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Guía · Derecho familiar

Divorcio en México: qué cambia según el estado

Comparación de los códigos leídos: divorcio sin señalar causa, vía administrativa y qué cambia de un estado a otro, sin regla nacional.

Escrito por adminPublicado el

Esta guía compara lo que dicen los códigos que pudimos abrir el 1 de noviembre de 2026. No resuelve casos ni indica qué vía le conviene. Solo incluye filas de códigos leídos.

¿Qué dice cada código?

Entidad y código ¿Se puede pedir sin señalar causa? Divorcio administrativo
Ciudad de México. Código Civil para el Distrito Federal, última reforma G.O. 20/08/2026 El art. 266 prevé trámite «bilateral o unilateral». El art. 267 pide a quien lo solicita de forma unilateral acompañar una propuesta sobre las consecuencias del divorcio. Art. 272: acuerdo de ambos; sociedad conyugal liquidada o sin bienes ni deudas comunes; sin hijos en común, o mayores de edad que no requieran alimentos. Ante el Registro Civil.
Jalisco. Código Civil, copia de 14/07/2025 Art. 404: mutuo consentimiento o solicitud de cualquiera «sin necesidad de atender a un motivo». Art. 405 Bis: acuerdo de ambos; sin hijos, o mayores de edad, capaces y que no requieran alimentos; sociedad liquidada. Ante el Registro Civil, con ratificación pasados treinta días naturales. También ante notario, según ese artículo.
Baja California. Código Civil, última reforma P.O. 12/12/2025 Art. 263: «necesario, voluntario o incausado, es decir, sin expresión de causa». El art. 264 enumera además causas de divorcio. Art. 269: acuerdo de ambos, mayores de edad; sin hijos en común, o mayores que no requieran alimentos; sociedad liquidada. Ante el Registro Civil, con ratificación a los quince días.
Querétaro. Código Civil. La copia advierte que no produce efectos jurídicos Art. 246: uno o ambos cónyuges, ante la autoridad judicial, «sin que se requiera señalar la causa». Arts. 249 y 250: acuerdo, mayoría de edad, sin hijos, sin embarazo y comunidad de bienes liquidada. Ante el Registro Civil, con ratificación a los quince días.
Yucatán. Código de Familia, archivo con reforma de 31/07/2024 Art. 170: «voluntario o sin causales». Art. 191: lo solicita uno de los cónyuges sin señalar la causa. Arts. 179 y 181: entre otros requisitos, acuerdo y no tener a su cargo hijos menores de edad o mayores incapaces. Ante el Registro Civil. Lea el artículo completo.

Esta tabla resume y puede quedar desfasada si hay reformas. No incluye Nuevo León, Puebla ni Guanajuato porque no pudimos abrir sus códigos. Consúltelos en el Congreso de Nuevo León, el portal de legislación de Puebla y el Congreso de Guanajuato. Tampoco cubre al resto de las entidades.

¿Por qué no sirve el Código Civil Federal como regla nacional?

Porque el divorcio se rige en cada estado por su propio código. El Código Civil Federal enumera causales en su art. 267 y regula un trámite ante el Registro Civil en su art. 272. Copiarlo como si valiera para todo el país llevaría a error. Si lee en internet una lista de causales, compruebe de qué código sale.

¿Qué más cambia según el estado?

  • Autoridad que interviene y plazos de ratificación.
  • Alimentos, custodia, visitas y convivencias.
  • Compensación y liquidación de bienes. Como ejemplo, el art. 267 del código de la Ciudad de México se refiere a una compensación en el régimen de separación de bienes.
  • Uso de la vivienda familiar.

Sobre qué ley procesal se aplica hoy en cada estado, no hacemos afirmaciones. El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en el texto consultado, prevé su entrada en vigor gradual por declaratoria, y esas fechas pueden cambiar por reforma. Pregunte en el juzgado de su entidad.

¿Qué conviene preparar?

  • Acta de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos.
  • Datos del régimen patrimonial del matrimonio y lista de bienes y deudas.
  • Información sobre ingresos y gastos de los hijos.
  • Domicilios de ambos cónyuges.

Esta lista es orientativa. Cada trámite pide sus propios documentos: confírmelos en la oficina o el juzgado.

¿Dónde seguir?

La página de abogados de derecho familiar explica cuándo suele intervenir un abogado y cómo comprobar su cédula. También puede ver el directorio de abogados en México y los datos institucionales de Ciudad de México, Guadalajara, Tijuana, Querétaro y Mérida. Cómo elaboramos esta guía está en cómo trabajamos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo divorciarme aunque mi cónyuge no quiera?

Los códigos leídos de Jalisco, Baja California, Querétaro y Yucatán prevén la solicitud de uno solo de los cónyuges o sin causa, y el de la Ciudad de México habla de trámite unilateral. Compruebe el código de su estado.

¿Cuánto tarda el divorcio?

No damos un plazo nacional. Depende del estado, de la vía y del caso.

¿Puedo hacerlo en el Registro Civil si tengo hijos menores?

En los códigos leídos, los hijos menores de edad impiden la vía administrativa. Revise las condiciones de su estado.

Normas y fuentes

Consulta: 1 de noviembre de 2026. Es información general y no sustituye la opinión de un abogado sobre su caso.

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