Si tu vuelo con Aeroméxico salió de un aeropuerto de Sevilla o de otro punto de la Unión Europea, puedes tener derecho a compensación conforme al Reglamento (CE) nº 261/2004; las cantidades estándar son de 250 a 600 euros según la distancia y el tipo de incidencia. Para reclamaciones derivadas de vuelos operados fuera del ámbito de la Unión Europea, puede ser aplicable el Convenio de Montreal (1999).
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¿Cuándo aplica el Reglamento (CE) nº 261/2004 y cuándo el Convenio de Montreal?
El Reglamento (CE) nº 261/2004 se aplica, conforme a su artículo 3, a los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE y a los vuelos con llegada a la UE solamente si están operados por una compañía aérea de la UE. Aeroméxico es una aerolínea no comunitaria, de modo que sus vuelos que salen de aeropuertos comunitarios quedan cubiertos por el Reglamento; sus vuelos con origen fuera de la UE generalmente no quedan cubiertos por ese Reglamento.
Cuando el Reglamento europeo no resulta aplicable (por ejemplo, un vuelo con origen en México y llegada a Sevilla operado por Aeroméxico), la reclamación por daños o retrasos suele plantearse conforme al Convenio de Montreal (1999), que fija reglas de responsabilidad internacional y establece un plazo de prescripción de dos años (art. 35 del Convenio) para iniciar acciones contra la transportista.
Indemnizaciones previstas y criterios básicos
El Reglamento (CE) nº 261/2004 establece indemnizaciones fijas en función de la distancia del vuelo y del retraso o cancelación, salvo que concurran circunstancias extraordinarias. Las cantidades normalmente invocadas son 250, 400 y 600 euros, según la distancia.
Además de la indemnización fija, el pasajero tiene derecho a asistencia (comida, comunicaciones y alojamiento si procede) cuando el retraso o la cancelación lo exijan; ese derecho de asistencia está previsto en el propio Reglamento y es exigible frente a la aerolínea.
| Distancia del vuelo | Indemnización (Reglamento CE 261/2004) |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Entre 1.500 km y 3.500 km | 400 € |
| Más de 3.500 km | 600 € |
Qué juzgados son competentes en Sevilla
Las reclamaciones civiles contra una aerolínea por indemnizaciones por retraso o cancelación deben plantearse ante los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Sevilla. En caso de apelación, el órgano competente es la Audiencia Provincial de Sevilla. Para cuestiones que puedan considerarse con una cuantía determinada y ajustada a los límites de juicio verbal, se tramitan conforme a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 249.1 LEC) ante los Juzgados de Primera Instancia.
Si necesitas recomendación profesional, el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS) puede facilitarte información sobre colegiados y servicios de orientación; su denominación oficial es Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS).
Cómo tramitar la reclamación desde Sevilla: pasos ordenados
- Recopila toda la documentación: billete, tarjetas de embarque, comprobantes de retraso o cancelación, comunicaciones de la aerolínea y justificantes de gastos. Esta documentación es esencial para fundamentar la reclamación ante la aerolínea o ante los tribunales.
- Presenta reclamación escrita a Aeroméxico solicitando la compensación y la devolución de gastos, adjuntando pruebas. Conserva constancia de la reclamación por si fuera necesario acudir a la vía administrativa o judicial.
- Si la aerolínea deniega o no responde, valora presentar una queja ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y, si procede, una demanda civil en los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla o una reclamación basada en el Convenio de Montreal según el caso.
- Si optas por la vía judicial, un abogado especializado en derecho aeronáutico o en derecho del consumidor en Sevilla evaluará la cuantía y el procedimiento más adecuado (juicio verbal o juicio ordinario) y presentará la demanda ante el órgano competente.
Abogados y despachos en Sevilla
En Sevilla existen despachos con experiencia en reclamaciones aéreas y derechos del pasajero; entre los citados en el contenido original figuran Lidiare Abogados, Ragg Legal y Araco Abogados y Asesores. La elección debe basarse en la experiencia concreta en reclamaciones aéreas y en la especialización en el Reglamento (CE) nº 261/2004 y en el Convenio de Montreal cuando proceda.
El Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) es la entidad de referencia para localizar letrados colegiados en la provincia y para consultar servicios de orientación jurídica ofrecidos por el Colegio.
Plazos y advertencia experta
Atención: en España la acción para exigir el cumplimiento de obligaciones civiles prescribe a los cinco años según el artículo 1964 del Código Civil, por lo que conviene actuar con rapidez. Para reclamaciones basadas en el Convenio de Montreal existe un plazo de prescripción de dos años (art. 35 del Convenio) desde la llegada del vuelo o desde la fecha en la que debía haber llegado.
No demores la reclamación: la combinación de estos plazos puede variar según si la pretensión se dirige a Aeroméxico por regla europea o por normativa internacional, y una intervención tardía puede impedir el ejercicio efectivo de la acción.
Vías administrativas y autoridades a tener en cuenta
Además de la reclamación directa a la aerolínea y de la vía judicial, puedes instar actuaciones ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y consultar información en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Las resoluciones de AESA pueden ayudar a documentar la falta de respuesta o la resolución administrativa anterior a un procedimiento judicial.
Si necesitas la normativa consolidada o la publicación oficial, consulta el Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se publican disposiciones y normas nacionales relacionadas con transporte y seguridad aérea.
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Preguntas frecuentes
¿Dónde debo presentar la demanda en Sevilla contra Aeroméxico por una indemnización?
En Sevilla, las demandas civiles por indemnizaciones se presentan ante los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Sevilla; en caso de recurso corresponde la Audiencia Provincial de Sevilla.
¿Puedo reclamar ante AESA desde Sevilla si Aeroméxico no responde?
Sí. Si el vuelo salió de territorio español o de la UE y la aerolínea no responde, puedes presentar una queja ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) como paso administrativo que documente la incidencia.
¿Cuál es el plazo para reclamar desde Sevilla una compensación conforme al Reglamento europeo?
En España la acción civil prescribe a los cinco años (art. 1964 Código Civil), por lo que conviene iniciar la reclamación dentro de ese plazo; si la acción se basa en el Convenio de Montreal, el plazo aplicable puede ser de dos años (art. 35 del Convenio).
¿Puedo utilizar el procedimiento de juicio verbal en Sevilla para reclamar a Aeroméxico?
Sí, si la cuantía de la reclamación se ajusta a los supuestos previstos para el juicio verbal según el artículo 249.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; un abogado podrá determinar si tu caso encaja en ese trámite.
¿A qué colegio debo dirigirme en Sevilla para buscar un abogado especializado en reclamaciones aéreas?
En Sevilla es recomendable consultar al Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) para obtener datos de abogados colegiados con experiencia en reclamaciones de pasajeros y derecho aeronáutico.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.
