Abogados especialistas en concursos de acreedores en Las Palmas de Gran Canaria

En Las Palmas de Gran Canaria los concursos de acreedores se rigen por el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) y se tramitan ante los órganos jurisdiccionales competentes de la provincia, principalmente los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria (fuente: BOE).

Aspecto Concurso voluntario Concurso necesario
Quién lo insta El deudor o sus administradores (iniciativa propia). Un acreedor, el Ministerio Fiscal o el juez por petición ajena.
Objetivo Buscar convenio o reestructuración para continuidad empresarial. Determinar la situación de insolvencia y, si procede, abrir la fase común.
Órgano competente (provincia) Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria. Idem: Juzgados de lo Mercantil o, subsidiariamente, Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

¿Qué es un concurso de acreedores?

El concurso de acreedores es el procedimiento judicial regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, BOE) destinado a resolver la situación de insolvencia del deudor mediante la coordinación y satisfacción ordenada de los acreedores.

En la práctica incluye fases y medidas (fase común, convenio y liquidación) previstas en la Ley Concursal y exige la intervención de órganos jurisdiccionales competentes y, si procede, de un administrador concursal designado por el juez.

Por qué conviene un abogado especializado en Las Palmas de Gran Canaria

Un abogado con experiencia en derecho concursal en Las Palmas conoce la casuística local y los Juzgados de lo Mercantil de la provincia, además de las prácticas habituales en los distintos partidos judiciales. Para asesoramiento colegiado puede consultarse al Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALP).

El profesional prepara la documentación exigida por el Juzgado (memoria, inventario de bienes, lista de acreedores, estados contables) y articula las peticiones procesales conforme a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley Concursal, lo que resulta determinante para la aceptación y la tramitación del expediente judicial.

Pasos básicos para tramitar un concurso en Las Palmas de Gran Canaria

  1. Valoración previa: análisis contable y jurídico de la situación para decidir la vía adecuada (concurso voluntario o negociación previa con acreedores).

  2. Preparación de documentación: elaboración de la memoria, estados financieros y lista de acreedores exigidos por la Ley Concursal (artículos relativos a la documentación inicial del deudor en el Texto Refundido).

  3. Presentación de la solicitud ante el Juzgado competente en la provincia de Las Palmas de Gran Canaria, acompañando la documentación requerida.

  4. Fase común: práctica de actuaciones iniciales, posible nombramiento de administrador concursal y elaboración de un informe sobre la masa activa y pasiva.

  5. Negociación de convenio o apertura de la fase de liquidación según la viabilidad económica detectada.

  6. Ejecución del acuerdo o liquidación supervisada por el Juzgado y el administrador concursal.

Tribunales y órganos competentes en Las Palmas de Gran Canaria

En el ámbito provincial, la competencia para conocer de los concursos de acreedores corresponde, en primer lugar, a los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria; dicha competencia está regulada por la Ley Concursal y las normas de competencia territorial (consultar también la información del Consejo General del Poder Judicial para la ubicación de los órganos).

El marco documental y las notificaciones se remiten habitualmente al registro del Juzgado Mercantil correspondiente del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria; si en un momento dado no existiera órgano mercantil específico para un asunto concreto, la competencia se atribuye a los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial, conforme a las reglas de distribución competencial.

Consecuencias principales y alternativas al concurso

Las soluciones que pueden surgir en un concurso son, entre otras, la aprobación de un convenio con quitas y/o esperas o, en su caso, la liquidación ordenada del patrimonio del deudor, ambas reguladas en el Texto Refundido de la Ley Concursal.

Como alternativa al concurso, en muchos supuestos se valora la negociación extrajudicial con los acreedores antes de la presentación judicial; sin embargo, la elección entre convenio o liquidación depende de la viabilidad económica real y del pronunciamiento del Juzgado competente.

Advertencia experta: la correcta presentación y la veracidad de la documentación inicial son determinantes para la tramitación. La calificación del concurso y la existencia de conductas reprochables por parte de administradores pueden conllevar responsabilidades civiles o concursales conforme a lo establecido en la Ley Concursal.

Fuentes oficiales: Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/05/05/1) y sitio web del Consejo General del Poder Judicial (https://www.poderjudicial.es).

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Preguntas frecuentes

¿Qué juzgado tramita un concurso si la empresa tiene su sede en Las Palmas de Gran Canaria?

Los concursos de empresas con sede en Las Palmas de Gran Canaria se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia; en su defecto la competencia recae en los Juzgados de Primera Instancia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

¿Puede un acreedor instar un concurso necesario contra una sociedad con domicilio en Las Palmas?

Sí: un acreedor puede solicitar la apertura del concurso necesario ante el Juzgado de lo Mercantil correspondiente, conforme a las reglas de la Ley Concursal; el Juzgado valorará la existencia de la insolvencia y los requisitos procesales.

¿Dónde puedo localizar abogados especializados en derecho concursal en Las Palmas?

Puede consultar los servicios del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALP) para orientación y listados de letrados especializados en derecho concursal y reestructuraciones en la provincia.

¿Qué diferencia práctica hay entre negociar un convenio y optar por la liquidación en un concurso en Las Palmas?

El convenio busca acuerdos con acreedores para continuidad (quitas o esperas), mientras que la liquidación implica enajenación de activos para pago ordenado de la masa pasiva; la Ley Concursal regula ambos procesos y el Juzgado decide la trayectoria procesal según la viabilidad.

¿Un autónomo domiciliado en Gran Canaria puede solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI)?

Sí, la Ley Concursal prevé la exoneración del pasivo insatisfecho para deudores persona física que cumplan los requisitos legales; su concesión depende del cumplimiento de los requisitos y del pronunciamiento judicial conforme al Texto Refundido de la Ley Concursal.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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