# Sucesión en México: testamento e intestado

Fuente: https://asesor.legal/mx/guias/sucesion/
Última revisión: 2026-10-31
Publicado por: Asesor.Legal México (Neurogestión SL)

> Conceptos de herencia y testamento, cuándo se abre el intestado y diferencias reales entre códigos estatales. Con el Código Civil Federal como referencia.

## Respuesta rápida

- La herencia se rige por el **código de cada estado**. Aquí el Código Civil Federal sirve solo como referencia.
- Si hay testamento válido, se sigue la voluntad de quien lo otorgó dentro de la ley. Si no, se abre por lo general la herencia legítima o intestado.
- Las **formas de testamento no coinciden** en todos los códigos leídos.
- Si el trámite es notarial o judicial, y cuánto cuesta, depende de su estado y su caso.

Esta guía explica los conceptos básicos y muestra diferencias reales entre códigos consultados el 1 de noviembre de 2026. No determina quién hereda en un caso concreto.

## ¿Qué es la herencia y qué es el testamento?

El [Código Civil Federal](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf) y el [Código Civil para el Distrito Federal](https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.pdf) usan la misma definición, en sus arts. 1281 y 1295:

- **Herencia:** «la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte».
- **Testamento:** «un acto personalísimo, revocable y libre», por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte.

Otros códigos numeran o redactan de otro modo. Baja California usa una fórmula similar en los [arts. 1168 y 1182](https://transparencia.pjbc.gob.mx/documentos/pdfs/Codigos/CodigoCivil.pdf), Querétaro en los [arts. 1173 y 1188](https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf), y Jalisco define el testamento con otras palabras en el [art. 2666](https://congresoweb.congresojal.gob.mx/bibliotecavirtual/legislacion/C%C3%B3digos/Documentos_PDF-C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Civil%20del%20Estado%20de%20Jalisco-140725.pdf).

## ¿Qué formas de testamento existen?

| Código leído | Qué dice |
| --- | --- |
| [Código Civil Federal](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf), art. 1500 (referencia) | Ordinario: público abierto, público cerrado, público simplificado y ológrafo. |
| [Querétaro](https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf), art. 1393 | Ordinario: público abierto, público cerrado y ológrafo. |
| [Baja California](https://transparencia.pjbc.gob.mx/documentos/pdfs/Codigos/CodigoCivil.pdf), arts. 1387 y 1398 | Público abierto, otorgado ante notario, y hecho en país extranjero. |
| [Ciudad de México](https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.pdf), arts. 1499 a 1501 y 1511 | Los primeros aparecen derogados; el art. 1511 define el público abierto como el otorgado ante notario. |
| [Jalisco](https://congresoweb.congresojal.gob.mx/bibliotecavirtual/legislacion/C%C3%B3digos/Documentos_PDF-C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Civil%20del%20Estado%20de%20Jalisco-140725.pdf), arts. 2841 y 2848 | Regula, entre otros, el público abierto y el público cerrado. |

Antes de confiar en una forma de testamento, compruebe que su código vigente la admite y qué requisitos pide.

## ¿Qué pasa si no hay testamento?

En el Código Civil Federal, la herencia legítima se abre en cuatro casos ([art. 1599](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf)):

1. No hay testamento, o el otorgado es nulo o perdió validez.
2. El testador no dispuso de todos sus bienes.
3. No se cumple la condición impuesta al heredero.
4. El heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, sin substituto.

Los códigos de la [Ciudad de México (art. 1599)](https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.pdf) y [Baja California (art. 1486)](https://transparencia.pjbc.gob.mx/documentos/pdfs/Codigos/CodigoCivil.pdf) recogen los mismos casos. No lo extienda a otros estados sin leerlos.

## ¿Quién hereda sin testamento?

Como referencia, el [art. 1602 del Código Civil Federal](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf) llama a los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y a la concubina o el concubinario, si se cumplen los requisitos. El código de la [Ciudad de México (art. 1602)](https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.pdf) añade que, a falta de los anteriores, hereda el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal.

El orden y las porciones pueden cambiar por estado. Esta guía no los calcula.

## ¿Qué varía por estado?

- Orden y porciones de quienes heredan.
- Formas y requisitos del testamento.
- Si el trámite puede hacerse ante notario o debe ir al juzgado.
- Costos, impuestos y requisitos del registro de inmuebles.

Sobre qué ley procesal rige hoy en cada entidad, no hacemos afirmaciones. Pregunte en el juzgado, a un notario o a un abogado de su estado.

## ¿Qué conviene reunir?

- Acta de defunción y actas que acrediten el parentesco o el matrimonio.
- Testamento, si existe, o datos de la notaría donde pudo otorgarse.
- Títulos de propiedad, estados de cuenta y lista de deudas.
- Identificaciones de quienes puedan heredar.

Esta lista es orientativa. Cada oficina pide sus propios documentos.

## ¿Dónde seguir?

La página de [abogados de sucesiones](https://asesor.legal/mx/abogados-sucesiones/) explica cuándo suele intervenir un abogado y cómo comprobar su cédula. También puede ver el [directorio de abogados en México](https://asesor.legal/mx/abogados/) y los datos institucionales de [Ciudad de México](https://asesor.legal/mx/abogados/ciudad-de-mexico/), [Guadalajara](https://asesor.legal/mx/abogados/guadalajara/), [Tijuana](https://asesor.legal/mx/abogados/tijuana/) y [Querétaro](https://asesor.legal/mx/abogados/queretaro/). Cómo elaboramos esta guía está en [cómo trabajamos](https://asesor.legal/mx/como-trabajamos/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué código aplica si hay bienes en varios estados?

No lo podemos responder de forma general. Consúltelo con un abogado o notario.

### ¿Mi testamento hecho a mano es válido?

Depende de su código y de cómo se hizo. El testamento ológrafo aparece en algunos códigos leídos, pero no en la lista del art. 1387 de Baja California.

## Normas y fuentes

- [Código Civil Federal, arts. 1281, 1295, 1500, 1599 y 1602](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf)
- [Código Civil para el Distrito Federal, arts. 1281, 1295, 1499 a 1501, 1511, 1599 y 1602](https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.pdf)
- [Código Civil para el Estado de Baja California, arts. 1168, 1182, 1387, 1398 y 1486](https://transparencia.pjbc.gob.mx/documentos/pdfs/Codigos/CodigoCivil.pdf)
- [Código Civil del Estado de Querétaro, arts. 1173, 1188 y 1393](https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf)
- [Código Civil del Estado de Jalisco, arts. 2666, 2841 y 2848](https://congresoweb.congresojal.gob.mx/bibliotecavirtual/legislacion/C%C3%B3digos/Documentos_PDF-C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Civil%20del%20Estado%20de%20Jalisco-140725.pdf)

Consulta: 1 de noviembre de 2026. Es información general y no sustituye la opinión de un abogado sobre su caso.
