En Madrid las reclamaciones civiles por infracción de patentes deben tramitarse ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid; además, la protección administrativa se canaliza a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y la normativa básica aplicable a las patentes es la Ley 24/2015, de Patentes.
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Actuaciones iniciales y órgano competente
El primer paso es identificar el órgano competente: las reclamaciones civiles por infracción de patentes normalmente se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid cuando la conducta infractora tiene efectos comerciales en esta provincia. Para la vía penal corresponderían los Juzgados de Instrucción y, en su caso, los Juzgados de lo Penal. Además, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) puede orientar sobre letrados especializados y turnos de oficio en la materia.
En paralelo conviene recabar documentación registral de la patente (certificado de la OEPM o título equivalente) y conservar muestras, fotografías, albaranes o comunicaciones comerciales que muestren la producción o venta del producto presuntamente infractor; estos elementos serán decisivos para la valoración inicial del caso.
Pasos procesales recomendados (ordenados)
- Recopilar y custodiar pruebas: imágenes, muestras, contratos y certificados registrales.
- Solicitar diligencias preliminares ante el Juzgado competente si se teme pérdida de prueba.
- Valorar medidas extrajudiciales (cese, negociación, acuerdos de licencia).
- Si procede, presentar demanda en el Juzgado de lo Mercantil solicitando medidas cautelares.
- Seguir el procedimiento civil o, si concurre ilícito penal, presentar denuncia ante la Fiscalía o Juzgado de Instrucción.
Cada paso debe documentarse en escrito público o mediante copia autenticada cuando sea posible para facilitar su incorporación al proceso judicial.
Estrategias de defensa y medidas cautelares
Las principales estrategias pasan por la negociación extrajudicial y, en su caso, la vía judicial. En el proceso civil es habitual solicitar medidas cautelares para paralizar la fabricación, distribución o puesta en el mercado de los productos presuntamente infractores; estas medidas se solicitan al presentar la demanda o en incidente cautelar ante el Juzgado competente.
La concesión de una medida cautelar exige que el solicitante acredite indicios razonables del derecho (fumus boni iuris) y el riesgo de daño irreparable (periculum in mora); estos requisitos son valorados por el juez a la vista de la documentación presentada y de la naturaleza de la patente objeto de controversia.
Diligencias preliminares: finalidad y práctica en Madrid
Las diligencias preliminares sirven para preservar y obtener prueba antes de iniciar la demanda. En la práctica se solicitan mediante un escrito al Juzgado competente —habitualmente al Juzgado de lo Mercantil que atienda el asunto— y pueden consistir en la inspección judicial de locales, la toma de muestras o la práctica de pruebas anticipadas.
En Madrid es frecuente que estas diligencias se pidan con carácter urgente cuando existen indicios de destrucción o alteración de pruebas; su adopción facilita la posibilidad de pedir medidas cautelares posteriormente, ya que el juez podrá comprobar la existencia del perjuicio y la entidad de la infracción.
Documentación habitual para diligencias y demandas
Los documentos que suelen acompañar una solicitud de diligencias preliminares o una demanda por infracción en Madrid incluyen: certificado registral de la patente expedido por la OEPM, muestras o fotografías del producto presuntamente infractor, contratos comerciales, facturas o comunicaciones que muestren la explotación del derecho y peritajes técnicos cuando existan. La ausencia de título registral exige explicar claramente la titularidad y el fundamento del derecho invocado.
Es aconsejable que toda la documentación esté ordenada cronológicamente y aportada en copia compulsada o con la indicación de su lugar de custodia para facilitar su incorporación al procedimiento.
| Vía | Medida típica | Órgano | Cuando usarla |
|---|---|---|---|
| Extrajudicial | Carta de cese y desistimiento / negociación | No jurisdiccional | Antes de litigar, para acuerdos rápidos |
| Civil | Medidas cautelares y demanda por infracción | Juzgados de lo Mercantil de Madrid | Cuando se busca prohibir la actividad y reclamar daños |
| Administrativa | Recursos frente a actos registrales / acciones ante la OEPM | OEPM (vía administrativa) | Para cuestiones registrales y recursos administrativos |
Advertencia experta
Si no se actúa con rapidez para preservar la prueba, existe el riesgo real de que ésta desaparezca o pierda valor probatorio y, como consecuencia, disminuyan las opciones de obtener medidas cautelares en sede civil que detengan la actividad infractora.
Por ello, cuando se detecta la infracción, conviene custodiar evidencia y, si procede, solicitar diligencias preliminares al Juzgado antes de iniciar la demanda para evitar la pérdida de elementos probatorios.
Recursos y materiales de referencia
La OEPM es la referencia administrativa para el registro y consulta de patentes en España y dispone de guías y plataformas informativas sobre lucha contra la falsificación. Para el asesoramiento jurídico procesal en Madrid puede consultarse al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y dirigirse a los Juzgados de lo Mercantil de la provincia para iniciar acciones civiles.
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Preguntas frecuentes
¿Qué Juzgado de lo Mercantil de Madrid debo elegir si el presunto infractor tiene sede fuera de Madrid?
La competencia territorial se determina por las reglas de la jurisdicción civil; si el demandado tiene domicilio fuera de Madrid puede corresponder a los Juzgados de lo Mercantil del lugar donde ejerce la actividad o tiene establecimiento, por lo que es necesario verificar la situación concreta antes de presentar la demanda.
¿Cómo se solicita una diligencia preliminar en un Juzgado de Madrid y qué documentación mínima exige el Juzgado?
La solicitud se formula mediante escrito motivado al Juzgado competente aportando indicios de la infracción y describiendo la prueba que se necesita (muestras, inspección de locales o documentación). Es preciso identificar la patente con el título o, en su defecto, aportar documentación que acredite la titularidad y los hechos fundantes.
¿Puedo pedir en Madrid la suspensión inmediata de la producción de un artículo mientras se tramita la demanda?
Sí; en la vía civil puede solicitarse la adopción de medidas cautelares tendentes a paralizar la fabricación o comercialización, siempre que se acrediten los indicios del derecho y el riesgo de lesión grave o irreparable que justifique la adopción urgente de la medida.
¿Qué papel tiene la OEPM cuando detecto una infracción de patente en Madrid?
La OEPM no resuelve litigios civiles por infracción, pero ofrece servicios administrativos como la expedición de certificados registrales, recursos administrativos y herramientas informativas (por ejemplo, campañas y guías sobre falsificaciones) que sirven para acreditar la situación registral y orientar actuaciones.
¿Existe vía penal en Madrid para casos graves de falsificación o usurpación de patentes?
En determinados supuestos puede concurrir responsabilidad penal por delitos contra la propiedad industrial recogidos en el Código Penal; esos casos se tramitan inicialmente ante los Juzgados de Instrucción y la Fiscalía, y conviene evaluar la concurrencia de elementos del delito antes de acudir a la vía penal.
Contenido generado con inteligencia artificial. Tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado. Última revisión: agosto de 2026.
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