En los conflictos laborales individuales, la conciliación previa suele ser un trámite necesario antes de presentar demanda: la papeleta se presenta ante el servicio administrativo competente y puede afectar al cómputo de los plazos de reclamación. En Gijón, la conciliación laboral administrativa corresponde a la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC) del Principado de Asturias; si no hay acuerdo, los asuntos laborales corresponden a los Juzgados de lo Social del partido judicial de Gijón.
Qué es la conciliación laboral previa y cuándo se exige
La conciliación previa permite que trabajador y empresa intenten resolver una controversia antes de iniciar el procedimiento judicial. La regula la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social (LRJS), en particular sus artículos 63 a 68. Puede ser exigible en reclamaciones como despidos, salarios u otros derechos laborales, salvo los supuestos exceptuados expresamente por la ley.
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La conciliación administrativa ante la UMAC no es lo mismo que una conciliación celebrada durante un procedimiento judicial. La primera es un trámite previo; la segunda puede producirse dentro del proceso ante el órgano judicial. En Asturias, los conflictos colectivos cuentan además con vías de solución extrajudicial propias, como el Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos (SASEC); no debe confundirse ese ámbito con la reclamación individual ante la UMAC.
| Trámite | Dónde se realiza | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Conciliación administrativa individual | UMAC del Principado de Asturias | Intentar un acuerdo antes de presentar demanda laboral, cuando la ley exige el trámite. |
| Conciliación judicial | Ante el órgano judicial que conoce del procedimiento | Explorar un acuerdo durante el proceso; la LRJS regula la conciliación judicial en su artículo 84. |
| Solución extrajudicial de conflictos colectivos | Servicio y procedimientos propios del ámbito colectivo en Asturias | Tramitar conflictos colectivos conforme a sus reglas específicas, sin sustituir automáticamente la papeleta individual. |
Cómo iniciar el trámite desde Gijón
La persona trabajadora presenta una papeleta de conciliación ante la UMAC competente. Debe identificar a las partes, indicar el centro o lugar de trabajo cuando sea relevante, describir los hechos y concretar qué solicita. En una reclamación por despido conviene precisar la fecha y la decisión empresarial; en una reclamación de cantidad, identificar los conceptos reclamados y los periodos correspondientes.
La solicitud debe guardar coherencia con la demanda que podría presentarse después. Una exposición ambigua o la omisión de una pretensión puede complicar la discusión posterior. Para preparar el trámite suelen ser útiles la carta de despido, el contrato, las nóminas, la comunicación empresarial y los documentos que acrediten la reclamación. La presentación debe hacerse por los canales que admita la Administración del Principado y conservarse el justificante con fecha y contenido.
- Determinar la acción y el plazo. Comprueba si se reclama un despido, salarios u otro derecho, porque el plazo aplicable depende de la acción ejercitada.
- Redactar la papeleta. Identifica a trabajador y empresa, explica los hechos de manera ordenada y formula una petición concreta.
- Presentarla ante la UMAC. Guarda el resguardo de registro y cualquier citación recibida.
- Acudir al acto. Comparece en la fecha señalada, con identificación y documentación útil, y revisa con atención cualquier propuesta de acuerdo.
- Continuar por vía judicial si no hay avenencia. Si el conflicto sigue abierto, se puede presentar demanda ante los Juzgados de lo Social competentes, respetando el plazo restante.
Plazos laborales y efectos de presentar la papeleta
La presentación de la solicitud de conciliación interrumpe la prescripción y suspende los plazos de caducidad en los términos del artículo 65 LRJS. Como referencia importante, la acción contra el despido está sujeta, con carácter general, a un plazo de caducidad de 20 días hábiles, conforme al artículo 103 LRJS. Las reclamaciones de cantidades salariales tienen, como regla general, un plazo de prescripción de un año previsto en el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.
El cómputo no debe hacerse suponiendo que la presentación concede un plazo nuevo completo para demandar. El artículo 65 LRJS regula cuándo se reanuda el cómputo, tanto si se celebra el acto como si transcurre el periodo legal sin celebrarse. Por eso, hay que anotar la fecha de presentación y la del intento de conciliación y calcular el plazo concreto según la acción ejercitada.
Advertencia sobre el despido: los 20 días hábiles son un plazo de caducidad. Esperar a que llegue una citación sin controlar la fecha de reanudación puede dejar sin tiempo para presentar la demanda. Si la conciliación termina sin acuerdo, la demanda laboral se presenta ante el órgano judicial competente; en Gijón, corresponde conocer de estos asuntos a los Juzgados de lo Social del partido judicial de Gijón.
Qué ocurre en el acto y qué valor tiene el acuerdo
En la comparecencia, las partes pueden aceptar una propuesta, negociar otra solución o mantener sus posiciones. El resultado se recoge en el acta: puede constar acuerdo, falta de acuerdo o que el acto no se celebró. Si la parte citada no comparece, la ausencia no equivale por sí sola a que la otra parte haya ganado el conflicto; el trámite puede tenerse por intentado y el procedimiento continuar conforme a la LRJS.
Un acuerdo formalizado en conciliación tiene efectos jurídicos y puede ser exigible. El artículo 68 LRJS reconoce fuerza ejecutiva al acuerdo alcanzado en conciliación o mediación, con las condiciones previstas legalmente. Antes de firmar, conviene comprobar qué conceptos quedan incluidos, qué obligaciones asume cada parte, las fechas de cumplimiento y si el texto supone renunciar a otras reclamaciones.
Representación y continuación ante los Juzgados de lo Social de Gijón
La intervención de abogado no es obligatoria con carácter general para presentar una papeleta de conciliación, pero un profesional laboralista puede revisar la acción, los plazos y la redacción de la reclamación. También puede asistir en la negociación y comprobar las consecuencias de firmar un acuerdo. Si se solicita asesoramiento, es recomendable pedir por escrito el alcance del encargo y el presupuesto, ya que los servicios y su coste dependen del trabajo requerido y de las condiciones acordadas.
Si no hay acuerdo, la demanda se dirige al órgano judicial social competente y debe exponer los hechos, la petición y los documentos pertinentes. Para asuntos de competencia territorial de Gijón, el órgano jurisdiccional es el de lo Social del partido judicial de Gijón. La organización colegial profesional correspondiente es el Ilustre Colegio de la Abogacía de Oviedo (ICA Oviedo), dentro del ámbito territorial de Asturias.
Normativa y recursos relacionados
Las reglas principales están en la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, especialmente en sus artículos 63 a 68 sobre conciliación previa, efectos y ejecución, y en el artículo 103 para la acción de despido. Para reclamaciones laborales también debe consultarse el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015. Ambos textos oficiales pueden localizarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El directorio local contiene los siguientes perfiles y recursos relacionados. La inclusión de un perfil en el directorio no acredita por sí misma una especialidad concreta en conciliación laboral.
- Jaime Junquera Quintana — ver perfil
- Sofia Duart Álvarez de Cienfuegos — ver perfil
- Villamil Abogados — ver perfil
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Preguntas frecuentes
¿La UMAC de Asturias tramita también conflictos laborales colectivos?
La UMAC se ocupa de conciliaciones administrativas individuales. Para conflictos colectivos existen vías específicas, entre ellas el Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos (SASEC); hay que identificar primero si la controversia afecta a una persona o a un colectivo.
¿Puedo presentar electrónicamente una papeleta de conciliación desde Gijón?
La presentación debe realizarse por los canales que tenga habilitados la Administración del Principado de Asturias para este trámite. Antes de registrarla, comprueba los requisitos de identificación electrónica y conserva el justificante, porque acredita la fecha de presentación.
¿Qué debo comprobar si la empresa propone pagar una cantidad en la conciliación?
Revisa si la cantidad cubre todos los conceptos reclamados, el periodo al que corresponde, cuándo se pagará y qué efecto tiene el acuerdo sobre otras pretensiones. No firmes un texto cuyo alcance o calendario de cumplimiento no esté claro.
¿El acuerdo alcanzado ante la UMAC puede exigirse si la empresa no cumple?
El acuerdo formalizado en conciliación puede tener fuerza ejecutiva conforme al artículo 68 de la Ley reguladora de la jurisdicción social. Si se incumple, la parte interesada puede valorar la ejecución por los cauces judiciales previstos para ese título.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
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