Convenio regulador en Málaga: contenido y aprobación judicial

En los procedimientos de separación o divorcio de mutuo acuerdo, el convenio regulador debe acompañar a la demanda y queda sujeto a control judicial cuando hay hijos menores o medidas que requieren aprobación. En Málaga, la competencia territorial se determina conforme al artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), y el órgano judicial debe comprobar que lo pactado respeta la ley y, en particular, el interés de los hijos.

Qué regula el convenio y qué normas se aplican

El convenio fija las consecuencias personales y económicas de la ruptura: cuidado de los hijos, régimen de estancias y comunicaciones, contribución a sus gastos, uso de la vivienda familiar y, cuando proceda, liquidación del régimen económico matrimonial. El artículo 90 del Código Civil establece el contenido mínimo y permite que el acuerdo incorpore otras medidas acordadas por las partes.

En Málaga se aplican las reglas estatales del Código Civil y de la LEC. Andalucía no cuenta con un régimen civil autonómico propio que sustituya estas normas sobre separación y divorcio. El acuerdo no puede dejar sin protección a los hijos ni contener cláusulas contrarias a la ley; una redacción ambigua también puede dificultar su cumplimiento y dar lugar a un procedimiento posterior.

Materia Qué conviene concretar Referencia legal
Hijos Guarda y custodia, estancias, comunicaciones y forma de adoptar decisiones relevantes. Artículos 90 y 92 del Código Civil
Alimentos Quién contribuye, cómo se abona la pensión y cómo se distribuyen los gastos ordinarios y extraordinarios. Artículos 90 y 93 del Código Civil
Vivienda familiar Uso de la vivienda y, cuando corresponda, duración o condiciones de ese uso. Artículo 96 del Código Civil
Bienes y cargas Liquidación del régimen económico matrimonial, si se incluye en el acuerdo, y reparto de obligaciones comunes. Artículo 90 del Código Civil

Cómo se tramita la aprobación en Málaga

En 2026, los asuntos civiles se tramitan en el Tribunal de Instancia correspondiente; en Málaga, el procedimiento se presenta ante el Tribunal de Instancia de Málaga y se asigna a la plaza con competencia en familia que corresponda. La competencia territorial en los procesos matrimoniales se determina por el artículo 769 LEC. En los procedimientos de mutuo acuerdo, la ley permite acudir, entre otros fueros previstos en ese artículo, al último domicilio común o al domicilio de cualquiera de los solicitantes.

La tramitación judicial del divorcio o la separación de mutuo acuerdo se regula principalmente en el artículo 777 LEC. Si existen hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, el convenio debe someterse al control judicial. El juez puede denegar las cláusulas perjudiciales para los hijos o gravemente dañosas para uno de los cónyuges y pedir que se presente una nueva propuesta.

  1. Preparar el acuerdo. Las partes concretan las medidas y reúnen la documentación necesaria para acreditar el matrimonio, la situación familiar y, en su caso, los datos económicos relevantes.
  2. Presentar la solicitud conjunta. Se presenta la demanda de mutuo acuerdo con el convenio y los documentos exigidos por el artículo 777 LEC ante el órgano competente según el artículo 769.
  3. Ratificarse ante el juzgado. El juzgado cita a los cónyuges para que confirmen por separado que mantienen su solicitud y el contenido del acuerdo.
  4. Obtener resolución y cumplir las medidas. Si el convenio supera el control judicial, la resolución lo aprueba en lo que corresponda. Las medidas aprobadas son exigibles y su incumplimiento puede dar lugar a una ejecución judicial.

Qué revisar antes de firmar

Las cláusulas sobre hijos deben describir un calendario comprensible, indicar cómo se organizan las entregas y prever la comunicación durante las estancias. También es conveniente aclarar cómo se consultarán decisiones importantes sobre salud o educación. El artículo 92 del Código Civil regula la decisión judicial sobre la guarda y custodia, que debe atender al interés superior del menor.

En materia económica, el convenio debe distinguir la pensión de alimentos de otros gastos y establecer un sistema claro de pago y justificación de los gastos extraordinarios. Respecto de la vivienda, el artículo 96 del Código Civil regula su atribución, con especial atención a la situación de los hijos. Una cifra o fórmula que no se corresponda con las necesidades acreditables puede ser cuestionada durante la aprobación judicial.

Si no hay acuerdo o el juzgado no aprueba una cláusula

Si las partes no alcanzan un acuerdo sobre una o varias medidas, el procedimiento de mutuo acuerdo puede no ser viable en esos términos y habrá que valorar la vía contenciosa. El juez decidirá las cuestiones discutidas con base en las pruebas y en las reglas del Código Civil; si hay menores, su interés debe guiar la decisión. La negociación o la mediación pueden ayudar a resolver puntos concretos, pero no sustituyen la aprobación judicial cuando esta es legalmente necesaria.

Si el juzgado considera que una cláusula no puede aprobarse, debe explicarse qué aspecto debe corregirse. Las partes pueden presentar una propuesta nueva dentro del procedimiento conforme al artículo 777 LEC. Si la resolución deniega la aprobación y no se alcanza un acuerdo, las partes conservan la posibilidad de promover el procedimiento que corresponda para que se decidan las medidas en disputa.

Advertencia: una vez aprobadas judicialmente, las medidas no deben cambiarse por un acuerdo informal. Para modificar medidas definitivas se requiere una resolución judicial, conforme al artículo 775 LEC, y deben acreditarse circunstancias relevantes que justifiquen la modificación. Ignorar el convenio aprobado puede permitir a la otra parte solicitar su ejecución.

Modificación, incumplimiento y coste del asesoramiento

El artículo 775 LEC permite solicitar la modificación de medidas definitivas cuando hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas. La petición se presenta ante el tribunal que acordó las medidas, salvo los supuestos legalmente previstos. La solicitud debe identificar qué ha cambiado y aportar documentos que permitan valorar la necesidad de modificar la custodia, los alimentos u otra medida.

Ante un incumplimiento, la persona afectada puede pedir la ejecución de la resolución que aprobó el convenio ante el órgano judicial competente. Conviene conservar justificantes de pagos, comunicaciones y cualquier documento relacionado con la obligación incumplida. El coste de la asistencia letrada depende de si el asunto es de mutuo acuerdo o contencioso, de las medidas que se discuten y de la documentación necesaria; antes de contratar, es recomendable solicitar un presupuesto por escrito con el alcance del trabajo y los posibles conceptos adicionales.

Fuentes oficiales y recursos relacionados

Las referencias normativas principales son los artículos 81, 86, 90, 92, 93 y 96 del Código Civil, y los artículos 769, 775 y 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los textos oficiales pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en las versiones consolidadas del Código Civil y de la LEC. Para una consulta local sobre la organización colegial, el Colegio de la Abogacía de Málaga es el organismo profesional provincial de referencia.

También pueden consultarse estos recursos de asesor.legal sobre otros asuntos jurídicos: información sobre testamentos vitales y conflictos entre hermanos relacionados con testamentos. La página general de Asesor.Legal reúne más información jurídica.

Preguntas frecuentes

¿Qué órgano tramita un divorcio de mutuo acuerdo si ambos cónyuges tienen su domicilio en Málaga?

La solicitud se presenta ante el órgano civil competente del Tribunal de Instancia de Málaga, de acuerdo con los fueros territoriales del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La asignación concreta corresponde al juzgado o plaza con competencia en familia.

¿Se aplica en Málaga una norma civil andaluza específica al convenio regulador?

Las medidas del convenio regulador de separación y divorcio se rigen por el Código Civil estatal y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Andalucía no dispone de un régimen civil autonómico propio que sustituya esas reglas familiares.

¿Puede presentarse en Málaga un convenio regulador si uno de los cónyuges vive fuera de la provincia?

La competencia no depende únicamente de que uno de los cónyuges viva en Málaga. El artículo 769 LEC establece los fueros aplicables a los procedimientos matrimoniales de mutuo acuerdo; deben revisarse el último domicilio común y los domicilios de quienes presentan conjuntamente la solicitud.

¿Qué ocurre si el convenio presentado en Málaga contiene una cláusula que perjudica a un hijo menor?

El juez puede denegar la aprobación de esa cláusula si resulta perjudicial para los hijos y requerir a las partes una nueva propuesta. El control judicial se basa en el interés del menor y en las reglas del artículo 90 del Código Civil y del artículo 777 LEC.


Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.

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