Los derechos de los pasajeros frente a retrasos, cancelaciones y pérdida de equipaje están recogidos en el Reglamento (CE) nº 261/2004 y en el Convenio de Montreal de 1999, que regulan indemnizaciones y responsabilidad de la aerolínea. Además, en España puede tramitarse una queja administrativa ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o acudir a los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla para reclamar judicialmente.
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Cómo presentar una reclamación frente a Ethiopian Airlines
Para reclamar directamente a la aerolínea debe presentar primero la reclamación formal ante el servicio de atención al pasajero de Ethiopian Airlines, aportando reserva, tarjeta de embarque y justificantes de gastos. Conserve copia de la reclamación y de cualquier contestación; estos documentos serán prueba en un procedimiento administrativo o judicial.
Si la aerolínea no contesta o rechaza la reclamación, las vías habituales son: 1) presentar una queja ante AESA (vía administrativa) o 2) demandar ante los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla (vía civil). El Reglamento (CE) nº 261/2004 sirve de fundamento legal para las indemnizaciones por retraso o cancelación en vuelos sujetos a ese reglamento.
Documentación imprescindible
Reúna el billete o la confirmación de reserva, tarjetas de embarque, comprobantes de gastos adicionales (alojamiento, transporte, comidas) y cualquier comunicación con la aerolínea. Para equipaje perdido, pida y guarde el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) emitido por la compañía en el aeropuerto.
También incluya documentación que acredite el valor de los bienes reclamados (facturas o albaranes). En los procedimientos civiles estos documentos constituyen la base probatoria; por ejemplo, el PIR es prueba esencial para reclamar bajo el Convenio de Montreal (Convenio de Montreal, art. 31 y ss.).
Indemnizaciones por retrasos y cancelaciones
El Reglamento (CE) nº 261/2004 establece las cuantías de compensación en función de la distancia del vuelo y de la demora en la llegada al destino final: este Reglamento es la referencia para determinar derecho a indemnización en vuelos operados desde o hacia la UE.
Además de la compensación establecida en el Reglamento, el pasajero puede reclamar daños y perjuicios adicionales por gastos demostrados. Si la reclamación no prospera ante la aerolínea, podrá instarse la vía judicial ante los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla, siendo la Audiencia Provincial de Sevilla el órgano de apelación.
Reclamación por equipaje perdido o dañado
Para reclamaciones por equipaje rige, en muchas situaciones internacionales, el Convenio de Montreal (1999), que fija la responsabilidad de la transportista y un plazo de prescripción para acciones por daños (Artículo 35 del Convenio: 2 años desde la fecha de llegada, o desde la fecha en que el pasajero debió haber llegado).
En todo caso, notifique el incidente al llegar y solicite el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR). Si la aerolínea no responde o niega responsabilidad, el reclamante puede acudir a la vía judicial en Sevilla o a mediación/consumo según proceda, aportando PIR y justificantes del valor de los bienes.
Pasos ordenados para reclamar (procedimiento práctico)
- Recopile toda la documentación: billete/reserva, tarjeta de embarque, PIR (si procede) y justificantes de gastos.
- Presente la reclamación formal ante Ethiopian Airlines por escrito y guarde acuse de recibo o copia sellada.
- Si no hay respuesta o la respuesta es insatisfactoria, presente una queja administrativa ante AESA o inicie reclamación judicial ante los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla.
- Consulte con un abogado colegiado en Sevilla para evaluar la vía más eficaz (administrativa, arbitraje de consumo o judicial) y preparar la demanda si procede.
Órganos competentes en Sevilla y colegiación
El Partido Judicial de Sevilla concentra los Juzgados de Primera Instancia de la capital, que son competentes para las reclamaciones civiles frente a aerolíneas cuando se ejercitan acciones por incumplimiento contractual o daños. Para las apelaciones, corresponde la Audiencia Provincial de Sevilla.
Los abogados que representen a clientes en Sevilla deben estar colegiados en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS). No existe en Sevilla un juzgado especializado exclusivo en materia aeronáutica; las reclamaciones civiles se tramitan ante los Juzgados de Primera Instancia correspondientes al domicilio del demandado o al del demandante, según reglas generales de competencia.
Plazos y advertencia experta
Atención al plazo de prescripción: las acciones por daños relacionadas con equipaje están sujetas al plazo de 2 años del Convenio de Montreal (art. 35). Para otras acciones de naturaleza contractual en España, la acción prescribe a los cinco años según el artículo 1964 del Código Civil.
Si no se reclama dentro de estos plazos puede perderse el derecho a obtener indemnización. Por eso es recomendable iniciar el trámite documental y administrativo cuanto antes tras el incidente.
Tabla comparativa: vías para reclamar
| Vía | Qué ofrece | Dato concreto | Cuándo elegirla |
|---|---|---|---|
| Reclamación directa a la aerolínea | Solicitud de compensación y reembolso ante Ethiopian Airlines | Debe iniciarse presentando formulario o escrito ante el servicio de atención al pasajero de la aerolínea y conservarse copia | Primera opción; obligatoria como paso previo en muchos casos |
| Queja ante AESA | Intervención administrativa y constatación de incumplimientos del Reglamento (CE) nº 261/2004 | AESA es el organismo estatal competente para la supervisión del cumplimiento del Reglamento (CE) nº 261/2004 en España | Cuando la aerolínea no responde o se niega a reconocer derechos |
| Vía judicial (Juzgados de Primera Instancia) | Demanda civil para obtener indemnización o cumplimiento | La acción para exigir obligaciones prescribe a los cinco años (art. 1964 Código Civil) | Si la aerolínea rechaza la reclamación o se necesita ejecución judicial |
| Arbitraje/consumo | Procedimientos alternativos de resolución de conflictos | El sistema arbitral o de consumo puede emplearse si existe convenio o el consumidor lo solicita | Para resolver sin pleito y con costes y tiempos más contenidos |
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Para tramitar una reclamación compleja en Sevilla conviene contar con un abogado colegiado (ICAS) que evalúe pruebas, plazos y la vía más eficaz. Recuerde que los plazos de prescripción y las normas aplicables (Reglamento (CE) nº 261/2004 y Convenio de Montreal) determinan opciones y tiempos para actuar.
Preguntas frecuentes
¿Ante qué Juzgado de Sevilla presento la demanda si Ethiopian Airlines no responde?
Debe demandarse en los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Sevilla que correspondan por domicilio del demandado o por las reglas generales de competencia; en segunda instancia conocerá la Audiencia Provincial de Sevilla.
¿Puedo presentar la queja ante AESA desde Sevilla y qué efecto tiene?
Sí: la queja se presenta ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y su intervención sirve para constatar incumplimientos del Reglamento (CE) nº 261/2004, si bien no sustituye la acción judicial privada para obtener indemnizaciones adicionales.
Si compré el billete en una agencia de viajes en Sevilla, ¿contra quién reclamo?
Puede reclamarse frente a la transportista que operó el vuelo (Ethiopian Airlines) y, en su caso, frente a la agencia por incumplimiento contractual según circunstancias del contrato; conviene analizar contratos y recibos con un abogado.
¿Cuál es el plazo máximo para reclamar por equipaje perdido si salgo desde Sevilla?
Las acciones por daños relativas al equipaje sujetas al Convenio de Montreal prescriben a los 2 años desde la fecha de llegada o desde la fecha en que el pasajero debió haber llegado (Convenio de Montreal, art. 35).
¿Cómo puedo comprobar si un abogado está colegiado en Sevilla (ICAS)?
Puede solicitar el número de colegiado al abogado y comprobar su inscripción consultando los servicios del Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla (ICAS) o mediante los cauces oficiales que el Colegio ofrezca a los ciudadanos.
Contenido elaborado con apoyo de IA. Carácter informativo. Consulte con un abogado colegiado. Última revisión: Agosto 2026.
