La Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común) y la Ley 29/1998 (Jurisdicción Contencioso-Administrativa) determinan en Madrid los plazos básicos: recurso de alzada 1 mes y recurso contencioso-administrativo 2 meses desde la notificación, información clave para actuar con garantías.
Qué hace un abogado de función pública en Madrid
Un abogado especializado en función pública en la Comunidad de Madrid asesora, representa y defiende a funcionarios y personal laboral frente a la Administración regional, local y estatal. Trabaja en sanciones disciplinarias, procesos selectivos, retribuciones, movilidad y recursos administrativos o contencioso-administrativos ante los órganos competentes de Madrid (Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y Tribunal Superior de Justicia de Madrid – TSJM).
Servicios concretos que ofrecemos en Madrid
- Defensa en procedimientos disciplinarios y sanciones ante la administración local y autonómica.
- Recursos de alzada, reposición y contencioso-administrativos ante los órganos competentes de Madrid y el TSJM.
- Asesoramiento en procesos selectivos, méritos, bolsas de empleo y promoción interna.
- Acceso al expediente y tutela de derechos estatutarios en Ayuntamientos y Consejerías de la Comunidad de Madrid.
- Negociación y reclamación de retribuciones, complementos y situaciones administrativas (permiso, excedencia, incapacidad).
Tabla comparativa: funcionario fijo vs interino vs personal laboral
| Aspecto | Funcionario fijo | Funcionario interino | Personal laboral |
|---|---|---|---|
| Estabilidad | Alta (plaza consolidada) | Temporal, depende de necesidades | Según contrato laboral; puede ser indefinido o temporal |
| Acceso | Oposición/concursos públicos | Nombramiento por necesidad | Proceso de contratación laboral |
| Procedimientos frecuentes | Promoción interna, movilidad, desempeño | Protección contra ceses arbitrarios | Despido, condiciones laborales, convenio |
| Vías para impugnar | Recurso administrativo y contencioso-administrativo | Reclamación administrativa y, si procede, contencioso | Vías laborales y, en su caso, administrativas |
Procedimiento práctico para impugnar una sanción en Madrid (pasos)
- Solicitar copia del expediente disciplinario al órgano que impone la sanción (registro o sede electrónica correspondiente).
- Presentar alegaciones y, si procede, solicitar la suspensión cautelar del acuerdo disciplinario ante el mismo órgano.
- Si no se estima, interponer recurso de alzada o reposición según proceda (plazo general: 1 mes desde la notificación).
- Concluida la vía administrativa o transcurrido el plazo, presentar demanda contencioso-administrativa ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo competentes de Madrid o ante el TSJM (plazo general: 2 meses desde la resolución o desde el vencimiento del plazo para resolver).
- Solicitar medidas cautelares en el contencioso si la ejecución de la sanción causa perjuicios irreparables (por ejemplo, pérdida de plaza o de paga).
Advertencia experta: si no interpone el recurso contencioso-administrativo dentro del plazo general de 2 meses perderá, salvo casos excepcionales, la posibilidad de impugnar judicialmente la resolución y sus efectos podrán ejecutarse (por ejemplo, pérdida de plaza o imposición de sanción administrativa efectiva).
Órganos y entidades relevantes en Madrid
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) — vía habitual para recursos relevantes en el ámbito autonómico.
- Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid — competentes para demandas contra actos administrativos locales y autonómicos.
- Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) — referencia profesional y servicios de orientación jurídica.
- Ayuntamiento de Madrid y Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid — emisores habituales de actos que afectan al personal público.
- Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid — en determinados procedimientos con alcance nacional.
Cómo elegir abogado en Madrid: criterios prácticos
- Experiencia específica en función pública y en recursos contencioso-administrativos ante el TSJM.
- Conocimiento del funcionamiento de los servicios de personal del Ayuntamiento/Consejería implicada.
- Transparencia en honorarios y estrategia procesal (plazos, pruebas, peticiones cautelares).
- Referencias de otros funcionarios y resultados contrastables en casos similares en Madrid.
Preguntas frecuentes específicas para Madrid
¿Ante qué órgano presento un contencioso-administrativo si el acto proviene del Ayuntamiento de Madrid?
Los recursos contencioso-administrativos contra actos del Ayuntamiento de Madrid se presentan ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid; para cuestiones de especial relevancia administrativa puede intervenir el TSJM.
Si necesito el expediente administrativo, ¿dónde lo solicito en el Ayuntamiento de Madrid?
Solicite acceso al expediente en el registro municipal presencial o mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. El derecho de acceso está regulado por la Ley 39/2015.
¿Puedo pedir asistencia letrada del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM)?
El ICAM ofrece servicios de orientación y listas de abogados especialistas. Para asistencia jurídica gratuita deberá cumplir los requisitos legales y acreditar su situación económica.
¿Qué organismo autonómico tramita reclamaciones por retribuciones en la Comunidad de Madrid?
Las reclamaciones por retribuciones suelen tramitarse ante la Consejería competente en Función Pública de la Comunidad de Madrid y, si procede, pueden acabar en vía contencioso-administrativa ante el TSJM.
¿Qué plazo tengo para presentar recurso de alzada si proviene una resolución de la Consejería de la Comunidad de Madrid?
El plazo general para interponer recurso de alzada contra actos administrativos suele ser de 1 mes desde la notificación, conforme a la normativa de procedimiento administrativo.
Fuente oficial: consulta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y la sede electrónica del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para normativa y resoluciones actualizadas (2026).
Contacto
Teléfono: 900 909 720
Email: info@asesor.legal
Web: www.asesor.legal
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Mayo 2026.
