En Zaragoza la reclamación por daños y perjuicios se sustenta en la responsabilidad civil prevista en el Código Civil; el artículo 1902 establece la obligación de reparar el daño causado por acción u omisión culpable. Contar con un abogado especializado facilita la cuantificación del perjuicio, la obtención de prueba y la representación ante los órganos judiciales competentes de la ciudad.
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Responsabilidad civil y normativa aplicable
La responsabilidad extracontractual se regula, entre otros preceptos, por el artículo 1902 del Código Civil, que impone la obligación de reparar el daño causado por un hecho propio. Para supuestos contractuales se aplica el régimen previsto en el Código Civil (por ejemplo, la regulación de incumplimientos contractuales).
En paralelo existen normas sectoriales que pueden ser determinantes según el caso concreto: para daños en accidentes de circulación se aplica el sistema de cálculo fijado por la normativa sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor; en materia laboral intervendrán normas de la Seguridad Social y el derecho laboral, y en negligencias médicas resultará relevante la normativa sanitaria y, en su caso, la responsabilidad patrimonial de la Administración.
Órganos competentes en Zaragoza
Para reclamaciones civiles por daños y perjuicios el órgano ordinario competente en primera instancia son los Juzgados de Primera Instancia de Zaragoza. En materia laboral conocerán los Juzgados de lo Social de Zaragoza cuando el daño derive de un accidente o contingencia laboral.
Las resoluciones dictadas en primera instancia pueden ser recurridas ante la Audiencia Provincial de Zaragoza. En procedimientos contra la Administración pública por responsabilidad patrimonial será competente, según el caso, la jurisdicción contencioso-administrativa con sede en Zaragoza.
Partido judicial, Colegio de la Abogacía y particularidades locales
Zaragoza forma el Partido Judicial de Zaragoza; los procedimientos civiles y laborales se tramitan en las sedes judiciales de la capital. Para obtener orientación profesional y servicios de mediación o asistencia letrada puedes dirigirte al Ilustre Colegio de la Abogacía de Zaragoza (ICAZ), que presta servicios de información y orientación a los ciudadanos.
Prácticamente en la tramitación local conviene tener en cuenta que los atestados y partes policiales expedidos por la Policía Local de Zaragoza o la Guardia Civil son pruebas de peso en las reclamaciones por siniestros en vía pública; además, los informes médicos del Servicio Aragonés de Salud se solicitan mediante el procedimiento de petición de documentación clínica del centro donde se atendió al lesionado.
Tabla comparativa según tipo de daño
| Contexto | Órgano competente en Zaragoza | Normativa/cláusula clave | Plazo relevante (orientativo) |
|---|---|---|---|
| Accidentes de tráfico | Juzgados de Primera Instancia de Zaragoza; atestados Policía Local o Guardia Civil como prueba | Normativa sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor; art. 1902 CC | Plazo de prescripción de las acciones personales: 5 años (plazo general a efectos civiles) |
| Accidentes laborales | Juzgados de lo Social de Zaragoza para reclamaciones laborales; posible intervención de la Seguridad Social | Derecho laboral y normativa de la Seguridad Social | Plazos procesales específicos del orden social para impugnaciones y reclamaciones (procedimentales) |
| Negligencias médicas | Juzgados de Primera Instancia o jurisdicción contencioso-administrativa si se reclama a un centro público | Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas; art. 1902 CC si es responsabilidad privada | Dependerá de la vía (administrativa o civil); conviene actuar cuanto antes por razones probatorias |
| Daños por incumplimiento de contrato | Juzgados de Primera Instancia de Zaragoza | Reglas contractuales del Código Civil (por ejemplo, art. 1101 CC sobre incumplimiento contractual) | Plazo general de prescripción de las acciones personales: 5 años |
Servicios habituales que presta un abogado en Zaragoza
Los abogados especializados en indemnizaciones prestan asesoramiento jurídico completo: evaluación del caso, gestión de pruebas (atestados, informes médicos, facturas), realización de peritajes, negociación con aseguradoras y representación judicial. En Zaragoza es habitual que el letrado coordine la obtención de informes en centros sanitarios públicos y gestione la práctica de pruebas ante los Juzgados.
Además, los profesionales pueden proponer vías extrajudiciales de resolución (negociación, propuesta motivada dirigida a la aseguradora) antes de iniciar la vía judicial, lo que acelera la resolución y reduce costes procesales cuando es viable.
Pasos a seguir para reclamar (lista ordenada)
- Recopilar documentación inmediata: parte/atestados policiales, informes médicos iniciales y facturas de gastos derivados del siniestro.
- Solicitar copia de la historia clínica en el centro del Servicio Aragonés de Salud donde se atendió al lesionado.
- Consulta con un abogado especializado en Zaragoza para valorar la viabilidad y cuantía de la reclamación.
- Requerimiento o reclamación extrajudicial frente a la parte responsable o su aseguradora, con propuesta motivada de indemnización.
- Si no hay acuerdo, presentación de la demanda ante el Juzgado competente (Juzgado de Primera Instancia de Zaragoza o Juzgado de lo Social, según el caso).
- Práctica de pruebas y celebración del juicio; si procede, interposición de recursos ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Advertencia experta: la acción para reclamar perjuicios de naturaleza personal está sometida al plazo de prescripción general de las acciones personales (5 años). Si no se insta la acción dentro de ese plazo se perderá el derecho a reclamar judicialmente.
Fuente principal de referencia: Código Civil (art. 1902 sobre responsabilidad extracontractual) y normativa procesal aplicable; consultar el texto oficial disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y la información práctica del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
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Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo solicitar copia del atestado si el accidente ocurrió en Zaragoza?
La copia del atestado se puede solicitar en la unidad policial que intervino: Policía Local de Zaragoza o, en carretera, la Guardia Civil. Si el hecho consta en informe municipal, la oficina de atención al ciudadano del Ayuntamiento puede facilitar indicaciones para su obtención.
¿Cómo se solicita la historia clínica a un centro público de Zaragoza para acreditar lesiones?
Debes solicitarla en el centro del Servicio Aragonés de Salud donde fuiste atendido, mediante formularios de petición de documentación clínica; los registros sanitarios también pueden solicitarse por el procedimiento telemático habilitado por Salud Aragón.
¿A quién reclamo si el daño lo causa un vehículo municipal en Zaragoza?
Cuando el responsable sea el Ayuntamiento de Zaragoza se tramita una reclamación previa de responsabilidad patrimonial ante el propio Ayuntamiento; si no hay acuerdo, la vía a seguir es la jurisdicción contencioso-administrativa con sede en Zaragoza.
¿El Ilustre Colegio de la Abogacía de Zaragoza (ICAZ) ofrece orientación para encontrar un abogado de daños?
Sí. El ICAZ dispone de servicios de orientación y directorio profesional que pueden facilitar el contacto con abogados especializados en indemnizaciones y responsabilidad civil en Zaragoza.
¿Cómo se solicita la práctica de peritaje privado en Zaragoza para una reclamación?
Puedes contratar un perito privado especializado (médico forense, perito de tráfico) y que su informe se incorpore a la reclamación extrajudicial o a la demanda judicial; el abogado gestionará la incorporación del peritaje al procedimiento y, si procede, su admisión como prueba en el Juzgado de Zaragoza.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
