# Abogados de amparo en México

Fuente: https://asesor.legal/mx/abogados-amparo/
Última revisión: 2026-10-31
Publicado por: Asesor.Legal México (Neurogestión SL)

> Plazo general de quince días, excepciones, requisito de licenciado en derecho del art. 12, amparo directo e indirecto y competencia. Según la Ley de Amparo.

## Respuesta rápida

- **El plazo general para presentar la demanda es de quince días** ([Ley de Amparo, art. 17](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf)), con excepciones. Es un plazo corto: compruébelo de inmediato.
- En materias civil, mercantil, laboral tratándose del patrón, administrativa y penal, la persona autorizada debe acreditar que puede ejercer como licenciado en derecho o abogado (art. 12).
- Ante peligro de privación de la vida, incomunicación, deportación y otros actos graves, la demanda puede presentarse en cualquier tiempo.
- La ley es federal; lo que cambia por lugar es el órgano competente.

Si busca un abogado de amparo, lo primero es saber qué acto reclama y cuándo se le notificó. Esta página se basa en la Ley de Amparo, última reforma DOF 16-10-2025, consultada el 1 de noviembre de 2026.

Para un panorama general, vea [Abogados en México](https://asesor.legal/mx/abogados/).

## ¿Cuándo interviene un abogado?

El juicio de amparo resuelve controversias por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen derechos humanos y sus garantías, entre otros supuestos (art. 1). También protege frente a particulares en los casos que señala la ley.

La demanda puede promoverla la persona afectada por sí, por su representante o apoderado, o por cualquier persona en los casos previstos (art. 6). Pero el [art. 12](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf) distingue:

- Se puede autorizar a cualquier persona con capacidad legal para oír notificaciones.
- Para interponer recursos, ofrecer pruebas, alegar y otros actos de defensa en las materias civil, mercantil, laboral tratándose del patrón, administrativa y penal, la persona autorizada «deberá acreditar encontrarse legalmente autorizada para ejercer la profesión de licenciado o licenciada en derecho o abogado o abogada».

## Plazos: confirme el suyo cuanto antes

| Caso | Plazo | Norma |
| --- | --- | --- |
| Regla general | Quince días | Art. 17 |
| Norma general autoaplicativa o procedimiento de extradición | Treinta días | Art. 17, I |
| Sentencia definitiva condenatoria en proceso penal con pena de prisión | Hasta ocho años | Art. 17, II |
| Actos que priven de derechos agrarios a núcleos de población ejidal o comunal | Siete años desde la notificación indubitable a esos grupos | Art. 17, III |
| Peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, desaparición forzada y otros que enumera la norma | En cualquier tiempo | Art. 17, IV |

Los plazos corren desde el día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación, conforme a la ley del acto, o a aquel en que se haya tenido conocimiento del acto o de su ejecución; en las normas autoaplicativas, desde su entrada en vigor ([art. 18](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf)). Son inhábiles los sábados, domingos y los días que enumera el [art. 19](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf), entre otros supuestos.

Cómo se cuenta su plazo depende de cómo y cuándo se le notificó. No lo calcule por su cuenta si está cerca del vencimiento: consulte de inmediato con un abogado.

## ¿Directo o indirecto?

- **Amparo directo:** contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, en los términos del [art. 170](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf). Por regla general deben agotarse antes los recursos ordinarios.
- **Amparo indirecto:** contra normas generales, actos de autoridades distintas de tribunales, y otros supuestos del [art. 107](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf).

La suspensión del acto tiene sus propios requisitos ([art. 128](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf)).

## ¿Qué varía por estado?

La Ley de Amparo es federal. Lo que varía es el órgano: el [art. 33](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf) enumera a la Suprema Corte, los juzgados de distrito y otros tribunales federales y, en los casos previstos, órganos de los poderes judiciales locales. Por regla general, es competente el juez de distrito del lugar donde el acto deba ejecutarse o se ejecute (art. 37).

## ¿Cómo comprobar la cédula?

Parta de la [ficha oficial de la cédula profesional](https://www.gob.mx/cedulaprofesional). La cédula se refiere al título y no indica si la persona atiende amparos. Puede ver el [directorio de abogados en México](https://asesor.legal/mx/abogados/), explicado en [cómo trabajamos](https://asesor.legal/mx/como-trabajamos/). Si usted ejerce, consulte el [alta de abogados](https://asesor.legal/mx/alta-de-abogados/).

Áreas relacionadas: [derecho penal](https://asesor.legal/mx/abogados-derecho-penal/), [derecho migratorio](https://asesor.legal/mx/abogados-derecho-migratorio/) y [derecho laboral](https://asesor.legal/mx/abogados-derecho-laboral/).

## Datos por ciudad

Consulte las páginas de [Ciudad de México](https://asesor.legal/mx/abogados/ciudad-de-mexico/), [Guadalajara](https://asesor.legal/mx/abogados/guadalajara/), [Monterrey](https://asesor.legal/mx/abogados/monterrey/), [Puebla](https://asesor.legal/mx/abogados/puebla/), [Tijuana](https://asesor.legal/mx/abogados/tijuana/), [León](https://asesor.legal/mx/abogados/leon/), [Querétaro](https://asesor.legal/mx/abogados/queretaro/) y [Mérida](https://asesor.legal/mx/abogados/merida/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Otra persona puede pedir amparo por mí?

En los casos graves del art. 15, si la persona agraviada no puede promoverlo, puede hacerlo cualquier otra en su nombre, aunque sea menor de edad. Luego se pide ratificar la demanda en los términos que señala ese artículo.

### ¿Se puede presentar fuera de horario?

El art. 21 prevé presentar demandas de término fuera del horario ante la oficialía de partes y por vía electrónica con Firma Electrónica, hasta las veinticuatro horas del día de su vencimiento. En los actos graves del art. 20, en cualquier día y hora.

## Normas y fuentes

- [Ley de Amparo, arts. 1, 6, 12, 15, 17 a 21, 33, 37, 107, 128 y 170](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf)
- [Cédula profesional, ficha oficial](https://www.gob.mx/cedulaprofesional)

Consulta: 1 de noviembre de 2026. Es información general y no sustituye la opinión de un abogado sobre su caso.
