Abogados en Las Palmas de Gran Canaria para reclamar comisiones hipotecarias

En Las Palmas de Gran Canaria las reclamaciones por comisiones o gastos hipotecarios se suelen tramitar ante los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria; la acción para reclamar cantidades tiene un plazo de prescripción de 5 años según el artículo 1964 del Código Civil.

Tipo de reclamación Órgano competente Plazo relevante
Reclamación extrajudicial ante la entidad Servicio de atención al cliente del banco; queja ante el Banco de España No existe un plazo legal único; conviene presentar la reclamación antes de iniciar la vía judicial
Demanda por cantidades (reintegro de comisiones/gastos) Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria Plazo de prescripción de 5 años (art. 1964 Código Civil)
Impugnación de cláusulas abusivas Juzgado de Primera Instancia; apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas Actuación judicial ordinaria; recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas

Órganos y recursos locales en Las Palmas

Las demandas civiles por comisiones hipotecarias se presentan ante los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria; en segunda instancia corresponde la Audiencia Provincial de Las Palmas. Para asuntos afectando a la interpretación de normativa hipotecaria cabe acudir, en última instancia, al Tribunal Supremo.

En materia de asistencia profesional, el órgano de referencia local es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (ICALP), que facilita listados de abogados colegiados y servicios de orientación para asuntos civiles y de consumo.

Marco legal aplicable y fuentes oficiales

Las reclamaciones por cláusulas abusivas y por incumplimientos informativos se dirigen dentro del marco del Código Civil, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) y la Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario (BOE 16-03-2019), que regula obligaciones de transparencia y obligaciones precontractuales. Puede consultarse el texto de la Ley de contratos de crédito inmobiliario en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2019/03/15/5

Para información sobre la organización judicial y localización de juzgados puede consultarse el Consejo General del Poder Judicial en https://www.poderjudicial.es y el Ministerio de Justicia en https://www.mjusticia.gob.es.

Pasos para reclamar comisiones hipotecarias desde Las Palmas (procedimiento habitual)

  1. Recopilar documentación: contrato de préstamo hipotecario, escrituras, facturas de gastos, pólizas de seguros y extractos bancarios relacionados con las comisiones.
  2. Reclamación extrajudicial: presentar queja por escrito al servicio de atención al cliente de la entidad y conservar acuse de recibo; si no se repone la situación, elevar la queja al Banco de España.
  3. Evaluación legal: encargar a un abogado la revisión detallada del contrato y de las comisiones para determinar si existe abusividad o falta de transparencia conforme a la Ley 5/2019 y la normativa de consumidores.
  4. Negociación: intento de acuerdo con la entidad para devolución o compensación; constar por escrito todas las propuestas y rechazos.
  5. Demanda judicial: si no hay acuerdo, interponer demanda en el Juzgado de Primera Instancia competente del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

Advertencia experta

Si no se ejercita la acción judicial dentro del plazo de prescripción aplicable, perderá la posibilidad de reclamar las cantidades; la prescripción aplicable a estas acciones suele ser de 5 años según el artículo 1964 del Código Civil. Por tanto, actúe con diligencia para no ver extinguido su derecho.

Particularidades prácticas para tramitar desde Las Palmas

Al presentar la demanda en Las Palmas, la práctica habitual exige dirigirla al Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandante o del inmueble hipotecado, según la LEC. En la provincia de Las Palmas existen varios juzgados civiles; en procedimientos complejos que afecten a múltiples prestatarios puede ser necesaria coordinación entre juzgados o declaraciones periciales técnicas.

En las gestiones previas, es frecuente que el banco solicite documentación adicional; guarde copia de todas las comunicaciones y, si utiliza burofax o notificación certificada, conserve el justificante, ya que son medios aceptados por los juzgados.

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Preguntas frecuentes

¿Qué Juzgado de Las Palmas debo elegir para presentar una demanda por comisiones hipotecarias?

En general la demanda se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial correspondiente al domicilio del demandante o al lugar del inmueble hipotecado; en Las Palmas ello supone dirigir la demanda a los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

¿Es obligatorio reclamar antes al servicio de atención del banco en Las Palmas antes de acudir a los tribunales?

No es estrictamente obligatorio para iniciar una demanda, pero sí es una práctica recomendada y a menudo exigida por los jueces como intento previo de resolución; además, constituirá prueba documental útil si se termina en juicio.

¿Puedo presentar la reclamación ante el Banco de España desde Las Palmas y cuánto tarda una resolución indicativa?

Sí, puede elevarse la queja al Banco de España tras agotar el trámite con la entidad; la resolución del Banco de España es de carácter no vinculante para el banco, y los tiempos varían, por lo que conviene registrar la reclamación cuanto antes.

¿Qué documentos debo aportar al Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas para una demanda por comisiones hipotecarias?

Contrato de préstamo, escrituras, facturas y justificantes de los gastos reclamados, extractos bancarios donde figuren las comisiones, copias de las reclamaciones previas al banco y cualquier comunicación escrita recibida de la entidad.

Si pierdo en Primera Instancia en Las Palmas, ¿qué órgano conozco del recurso?

El recurso de apelación recae en la Audiencia Provincial de Las Palmas; dicha sala revisará tanto hechos como derecho en función de los pronunciamientos admitidos en la demanda y en la sentencia.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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