En Las Palmas de Gran Canaria la reclamación de horas extraordinarias debe iniciarse normalmente por conciliación y, si no hay acuerdo, mediante demanda ante los Juzgados de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria; el plazo para reclamar el pago es de 1 año.
| Concepto | Qué implica | Órgano o norma relevante |
|---|---|---|
| Plazo de reclamación | Prescripción a los 1 año desde la obligación de pago | Regla general aplicable y jurisprudencia; ver Estatuto de los Trabajadores (RDLeg. 2/2015) |
| Límite de horas extraordinarias | Régimen ordinario: límite anual de 80 horas, salvo pacto o fuerza mayor | Estatuto de los Trabajadores, art. 35 |
| Procedimiento inicial | Acto de conciliación previa (SMAC o equivalente) obligatorio antes de la demanda | Procedimiento laboral: conciliación y Juzgados de lo Social |
Derechos básicos y normativa aplicable
El marco principal es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores. El artículo 35 establece la regulación sobre la jornada y las horas extraordinarias, incluido el tope anual de 80 horas en el régimen ordinario.
Además del Estatuto, las reclamaciones laborales se tramitan por la vía social ante los Juzgados de lo Social; la conciliación previa ante el órgano de mediación correspondiente debe intentarse antes de interponer la demanda. Puedes consultar el texto consolidado del Estatuto en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdleg/2015/10/23/2
Cómo reclamar horas extraordinarias en Las Palmas de Gran Canaria
Paso 1: documentación. Reúne contrato de trabajo, nóminas, registros de jornada y cualquier comunicación (correos, mensajes) que acredite la realización de horas extra. Esta documentación será la base de la reclamación tanto en la conciliación como en la demanda.
Paso 2: conciliación previa. En Las Palmas de Gran Canaria la vía habitual es solicitar acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el órgano competente designado por la Comunidad Autónoma para conciliaciones laborales; si no se alcanza acuerdo, se podrá interponer demanda ante los Juzgados de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria.
Juzgados y organismos competentes en Las Palmas
Los órganos donde, en la práctica, se tramitan las demandas por impago de horas extraordinarias son los Juzgados de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria y, en segunda instancia, la Sala de lo Social de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Para orientación colegial y referencias profesionales existe el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP).
Si necesitas información sobre la sede concreta para presentar escritos o sobre los servicios de conciliación en la provincia, los propios Juzgados de lo Social de Las Palmas y el ICALP facilitan trámites y listados de letrados especializados en derecho laboral.
Plazos: cuándo actuar
El plazo general para reclamar el pago de horas extraordinarias es de 1 año desde la fecha en que la empresa debía abonar la retribución correspondiente; pasado ese año la acción prescribe y se pierde la posibilidad de exigir el cobro por vía judicial.
Por ello es importante iniciar cuanto antes la reclamación, comenzando por la conciliación; la acumulación de pruebas (nóminas, registros de jornada, testigos) es determinante para mantener la acción dentro del plazo legal.
Implicáciones de superar 80 horas extraordinarias
Cuando un trabajador realiza más de 80 horas extraordinarias en el año (límite previsto con carácter general en el Estatuto) la empresa debe justificar la necesidad y compensación de dichas horas; en caso de impago, el trabajador podrá reclamarlas judicialmente.
Las infracciones en materia de registro y remuneración de horas pueden acarrear sanciones administrativas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si se acredita vulneración de la normativa laboral.
Procedimiento práctico: pasos ordenados
- Recopilación de pruebas: contrato, nóminas, cuadrantes y comunicaciones (correo, WhatsApp) que acrediten las horas realizadas.
- Solicitud de conciliación previa ante el órgano de mediación (SMAC u organismo de la CA) correspondiente en Las Palmas de Gran Canaria.
- Si no hay acuerdo, presentación de demanda ante el Juzgado de lo Social competente en Las Palmas de Gran Canaria con los documentos y testigos identificados.
- Fase probatoria y vistas: proposición de prueba documental y testifical; en su caso, intervención de la Inspección por infracciones en materia de registro horario.
- Sentencia y, si procede, ejecución del crédito reconocido frente a la empresa.
Advertencia experta
Si no se inicia la reclamación dentro del plazo de 1 año desde la obligación de pago, se pierde la acción para reclamar esas cantidades; además, la ausencia de un registro horario fehaciente puede dificultar la prueba, aunque la Inspección de Trabajo pueda convertir la falta de registro en indicio en procedimientos sancionadores.
Por tanto, actúa con rapidez para evitar la prescripción y conserva toda la documentación que pruebe la realización de las horas extraordinarias.
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Fuente oficial: texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdleg/2015/10/23/2
Preguntas frecuentes
¿Qué Juzgado de lo Social es competente para una demanda por horas extraordinarias en Las Palmas de Gran Canaria?
Las reclamaciones laborales se presentan ante los Juzgados de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria; la competencia territorial depende del centro de trabajo y de la residencia del demandado, por lo que conviene consultarlo antes de presentar la demanda.
¿Dónde se solicita la conciliación previa en Las Palmas de Gran Canaria?
En Las Palmas se tramitan los actos de conciliación ante el órgano de mediación laboral habilitado por la Comunidad y en los servicios territoriales que presten el SMAC; comprueba la sede concreta en la web de la Administración laboral provincial o en los Juzgados de lo Social.
¿Qué documentos exige habitualmente el Juzgado de lo Social en Las Palmas para admitir una demanda por horas extra?
Suelen pedirse contrato de trabajo, nóminas, comprobantes de las horas (cuadrantes, registros, comunicaciones), y proposición de testigos; la acumulación documental facilita la admisión y la prueba en la vista.
¿Puede la Inspección de Trabajo actuar de oficio en Las Palmas si no hay registro horario?
Sí. Si se detecta ausencia o irregularidades en el registro de jornada, la Inspección de Trabajo puede abrir actuaciones que, además de sancionar, sirvan como prueba en reclamaciones individuales.
¿Cómo me puede ayudar el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP)?
El ICALP ofrece información sobre abogados colegiados especializados en derecho laboral, servicios de orientación y, en algunos casos, listas de profesionales para derivación o búsqueda de defensa especializada.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
