Si has sufrido una cancelación, un retraso prolongado o daños en el equipaje en un vuelo operado por Thai Airways, tienes derechos protegidos por el Reglamento (CE) n.º 261/2004 y por el Convenio de Montreal. En Sevilla las reclamaciones pueden tramitarse ante los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla y, en su caso, recurrirse ante la Audiencia Provincial de Sevilla; el Colegio profesional de referencia es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS).
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| Incidencia | Base legal | Plazo relevante | Órgano competente (Sevilla) |
|---|---|---|---|
| Vuelo cancelado | Reglamento (CE) n.º 261/2004, arts. 5 y 7 (derecho a reembolso/recolocación y compensación) | Reclamación administrativa inmediata; acción judicial según reglas de la materia (ver abajo) | Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla; apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla |
| Retraso en la llegada >3 h | Reglamento (CE) n.º 261/2004, art. 6 y art. 7 (umbral de 3 horas para compensación) | Documentar desde el día del vuelo; reclamar antes de iniciar vía judicial | Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla |
| Equipaje dañado/perdido/retrasado | Convenio de Montreal (tratado internacional aplicado en España), art. 31 y art. 35 | Reclamo por daño en facturado: dentro de 7 días; por retraso: dentro de 21 días; acción judicial: 2 años (Convenio de Montreal, art. 35) | Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla; reclamaciones previas ante la aerolínea |
Cómo reclamar una indemnización por cancelación desde Sevilla
El primer fundamento jurídico es el Reglamento (CE) n.º 261/2004: cuando la cancelación sea atribuible a la aerolínea puedes pedir reembolso, transporte alternativo y, en determinados supuestos, compensación económica (arts. 5 y 7). Documenta siempre la comunicación de la aerolínea sobre la cancelación y conserva el billete y las tarjetas de embarque.
- Presenta reclamación ante Thai Airways mediante su formulario o servicio de atención al cliente y solicita por escrito la conciliación y la documentación que justifique la causa.
- Si no obtienes respuesta satisfactoria, reúne pruebas (billetes, correos, SMS, facturas de gastos extra) y consulta con un abogado especializado colegiado en el ICAS para valorar la vía judicial.
- Si se opta por demanda, la presentación se realiza ante los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla o por vía administrativa/concurso de consumidores cuando proceda.
Retrasos: umbral de 3 horas y documentación necesaria
Según el Reglamento (CE) n.º 261/2004, los pasajeros cuyo vuelo llegue a su destino final con un retraso de tres horas o más pueden tener derecho a compensación. El criterio jurídico relevante es el momento de la llegada efectiva al destino final.
Para sostener una reclamación por retraso es imprescindible conservar el billete, tarjeta de embarque y cualquier comunicación de la aerolínea que indique el tiempo real de llegada. En Sevilla puedes solicitar asesoramiento para elevar la reclamación administrativa y, si no hay solución, acudir a los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla.
Equipaje: plazos y efectos del Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR)
Cuando el equipaje facturado llega dañado o no llega, debes exigir en el aeropuerto el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR). El Convenio de Montreal exige reclamaciones inmediatas: para daños al equipaje facturado se considera el plazo de 7 días para presentar reclamación ante la aerolínea; para retraso de equipaje el plazo suele ser de 21 días.
Si no se tramita el PIR o no reclamas en el plazo indicado, puedes perder la posibilidad de reclamar eficazmente. El Convenio de Montreal fija además un plazo de prescripción de dos años para acciones judiciales (art. 35).
Advertencia experta
Si no obtienes el PIR en el mismo aeropuerto o no documentas el retraso/daño dentro de 7/21 días según el caso, puedes ver limitada tu capacidad de prueba; la acción judicial por daños regulada por el Convenio de Montreal prescribe a los 2 años desde la llegada del vuelo (Convenio de Montreal, art. 35).
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Fuentes oficiales
Reglamento (CE) n.º 261/2004 (EUR-Lex): https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2004/261/oj
Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE): https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2007/11/16/1
Convenio de Montreal (texto aplicable en España): textos y referencias internacionales aplicables a reclamaciones por equipaje y responsabilidad del transportista.
Preguntas frecuentes
¿Qué juzgado en Sevilla es competente para demandar a Thai Airways por incumplimiento de transporte?
Las acciones civiles derivadas del contrato de transporte aéreo se presentan ante los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Sevilla; las resoluciones en primera instancia pueden apelarse ante la Audiencia Provincial de Sevilla.
Si mi equipaje quedó dañado en el Aeropuerto de Sevilla, ¿dónde hago el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR)?
Debes solicitar el PIR en el mostrador de la aerolínea o en las oficinas de la compañía en el aeropuerto al recoger tu equipaje; ese documento es imprescindible para la reclamación ante Thai Airways y, si procede, para la vía judicial en Sevilla.
¿Cuál es el plazo para presentar una reclamación judicial por equipaje desde Sevilla?
Para reclamaciones reguladas por el Convenio de Montreal la acción prescribe a los 2 años desde la llegada del vuelo (art. 35 del Convenio). Reclamaciones administrativas deben presentarse cuanto antes y, en caso de daño al equipaje facturado, la queja ante la aerolínea normalmente se realiza dentro de 7 días.
¿Puedo presentar la demanda contra Thai Airways telemáticamente desde Sevilla?
Sí. Las demandas se pueden presentar por vía telemática a través de la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia o mediante procurador y abogado colegiado (Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla, ICAS) que actúe en tu nombre.
¿Dónde puedo buscar orientación previa gratuita en Sevilla antes de acudir a juicio?
Puedes consultar la Oficina municipal de información al consumidor (OMIC) de Sevilla para orientación inicial y, si necesitas asistencia jurídica, contactar con un abogado colegiado en el ICAS para evaluar si procede reclamar por Reglamento (CE) 261/2004 o por el Convenio de Montreal.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.
