carga de asuntos mercantiles es alta, la experiencia en procedimientos ante los Juzgados de lo Mercantil aporta ventajas prácticas en la gestión de plazos y trámites procesales.
Además, un abogado con experiencia concursal puede asesorar sobre medidas alternativas (acuerdos extrajudiciales de pagos, acuerdos de refinanciación) que eviten la apertura de la fase común del concurso, siempre en consonancia con la normativa estatal vigente.
Cómo elegir un abogado para acuerdos concursales
Busque abogados con experiencia probada en procedimientos concursales y con práctica ante los Juzgados de lo Mercantil. En Madrid, también es recomendable comprobar la relación del abogado con el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y su especialización en derecho mercantil o concursal.
Solicite una consulta inicial y pida que expliquen la estrategia procesal prevista, los plazos estimados y las fases previstas: petición de concurso, informe del administrador concursal, negociación de convenio y, en su caso, liquidación. Una comunicación clara y un plan escrito facilitan la toma de decisiones en momentos de urgencia.
Procesos que gestionan los abogados concursales (pasos ordenados)
- Diagnóstico y revisión de la documentación contable y contractual para determinar la existencia de insolvencia real o inminente.
- Preparación y presentación de la solicitud de concurso (con la documentación exigida por la Ley Concursal) ante el Juzgado competente.
- Cooperación con el administrador concursal para formular inventario, determinar créditos y valorar activos.
- Negociación de un convenio de acreedores o propuestas de liquidación y seguimiento de su cumplimiento tras la homologación judicial.
Advertencia experta: si existe insolvencia inminente, retrasar la petición de concurso puede implicar la apertura de una investigación sobre la posible calificación de concurso como culpable y responsabilidades posteriores; por eso, actuar con antelación y asesoramiento antes de que se acumulen daños patrimoniales es crítico.
Particularidades y trámites desde Madrid
En Madrid, los concursos mercantiles se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia; para asuntos no mercantiles de naturaleza civil la competencia puede corresponder a los Juzgados de Primera Instancia. El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ofrece servicios de información colegial y listados de especialidades que pueden ayudar a localizar letrados con práctica concursal.
Los escritos procesales deben presentarse conforme a los requisitos de la Oficina Judicial y los medios electrónicos habilitados por la administración de justicia. Además, actuaciones como las inscripciones registrales o comunicaciones a acreedores pueden exigir tramitación ante el Registro Mercantil de Madrid y notificaciones adaptadas a la normativa aplicable.
Cómo localizar profesionales y recursos en asesor.legal
En asesor.legal hay fichas de profesionales que permiten consultar experiencia y especialidades. Algunos perfiles de referencia en la base de datos de asesor.legal son: https://asesor.legal/abogados/maria-elena-lopez-sanchez/, https://asesor.legal/abogados/alexandra-carcamo-tuesta/, https://asesor.legal/abogados/antonio-jaumandreu-auer/, https://asesor.legal/abogados/miguel-mejias-gonzalez/, https://asesor.legal/abogados/julio-barcelo-afonso/, https://asesor.legal/abogados/maria-barber-deusa/, https://asesor.legal/abogados/jose-antonio-jimenez-gonzalez/, https://asesor.legal/abogados/jordi-pons-boronat/, https://asesor.legal/abogados/maite-jimenez-gonzalez/, https://asesor.legal/abogados/maria-del-mar-jimenez-tejada/, https://asesor.legal/abogados/marc-ciutat-coronado/ y https://asesor.legal/abogados/roser-boix-riu/.
En las fichas se enlazan, cuando proceda, las webs de los despachos y números de contacto disponibles públicamente, por ejemplo: https://www.iusaequitas.net, https://www.Jac-Consulting.com, https://www.JaumAndreu.es, https://www.Jausaslegal.com, https://www.jb-abogados.es, https://www.jbarber.es, https://www.jimenezpons.com, https://www.jimeneztejada.com, https://www.Jmae.es.
Recursos oficiales y normativa aplicable
La normativa aplicable es, fundamentalmente, el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020, de 5 de mayo). Para procedimientos y competencia, los Juzgados de lo Mercantil son los órganos judiciales encargados de conocer estas materias en el ámbito mercantil.
Además de la Ley Concursal, la tramitación práctica en Madrid exige atención a la normativa procesal de la oficina judicial, a las órdenes de comunicación de los Juzgados de lo Mercantil y a las exigencias del Registro Mercantil provincial en cuanto a inscripciones y publicaciones.
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Preguntas frecuentes
¿Qué juzgado conoce un concurso de acreedores promovido por una sociedad con domicilio en Madrid?
Los concursos de empresas domiciliadas en Madrid se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Madrid, que son los órganos competentes para la mayoría de los concursos mercantiles.
¿Cómo se presenta la solicitud de concurso en Madrid?
La solicitud se presenta ante el Juzgado competente mediante escrito con la documentación exigida por la Ley Concursal y utilizando los medios electrónicos de la oficina judicial habilitados para su presentación.
¿El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ofrece listados de especialistas concursales?
El ICAM dispone de servicios colegiales y directorios que permiten localizar abogados con especialización en derecho concursal y mercantil en la provincia de Madrid.
¿Puedo negociar un acuerdo extrajudicial o preconcurso antes de pedir el concurso en Madrid?
Sí. Las negociaciones extrajudiciales y los acuerdos de refinanciación son alternativas habituales; sin embargo, conviene documentarlas y coordinar su presentación para reducir el riesgo de apertura de la fase común del concurso.
¿Qué registros o notificaciones son habituales en un concurso tramitado desde Madrid?
Además de las notificaciones al Juzgado, es frecuente la comunicación al Registro Mercantil provincial para la inscripción y publicidad de determinadas resoluciones del concurso.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
