Abogado para licencia de construcción en Valencia

En Valencia, la concesión de licencias de obra corresponde al Ayuntamiento de València (Concejalía de Desarrollo Urbano) y exige, como requisito mínimo, la presentación de un proyecto técnico suscrito por un arquitecto o técnico competente. La tramitación administrativa se rige por la normativa estatal de procedimiento administrativo y por la normativa urbanística de la Comunitat Valenciana.



Tipo de intervención Requisito principal Órgano que concede
Obras mayores Proyecto técnico firmado por arquitecto/ingeniero colegiado Ayuntamiento de València (licencia municipal)
Obras menores Comunicación previa o proyecto simplificado según ordenanza municipal Ayuntamiento de València (servicio de urbanismo)
Actuaciones sobre suelo/urbanización Aprobación urbanística según planeamiento (PGOU/estudios de detalle) Ayuntamiento de València y órganos de planeamiento

Quién asesora en urbanismo en Valencia

En Valencia, los profesionales que prestan asesoramiento en materia urbanística son abogados especializados en derecho urbanístico y técnicos (arquitectos e ingenieros). Para cuestiones jurídicas y de defensa frente a sanciones o recursos administrativos, resulta clave contar con un abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV).

Además del ICAV, los técnicos deben estar registrados en sus respectivos colegios profesionales. La cooperación entre abogado y técnico es habitual: el técnico elabora el proyecto exigido por el Ayuntamiento y el abogado tramita y defiende los intereses del promotor o propietario ante la administración y, si procede, ante los tribunales.

Cómo obtener una licencia de construcción en Valencia

El procedimiento típico comienza con la redacción de un proyecto técnico por un profesional competente y la presentación de la solicitud en el registro del Ayuntamiento de València. La normativa de procedimiento administrativo aplicable es la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula plazos y recursos.

Pasos esenciales (resumidos):

  1. Encargo y elaboración del proyecto técnico por técnico colegiado.
  2. Presentación de la solicitud y documentación en el Ayuntamiento de València (servicio de urbanismo).
  3. Instrucción municipal con comprobación de cumplimiento urbanístico y consultas a otros servicios si procede.
  4. Expedición de la licencia municipal o resolución motivada en caso de denegación.

Infracciones urbanísticas y sanciones en Valencia

Las infracciones urbanísticas más frecuentes son la ejecución de obras sin licencia, la realización de obras distintas a las autorizadas y la ocupación de suelo no urbanizable. Ante infracciones, la administración local puede imponer sanciones administrativas y, cuando proceda, ordenar la paralización o demolición de las obras no conformes.

La imposición de sanciones y las órdenes de restitución se tramitan por el Ayuntamiento; frente a estos actos cabe recurso administrativo y, posteriormente, contencioso-administrativo. Es habitual que, además de las sanciones administrativas, determinadas conductas puedan dar lugar a responsabilidad civil o penal en función de su gravedad.

Recursos y juzgados competentes desde Valencia

Contra resoluciones del Ayuntamiento relacionadas con licencias o sanciones urbanísticas pueden interponerse recursos administrativos y, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. Para asuntos civiles derivados (por ejemplo, reclamaciones patrimoniales) intervendrán los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Valencia.

Plazos prácticos: ante un acto administrativo notificado, el plazo general para interponer recurso contencioso-administrativo es de dos meses desde la notificación; si procede recurso potestativo de reposición, el plazo para interponerlo suele ser de un mes, según la Ley 39/2015. Por ello, la actuación rápida y la preparación de los recursos dentro de los plazos legales es determinante.

Consejos prácticos y advertencia experta

Antes de iniciar obras, verifique que dispone de la licencia adecuada y que el proyecto respeta el planeamiento municipal (PGOU y ordenanzas). La ejecución sin licencia puede culminar en orden de paralización y de demolición y en la imposición de sanciones administrativas por parte del Ayuntamiento de València.

Si recibe una notificación de sanción o demolición, consulte a un abogado urbanista inmediatamente para valorar la interposición de recursos dentro de los plazos (recurso de reposición y, si procede, contencioso-administrativo en dos meses según Ley 39/2015).

Para ampliar información práctica consulte nuestros artículos relacionados sobre licencias de obra y licencias urbanísticas en Valencia: Profundizamos en para licencia de obras en Valencia en este artículo. y En nuestra guía sobre para licencias urbanísticas en Valencia explicamos los puntos clave.

Fuente oficial: texto consolidado de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común y normativa urbanística autonómica aplicable en la Comunitat Valenciana (Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo autonómica).

Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado debo acudir para recurrir una sanción urbanística impuesta por el Ayuntamiento de València?

Las impugnaciones de actos administrativos en materia urbanística se sustancian ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. El plazo general para interponer el recurso contencioso-administrativo es de dos meses desde la notificación del acto, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

¿Qué Colegio profesional gestiona la colegiación de abogados y puede facilitar referencia en Valencia?

El órgano de referencia es el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), donde puede confirmarse la colegiación del abogado y consultar listados de profesionales especializados en derecho urbanístico.

Si el Ayuntamiento de València deniega una licencia, ¿qué recursos administrativos puedo agotar antes de acudir a los tribunales?

Puede interponerse, cuando proceda, un recurso potestativo de reposición ante el propio Ayuntamiento (normalmente en el plazo de un mes) y, subsidiariamente o si no procede, el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación, conforme a la Ley 39/2015.

¿Qué documentación técnica suele exigir el Ayuntamiento de València para una licencia de obras mayores?

Para obras mayores se exige, como mínimo, un proyecto técnico firmado por un arquitecto o ingeniero colegiado, memoria, planos y certificado de dirección de obra cuando proceda; la lista concreta se establece en la ordenanza municipal y en el expediente municipal de licencia.


Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.

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