Mediación y arbitraje en Las Palmas de Gran Canaria: cómo actuar y qué órganos intervienen

En Las Palmas de Gran Canaria la mediación en materia civil y mercantil se rige por la Ley 5/2012, de 6 de julio, y el arbitraje por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, normas que permiten resolver conflictos fuera de la vía judicial con fórmulas de resolución consensuada o vinculante respectivamente. Ambos instrumentos admiten luego la intervención de los órganos judiciales de ejecución y control previstos por la legislación estatal.

Mediación y arbitraje: diferencias esenciales

La mediación es un procedimiento voluntario y confidencial regulado por la Ley 5/2012; su finalidad es facilitar un acuerdo entre las partes mediante la intervención de un mediador imparcial. La normativa estatal contempla la posibilidad de convertir el acuerdo alcanzado en un documento con eficacia jurídica si se formaliza correctamente.

El arbitraje, regulado por la Ley 60/2003, es un mecanismo en que las partes someten la decisión a uno o varios árbitros cuya resolución —el laudo— es en principio vinculante y ejecutable judicialmente. La ley fija los mecanismos de impugnación y ejecución del laudo ante los órganos judiciales competentes.

Característica Mediación Arbitraje
Naturaleza Proceso voluntario y confidencial (Ley 5/2012). Resolución vinculante mediante laudo (Ley 60/2003).
Finalidad Buscar un acuerdo negociado entre las partes. Obtener una decisión final y ejecutable por terceros.
Ejecución El acuerdo puede tener eficacia jurídica si se eleva a documento público o se incorpora en convenio judicial. El laudo puede solicitarse para su ejecución ante los Juzgados competentes.
Regulación principal Ley 5/2012, de 6 de julio (mediación). Ley 60/2003, de 23 de diciembre (arbitraje).

Cómo iniciar mediación o arbitraje en Las Palmas de Gran Canaria

Pasos para iniciar una mediación en Las Palmas de Gran Canaria:

  1. Solicitar acuerdo de mediación entre las partes o remitir la propuesta a un servicio de mediación reconocido; la Ley 5/2012 regula la forma y efectos del acuerdo de inicio.
  2. Designar mediador o programa de mediación; existen servicios tanto públicos como privados y colegiales que ofrecen designaciones y listados.
  3. Celebrar sesiones; si las partes alcanzan acuerdo, formalizarlo por escrito con las firmas y, si se desea, elevarlo a convenio judicial para su homolgación.

Pasos para iniciar un arbitraje en Las Palmas de Gran Canaria:

  1. Comprobar si existe cláusula arbitral en el contrato o acordar someter la disputa al arbitraje de común acuerdo entre las partes (Ley 60/2003).
  2. Designar árbitros conforme a las reglas pactadas; si no hay acuerdo, la ley establece mecanismos de designación forzosa.
  3. Proceder a la celebración del procedimiento arbitral y, una vez dictado el laudo, tramitar su ejecución judicial si fuera necesario ante los Juzgados competentes.

Órganos competentes y particularidades locales

En el ámbito territorial de Las Palmas de Gran Canaria corresponde al Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria la competencia en la tramitación de solicitudes relacionadas con la ejecución de acuerdos y laudos arbitrales a instancia de parte. En la práctica, las peticiones de ejecución de laudos se presentan ante los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial o, en los supuestos que procedan, ante la Audiencia Provincial de Las Palmas para los recursos que la Ley 60/2003 contempla.

Para asuntos laborales relacionados con mediación previa obligatoria o convenios, los trámites pueden implicar a los Juzgados de lo Social de Las Palmas. Si en algún supuesto se requiere intervención mercantil formal, existen Juzgados de lo Mercantil con sede en la provincia para determinados asuntos, por lo que conviene confirmar el órgano concreto según la materia.

El Colegio profesional de referencia es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que dispone de servicios de orientación y listados de abogados con especialización en mediación y arbitraje. Para procedimientos que dependan de normativa autonómica de Canarias conviene consultar también la regulación autonómica aplicable.

Consejos prácticos y advertencia experta

Es recomendable acordar por escrito desde el inicio las reglas procesales (plazos, lengua del procedimiento, número de sesiones o árbitros) porque esa especificación facilita la tramitación y reduce riesgos de impugnación. La falta de reglas claras incrementa las probabilidades de conflicto procesal y de demoras.

Advertencia: un laudo arbitral puede ser ejecutado judicialmente; su impugnación se tramita ante los órganos judiciales competentes conforme a la Ley 60/2003, por lo que aceptar arbitraje sin prever expresamente las reglas procesales puede limitar opciones posteriores de revisión judicial.

Fuentes oficiales

Texto consolidado de la Ley de Mediación: Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (BOE).

Texto consolidado de la Ley de Arbitraje: Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (BOE).

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Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado debo acudir en Las Palmas para pedir la ejecución de un laudo arbitral?

La ejecución de un laudo arbitral en Las Palmas de Gran Canaria se solicita ante los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria; en caso de acciones posteriores de impugnación, la Audiencia Provincial de Las Palmas será el órgano de recurso conforme a la Ley 60/2003.

¿Cómo solicito mediación familiar en Las Palmas de Gran Canaria?

Puedes solicitar mediación a través de los servicios de mediación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP) o mediante servicios públicos y privados acreditados; la mediación familiar se rige por la Ley 5/2012 cuando la materia es civil o mercantil y por protocolos locales cuando intervienen servicios sociales.

¿Existen listados oficiales de mediadores o árbitros en Las Palmas?

Sí: el Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP) y otras instituciones mantienen listados y servicios de designación de mediadores y árbitros; además, las cámaras de comercio y centros arbitrales pueden ofrecer paneles con profesionales habilitados.

¿Puede un abogado de oficio actuar en un procedimiento de mediación en Las Palmas?

Sí. Si te corresponde asistencia jurídica gratuita, el abogado de oficio asignado puede asesorar y, en su caso, representar al beneficiario en actuaciones de mediación o en la fase de homologación judicial del acuerdo, conforme a las condiciones del servicio de justicia gratuita.

¿Qué debo revisar en una cláusula arbitral antes de firmar un contrato en Las Palmas?

Conviene comprobar el número de árbitros, el reglamento aplicable, el lugar del arbitraje, la lengua del procedimiento y las reglas de ejecución; estas previsiones reducen el riesgo de disputas procesales y facilitan la aplicación práctica en Las Palmas de Gran Canaria.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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