En Las Palmas de Gran Canaria, los concursos de acreedores se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia y se rigen por el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo). Contar con un abogado especializado en derecho concursal facilita la presentación de la solicitud, la defensa de la posición del deudor y la interlocución con el administrador concursal nombrado por el juez.
¿Qué es un concurso de acreedores y qué normativa aplica?
El concurso de acreedores es el procedimiento regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020) que tiene por objeto la ordenación de las obligaciones y la satisfacción de los créditos cuando una persona o empresa se encuentra en situación de insolvencia. El procedimiento puede derivar en la aprobación de un convenio, en la liquidación del patrimonio o en medidas de reestructuración.
En la práctica procesal de Las Palmas, los actos procesales y la publicación de determinadas resoluciones se realizan conforme a lo previsto por la Ley Concursal y las normas procesales aplicables, y las resoluciones relevantes se inscriben en el Registro Mercantil y se publican en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) según lo establecido por la normativa mercantil y concursal.
Órganos competentes en Las Palmas de Gran Canaria
En materia concursal, los procedimientos se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia de Las Palmas; las resoluciones recurridas se elevan a la Audiencia Provincial de Las Palmas. Para las inscripciones y publicaciones derivadas del concurso corresponde el Registro Mercantil de Las Palmas y el BORME para su publicidad oficial.
Para cuestiones de defensa y acceso a la profesión, el órgano colegial competente es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que gestiona, entre otras funciones, el turno de oficio y la información sobre asistencia jurídica gratuita en la provincia.
Cómo actúa un abogado especializado en gestión de acreedores
Un abogado concursal prepara la documentación inicial: memoria explicativa, informe económico-financiero y listado de acreedores, y presenta la solicitud de concurso ante el Juzgado de lo Mercantil competente, iniciando formalmente el procedimiento. Esa presentación debe ajustarse a los requisitos formales exigidos por el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020).
Durante la tramitación, el abogado representa al deudor en las vistas, coordina la comunicación con el administrador concursal nombrado por el juez y formula propuestas, como un convenio o un plan de liquidación. Además, realiza las gestiones necesarias frente a acreedores y supervisa las anotaciones registrales en el Registro Mercantil de Las Palmas.
Pasos prácticos para iniciar un concurso en Las Palmas de Gran Canaria
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Evaluación documental y diagnóstico. El abogado solicita estados contables, balances y relación de acreedores para verificar la existencia de insolvencia y definir la estrategia. Este análisis es imprescindible antes de acudir al Juzgado de lo Mercantil.
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Presentación de la demanda o solicitud. Se confecciona la documentación exigida por la Ley Concursal y se presenta ante el Juzgado de lo Mercantil competente en la provincia de Las Palmas, iniciando el expediente concursal.
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Nombramiento de administrador concursal y fase común. El juez puede acordar medidas cautelares y nombrar administrador concursal que elaborará un informe sobre la masa activa y pasiva.
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Propuesta y negociación. El abogado negocia con los acreedores, tratando de alcanzar un convenio o, si procede, articular la liquidación ordenada de activos.
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Inscripción y publicidad. Las resoluciones relevantes del concurso se inscriben en el Registro Mercantil de Las Palmas y se publican en el BORME para su oponibilidad a terceros.
Comparativa rápida: vías para resolver una insolvencia
| Procedimiento | Quién lo solicita | Órgano competente | Resultado frecuente |
|---|---|---|---|
| Concurso voluntario | Deudor | Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas | Convenio o liquidación |
| Concurso necesario | Acreedor | Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas | Investigación patrimonial y posible convenio/liquidación |
| Acuerdo extrajudicial de pagos | Deudor con acreedores | Negociación privada; homologación judicial si se solicita | Reestructuración sin concurso o con homologación |
Consecuencia práctica y advertencia experta
En el ámbito concursal existe un riesgo para los administradores y directivos que demoran la solicitud de concurso cuando la sociedad es objetivamente insolvente: la falta de diligencia puede dar lugar a responsabilidades frente a los acreedores y a la calificación del concurso en fase de liquidación. Por ello, es recomendable actuar con antelación y bajo asesoramiento especializado.
Además, las resoluciones que determinan las fases del concurso y los acuerdos alcanzados se inscriben en el Registro Mercantil y se publican en el BORME, lo que tiene efectos frente a terceros y debe tenerse en cuenta en la toma de decisiones.
Aspectos prácticos locales: tramitación desde Las Palmas
Si el domicilio o la actividad principal se sitúan en Las Palmas de Gran Canaria, el procedimiento se desarrolla ante los Juzgados de lo Mercantil de la capital o del partido judicial correspondiente y ante la Audiencia Provincial de Las Palmas en fase de apelación. La presentación y notificación de documentos sigue los canales habilitados por la Administración de Justicia en la provincia.
Para consultas sobre acceso a la asistencia jurídica gratuita o al turno de oficio en materia concursal, el interesado debe dirigirse al Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que centraliza la información sobre requisitos y documentación necesaria en la provincia.
Cuándo conviene considerar la Ley de Segunda Oportunidad
Para personas físicas sobreendeudadas y con negocio, la Ley de la Segunda Oportunidad permite, en determinados supuestos, tramitar mecanismos que pueden conducir a la exoneración de pasivos insatisfechos tras la liquidación o acuerdo con acreedores. La viabilidad de esta vía se analiza caso por caso y depende de la situación patrimonial, la existencia de bienes y la concurrencia de requisitos legales.
En Las Palmas, la tramitación de solicitudes vinculadas a la Segunda Oportunidad se articula ante los Juzgados competentes (habitualmente Juzgados de lo Mercantil o de Primera Instancia según el caso) y requiere la presentación de la documentación probatoria por parte del solicitante a través de su abogado.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo solicitar el turno de oficio para asuntos concursales en Las Palmas de Gran Canaria?
El turno de oficio en materia penal y civil lo gestiona el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP); para asuntos concursales se debe solicitar a dicho Colegio aportando la documentación que acredite la situación económica y los requisitos para asistencia jurídica gratuita. El Colegio indicará la documentación y el procedimiento de asignación.
Si soy persona física sin actividad mercantil, ¿qué Juzgado de Las Palmas conocerá de mi solicitud de concurso o de la Segunda Oportunidad?
En general, los Juzgados de Primera Instancia de la provincia tramitan materias civiles de personas físicas; no obstante, la competencia concreta para insolvencias depende de la naturaleza del deudor y de la regulación del Texto Refundido de la Ley Concursal. Un abogado local podrá verificar el Juzgado competente en Las Palmas antes de presentar la solicitud.
¿Dónde se inscriben y publican en Las Palmas las resoluciones concursales?
Las resoluciones que afectan a la situación mercantil y a la concurrencia de créditos deben inscribirse en el Registro Mercantil de Las Palmas y se hacen públicas en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) para su oponibilidad frente a terceros.
¿Puedo tramitar la Ley de Segunda Oportunidad desde Las Palmas y qué requisitos se suelen exigir?
Sí, se puede tramitar desde Las Palmas ante el órgano judicial competente. Los requisitos habituales incluyen acreditar la situación de sobreendeudamiento, haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos cuando proceda y aportar documentación económica y declaración responsable. Un abogado concursal evaluará la documentación y la viabilidad del procedimiento.
¿Es necesario un perito o auditor para un concurso tramitado en Las Palmas?
En muchos concursos el administrador concursal o las partes pueden solicitar informes periciales para determinar la masa activa o el estado contable; la necesidad y el alcance del peritaje dependen de la complejidad del caso y lo decidirá el abogado en coordinación con el tribunal y el administrador concursal.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
